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Trabajadores de la minería: ¿Sabías que las personas sin pensión también pueden acceder a la PGU?

El Instituto de Previsión Social (IPS), a través de REDIMIN, hace un llamado a los trabajadores y trabajadoras de la industria minera a informarse sobre los requisitos y las condiciones para acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), beneficio que también puede ser solicitado por personas de 65 años o más que no reciben una pensión, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Trabajadores de la minería: ¿Sabías que las personas sin pensión también pueden acceder a la PGU?

El Instituto de Previsión Social (IPS) recuerda que las personas de 65 años o más que no tengan derecho a una pensión en algún régimen previsional también pueden acceder a la Pensión Garantizada Universal (PGU), siempre que cumplan los demás requisitos establecidos. Para obtener este beneficio es necesario presentar una solicitud.

Fresia es dueña de casa, tiene más de 65 años y dedicó gran parte de su vida adulta a la crianza de sus hijos, sin la posibilidad de trabajar fuera del hogar ni cotizar regularmente. Por esta razón, se pregunta: ¿puedo acceder a la PGU si no tengo cotizaciones para una pensión?

Como ella, muchas personas consultan en ChileAtiende, la red de atención del Instituto de Previsión Social, si pueden recibir algún beneficio del Estado que les permita contar con un ingreso mensual, pese a no haberse pensionado.

La respuesta es sí. Una persona de 65 años o más puede acceder a la Pensión Garantizada Universal, aunque no reciba una pensión, siempre que cumpla los requisitos legales.

Esto se debe a que la PGU no solo funciona como un complemento para quienes ya reciben una pensión, sino que también está disponible para las personas que no lograron completar un ahorro previsional durante su vida laboral.

¿Cuáles son los requisitos para acceder a la PGU?

Para solicitar este beneficio, se deben cumplir las siguientes condiciones:

  • Tener 65 años o más.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población. Este requisito es verificado por el IPS una vez ingresada la solicitud.
  • Acreditar residencia en Chile durante, al menos, 20 años continuos o discontinuos desde que la persona cumplió 20 años.
  • Haber residido en el país durante, al menos, cuatro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud del beneficio.
  • Contar con una pensión base calculada inferior a la pensión máxima determinada por la normativa vigente para este beneficio. Esta condición también es revisada por el IPS durante el análisis de la solicitud.

Para conocer los requisitos, consultar si puede acceder al beneficio y realizar la solicitud, visite el sitio oficial del IPS: www.ips.gob.cl/tramites/102077

Asimismo, pueden acceder a la Pensión Garantizada Universal las personas de 65 años o más que continúen trabajando, que ya estén pensionadas o que hayan decidido postergar su jubilación, siempre que cumplan la totalidad de los requisitos establecidos.

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