Tribunal Ambiental mantiene suspensión de la evaluación del proyecto Central Térmica Andino

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Jonathan Naveas
Publicado porJonathan Naveas
Editor en Revista Digital Minera
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El Primer Tribunal Ambiental rechazó levantar la medida cautelar que suspende el proceso de revisión ambiental del proyecto Andino.

Conflicto ambiental por Central Térmica Andino continúa en tribunales

El Primer Tribunal Ambiental de Chile decidió rechazar la solicitud para levantar la medida cautelar que mantiene suspendido el procedimiento de revisión de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Central Térmica Andino. Esta medida se encuentra activa desde agosto de 2025 y se mantendrá hasta resolver la reclamación interpuesta por Engie contra la decisión de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Antofagasta para iniciar dicho proceso.

La audiencia en cuestión fue solicitada por terceros coadyuvantes, entre ellos vecinos de Mejillones y una empresa de servicios turísticos, quienes argumentaron que nuevos antecedentes ameritarían el alzamiento de la cautelar. Entre los nuevos factores presentados, destacaron la elaboración del Plan de Transición Socioecológica Justa para Mejillones por el Ministerio del Medio Ambiente, y la formalización de un proceso para establecer una norma secundaria de calidad ambiental para las aguas y sedimentos marinos de la Bahía de Mejillones, dada la carga ambiental en dicha zona.

Posturas enfrentadas entre actores clave

En representación de los terceros coadyuvantes, el abogado Sr. Santiago García sostuvo que “es inadecuado mantener la cautelar, porque no hay un perjuicio irreparable”. Según su postura, el procedimiento suspendido no genera perjuicio directo y la medida retrasa la acción de la autoridad ambiental en un “escenario futuro”. Además, agregó que solo existiría afectación si se emite una resolución terminal del procedimiento, la cual tendría opciones de impugnación administrativa y judicial.

Por su parte, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), representado por la abogada Rosario Quiroz, argumentó que la medida carece de fundamento, ya que no se cumplen los requisitos necesarios para su sostenimiento. “No hay perjuicio porque no solo basta un peligro en la demora, sino que además este se debe acreditar que genera un perjuicio”, explicó, subrayando que el proceso aún está en una etapa inicial y no modifica las autorizaciones vigentes.

Engie defiende la necesidad de continuar con la medida cautelar

Desde Engie, su abogado, el Sr. Agustín Martorell, insistió en que los fundamentos iniciales que llevaron a aplicar la medida cautelar se mantienen totalmente vigentes. Agregó que cualquier cambio en la situación actual implicaría un alto costo para la empresa. “El titular ya ha invertido. Hay gastos que son relevantes y ciertas adecuaciones… es bien relevante desde el punto de vista del perjuicio que puede generar esto”, señaló.

Martorell también cuestionó que los nuevos antecedentes presentados logren sustentar el alzamiento de la medida cautelar. Según afirmó, no existe innovación real en los argumentos, ya que no hay documentos o hechos sustancialmente diferentes a los ya considerados previamente para mantener dicha cautela.

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