
El ingreso mínimo vigente es de $539.000 para trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años. El próximo reajuste está asociado a un proyecto de ley que busca regir desde el 1 de mayo de 2026, pero debe terminar su trámite legislativo.
El sueldo mínimo en Chile se mantiene en $539.000 mensuales para trabajadores y trabajadoras mayores de 18 años y de hasta 65 años, según la información vigente de la Dirección del Trabajo.
Este monto rige desde el 1 de enero de 2026 y fue fijado por la Ley 21.751 publicada en Ley Chile, que reajustó el ingreso mínimo mensual, la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar.
Cuál es el sueldo mínimo actual en Chile
El monto vigente del ingreso mínimo mensual depende de la edad del trabajador y del uso que se le dé al valor.
| Tipo de ingreso mínimo | Monto vigente desde el 1 de enero de 2026 |
|---|---|
| Trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años | $539.000 |
| Trabajadores menores de 18 años y mayores de 65 años | $402.082 |
| Ingreso mínimo para fines no remuneracionales | $347.434 |
El valor de $539.000 corresponde al sueldo mínimo mensual bruto. Esto significa que no es necesariamente el monto líquido que recibe una persona en su cuenta, porque sobre la remuneración imponible se aplican descuentos legales, como AFP y salud.
Desde cuándo rige el sueldo mínimo de $539.000
El sueldo mínimo de $539.000 comenzó a regir el 1 de enero de 2026.
Antes de ese reajuste, el ingreso mínimo para trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años era de $529.000, monto que regía desde el 1 de mayo de 2025.
La misma ley estableció que, desde enero de 2026, también subieran los otros valores asociados:
El ingreso mínimo para menores de 18 años y mayores de 65 años llegó a $402.082.
El ingreso mínimo para fines no remuneracionales quedó en $347.434.
Cuándo sería la próxima fecha de reajuste
La Ley 21.751 ordenó que el Ejecutivo enviara un nuevo proyecto de ley para proponer otro reajuste del ingreso mínimo mensual, con el objetivo de que comenzara a regir desde el 1 de mayo de 2026.
Ese proyecto ya aparece ingresado en la Cámara de Diputadas y Diputados bajo el Boletín 18.230-13, con el nombre “Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar”.
El punto clave es que, mientras no exista una ley publicada, el monto vigente sigue siendo el informado por la Dirección del Trabajo: $539.000 para trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años.
¿El reajuste de mayo ya está vigente?
No se debe dar por vigente un nuevo monto solo porque exista un proyecto en trámite.
Al 26 de mayo de 2026, la ficha legislativa de la Cámara muestra que la iniciativa está en primer trámite constitucional. Además, la tramitación indica que el proyecto pasó a la Comisión de Hacienda después de su revisión en la Comisión de Trabajo y Seguridad Social.
Por eso, para efectos laborales y de pago de remuneraciones, el monto que debe considerarse es el vigente y publicado oficialmente.
Qué pasa si se aprueba un nuevo monto
Si el Congreso aprueba el proyecto y la ley se publica con vigencia desde el 1 de mayo de 2026, el empleador deberá ajustar las remuneraciones según lo que establezca la nueva norma.
En ese escenario, podría corresponder regularizar diferencias si la ley fija una aplicación retroactiva. Esto ya ocurrió con reajustes anteriores, por lo que conviene revisar la publicación oficial antes de cerrar cálculos de remuneraciones.
Cómo afecta el sueldo mínimo a trabajadores con jornada parcial
La Dirección del Trabajo aclara que el ingreso mínimo puede calcularse proporcionalmente cuando se pactan jornadas parciales de 30 horas semanales o menos.
En cambio, si la jornada es superior a 30 horas semanales, aunque sea inferior a la jornada ordinaria completa, el trabajador debe recibir el ingreso mínimo mensual completo y no uno proporcional.
Este punto se puede revisar en la consulta oficial de la Dirección del Trabajo sobre sueldo mínimo proporcional.
Qué debe revisar un trabajador en su liquidación
Si una persona recibe el sueldo mínimo o un monto cercano, debe mirar con atención su liquidación mensual.
Conviene revisar:
Sueldo base pactado.
Total imponible.
Descuentos de AFP.
Descuento de salud.
Gratificación, si corresponde.
Horas extras, bonos u otros pagos variables.
Monto líquido final.
Jornada pactada en el contrato.
El sueldo mínimo no debe confundirse con el sueldo líquido. El primero corresponde al monto bruto mínimo legal. El segundo es lo que queda después de los descuentos obligatorios y otros descuentos autorizados.
Qué hacer si te pagan menos del mínimo
Si el sueldo base no alcanza el ingreso mínimo vigente para la jornada correspondiente, el trabajador puede pedir la revisión de su liquidación y contrato.
También puede ingresar una consulta o reclamo en la Dirección del Trabajo, especialmente si el empleador no ajusta el sueldo mínimo legal o si intenta completar el mínimo con pagos que no corresponden.
Antes de hacer una denuncia, conviene tener a mano:
Contrato de trabajo.
Anexos de contrato.
Últimas liquidaciones de sueldo.
Comprobante de jornada pactada.
Registro de asistencia, si existe.
Cartolas de cotizaciones previsionales.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el sueldo mínimo en Chile en 2026?
El sueldo mínimo vigente es de $539.000 mensuales para trabajadores mayores de 18 años y de hasta 65 años.
¿El monto de $539.000 es líquido?
No. Es un monto bruto mensual. El sueldo líquido puede ser menor por descuentos legales de previsión y salud.
¿Cuándo fue el último reajuste?
El último reajuste vigente comenzó el 1 de enero de 2026, cuando el ingreso mínimo mensual subió desde $529.000 a $539.000.
¿Cuándo sería el próximo reajuste?
La fecha prevista por ley es el 1 de mayo de 2026, pero el nuevo monto depende de la aprobación y publicación de una nueva ley.
¿Dónde revisar el monto oficial?
El valor vigente se puede revisar en la consulta de la Dirección del Trabajo sobre ingreso mínimo mensual y en la Ley 21.751 disponible en Ley Chile.
Qué revisar antes de calcular el pago
Para evitar errores, trabajadores y empleadores deben usar solo el monto publicado oficialmente. Hasta que una nueva ley sea promulgada y publicada, el sueldo mínimo vigente para trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años sigue siendo $539.000.
Si aparece una cifra nueva durante la discusión legislativa, lo prudente es revisar si ya fue aprobada, publicada y desde qué fecha rige. Solo con ese dato se puede determinar si corresponde ajustar el sueldo del mes o pagar diferencias retroactivas.






