Desde el 1 de mayo de 2025, comenzaron a aplicarse de forma gradual los cambios introducidos por la Ley N° 21.735, que modifica el sistema previsional chileno. La nueva normativa impacta directamente a trabajadores, pensionados y empleadores, con nuevas obligaciones y beneficios que se implementarán en distintas etapas.
Entre los ajustes más relevantes se encuentran el aumento de cotizaciones, la creación de un fondo solidario, y la redefinición del cálculo de beneficios para quienes han cotizado durante años.
Aumento de cotización y nuevo aporte del empleador
El eje central de la reforma es el aumento de la cotización previsional obligatoria, que pasará del actual 10% a un total de 18,5% de manera progresiva en un plazo de entre nueve y once años.
Desde el 1 de agosto de 2025, los empleadores deberán comenzar a pagar un 1% adicional del sueldo imponible de cada trabajador. Este aporte debe ser declarado y pagado antes del 13 de septiembre y no implicará un descuento para el trabajador.
El nuevo aporte se sumará al 1,5% que ya aportan al Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), completando así un 8,5% adicional a cargo del empleador.
Distribución del nuevo porcentaje
Con la reforma, la distribución del 18,5% total se organiza de la siguiente manera:
- 14,5%: va directamente a la cuenta individual del trabajador (10% actual + 4,5% nuevo aporte).
- 1,5%: destinado al Aporte con Rentabilidad Protegida, que se acumula como un “préstamo” al Estado y se devuelve con intereses al momento de la jubilación.
- 2,5%: irá al Seguro Social Permanente, que financiará el SIS, acortará la brecha de género y compensará a quienes cotizan por largos periodos y reciben pensiones bajas.
Beneficio por años cotizados
Este nuevo beneficio permitirá a los trabajadores recibir un monto adicional en su pensión, calculado según los años cotizados. Por cada año cotizado, se sumarán 0,1 UF mensuales a la pensión, con un tope de 2,5 UF mensuales para quienes hayan cotizado 25 años o más.
El beneficio se financiará con el 1,5% aportado por el empleador y no requiere postulación si se cumplen las condiciones establecidas.
Requisitos para acceder
- Tener 65 años o más.
- Recibir pensión de vejez y/o invalidez bajo el sistema de AFP.
- Cumplir con un mínimo de años cotizados:
- Mujeres: 10 años (subirá a 15 años en 10 años).
- Hombres: 20 años.
Quienes hayan cotizado también en Capredena o Dipreca no podrán acceder al beneficio, incluso si tienen cotizaciones en AFP.
Si la pensión autofinanciada por la cotización del empleador es superior al monto del beneficio por años cotizados, este será cero.
Fecha de inicio del beneficio
El primer pago del beneficio por años cotizados se entregará junto con la pensión autofinanciada en enero de 2026, es decir, 10 meses después de la publicación de la ley en el Diario Oficial.
Con la entrada en vigor de estos cambios, las personas deberán revisar su situación previsional para adaptarse al nuevo sistema, que busca modificar las bases del ahorro previsional en Chile.
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