La licencia de conducir es un documento obligatorio para operar vehículos motorizados en el país. Actualmente, su obtención y renovación exige cumplir una serie de requisitos definidos por la normativa vigente. A ese marco podría incorporarse una nueva condición, luego de que la Cámara de Diputadas y Diputados aprobara un proyecto de ley que modifica el procedimiento.
La iniciativa, impulsada por parlamentarios oficialistas e independientes, fue aprobada en la Cámara Baja y avanzará ahora al Senado para continuar su tramitación legislativa.
Requisitos vigentes para obtener o renovar la licencia
Las condiciones actuales que deben acreditar quienes solicitan o renuevan una licencia de conducir ante la Dirección de Tránsito municipal incluyen:
- Cédula de identidad vigente.
- Edad mínima de 18 años, o 17 años en caso de aprobar un curso en una Escuela de Conductores y contar con autorización de padres, apoderados o representantes legales.
- Educación básica completa.
- Comprobante de domicilio, según lo requerido por la municipalidad correspondiente.
- Declaración de no consumo de sustancias ilícitas que afecten la conducción.
- Cumplimiento de los criterios de idoneidad moral establecidos por la ley.
- Aprobación de los exámenes teórico, psicotécnico y práctico.
- Evaluación médica obligatoria dentro del proceso.
Nuevo requisito incorporado por el proyecto
El texto aprobado establece que no podrán obtener ni renovar la licencia de conducir quienes figuren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. Esta verificación deberá ser realizada por los funcionarios municipales a cargo del trámite.
La iniciativa también contempla que la licencia podrá ser anulada si, una vez emitida, el titular pasa a integrar dicho registro. Para ello, los Departamentos de Tránsito y Transporte Público Municipal deberán efectuar una revisión mensual del registro, identificando a deudores con domicilio en la comuna donde mantienen una licencia vigente.
Reposición del documento tras regularizar la situación
Según el proyecto, las personas que sean rechazadas por figurar en el registro podrán volver a solicitar la licencia una vez eliminadas del listado, lo que ocurre al regularizar las obligaciones de pensión de alimentos.
En estos casos, el texto aprobado indica que no será aplicable el plazo de dos años de inhabilitación que rige para otras causales de cancelación de licencias.
