
El máximo general se calcula con dos límites: 11 años de servicio y una remuneración base de hasta 90 UF. No siempre se paga, porque depende de la causal de término del contrato.
La indemnización por años de servicio puede llegar, como regla general, a un máximo equivalente a 990 UF. Ese monto sale de multiplicar el tope de 90 UF de remuneración mensual por los 11 años que considera la ley para este pago.
En pesos, el monto cambia según el valor de la UF. Si el finiquito se paga en junio de 2026, la referencia debe hacerse con la UF del último día del mes anterior al pago. Según el Servicio de Impuestos Internos, la UF del 31 de mayo de 2026 fue de $40.610,69. Con ese valor, el máximo general referencial sería de $40.204.583.
Cuál es el máximo que se puede recibir
La regla general de la Dirección del Trabajo considera dos topes:
| Tope legal | Qué significa |
|---|---|
| 11 años o 330 días | Es el máximo de años que se pagan como indemnización legal general. |
| 90 UF mensuales | Es el máximo de remuneración mensual que se usa como base de cálculo. |
| 990 UF | Es el resultado de aplicar ambos topes: 90 UF por 11 años. |
En simple: aunque una persona gane más de 90 UF mensuales, la indemnización legal por años de servicio se calcula como si su remuneración fuera de 90 UF.
Y aunque haya trabajado más de 11 años, la regla general limita el pago a 330 días de remuneración.
Cómo se calcula la indemnización por años de servicio
La indemnización legal equivale a 30 días de la última remuneración mensual por cada año trabajado y fracción superior a seis meses.
Ejemplo simple:
| Años trabajados | Meses de indemnización |
|---|---|
| 1 año | 1 mes |
| 3 años | 3 meses |
| 5 años y más de 6 meses | 6 meses |
| 11 años o más | 11 meses, por regla general |
Si una persona trabajó 8 años y 7 meses, el cálculo considera 9 años. Si trabajó 8 años y 5 meses, se consideran 8 años.
Cuándo corresponde este pago
La indemnización por años de servicio no se paga en todos los términos de contrato.
Según la Dirección del Trabajo, corresponde cuando el contrato ha durado un año o más y el empleador pone término por alguna de estas causales:
Necesidades de la empresa.
Desahucio del empleador, cuando corresponde legalmente.
Si el contrato termina por renuncia voluntaria, mutuo acuerdo, vencimiento del plazo o una causal disciplinaria correctamente aplicada, no necesariamente existe derecho a esta indemnización.
Qué pasa si tu sueldo supera las 90 UF
Si la remuneración mensual es superior a 90 UF, el cálculo legal no se hace con el sueldo completo.
La Dirección del Trabajo señala que la remuneración mensual base para calcular la indemnización por años de servicio tiene un límite de 90 UF. Ese mismo tope se aplica también a la indemnización sustitutiva del aviso previo.
Por ejemplo, si una persona gana 110 UF mensuales y le corresponde indemnización legal, el cálculo se hace con 90 UF, no con 110 UF.
Ejemplo con pago en junio de 2026
Para un pago efectuado en junio de 2026, la base se calcula con la UF del último día del mes anterior al pago.
| Dato | Valor |
|---|---|
| UF del 31 de mayo de 2026 | $40.610,69 |
| Tope mensual de 90 UF | $3.654.962 |
| Tope de 11 años | 990 UF |
| Máximo referencial | $40.204.583 |
Este monto es referencial, porque el valor final depende del mes de pago, la remuneración, los años trabajados, la causal de término y lo que diga el contrato individual o colectivo.
¿Puede pagarse más que el tope legal?
Sí, puede ocurrir si existe un pacto individual o colectivo que mejore la indemnización legal.
La ley fija un piso y un límite para la indemnización legal general, pero las partes pueden haber acordado condiciones superiores. Por eso es importante revisar el contrato de trabajo, anexos, convenios colectivos o instrumentos de negociación colectiva.
También hay situaciones especiales en que pueden existir recargos si un tribunal declara que el despido fue injustificado, indebido o improcedente. Ese reclamo se tramita por vías legales y no debe confundirse con el cálculo base de la indemnización.
La excepción para trabajadores antiguos
La Dirección del Trabajo informa una excepción relevante: los trabajadores con contrato vigente al 1 de diciembre de 1990 y contratados antes del 14 de agosto de 1981 pueden tener derecho a indemnización legal por años de servicio sin el límite máximo de 330 días, si son despedidos por la causal del artículo 161 del Código del Trabajo.
Este caso aplica a situaciones laborales muy específicas y debe revisarse con detalle antes de calcular el monto.
Cuándo se paga en el finiquito
El finiquito debe ponerse a disposición del trabajador dentro de los 10 días hábiles siguientes a la separación, según informa ChileAtiende.
Si las partes acuerdan pago en cuotas, el finiquito debe ratificarse ante la Inspección del Trabajo. En ese caso, el acuerdo debe considerar intereses y reajustes.
Qué revisar antes de firmar el finiquito
Antes de firmar, conviene revisar el detalle del cálculo y no solo el monto total.
Causal de despido aplicada.
Fecha de inicio y término del contrato.
Años trabajados y fracción superior a seis meses.
Última remuneración mensual considerada.
Aplicación del tope de 90 UF.
Aplicación del tope de 11 años.
Pago o no pago del aviso previo.
Cotizaciones previsionales, de salud y seguro de cesantía.
Vacaciones pendientes o proporcionales.
Descuentos incluidos en el finiquito.
Si no estás de acuerdo con la causal o con el monto, tienes derecho a no firmar el finiquito o a firmar con reserva de derechos, según corresponda al caso.
Dónde revisar información oficial
Dirección del Trabajo: derecho a indemnización por años de servicio: explica cuándo corresponde el pago.
Dirección del Trabajo: tope de 90 UF: informa el límite de remuneración mensual para el cálculo.
Dirección del Trabajo: indemnización sin tope de años: detalla la excepción para trabajadores antiguos.
ChileAtiende: finiquito de término de contrato: informa plazos, ratificación y reclamos.
SII: valores de la UF: permite revisar el valor usado para convertir el cálculo a pesos.
La forma más segura de revisar el monto es calcular primero los años que corresponden, luego verificar la remuneración base y finalmente aplicar el valor de la UF del último día del mes anterior al pago.











