
El revés judicial a los aranceles de Trump no es un matiz legal: puede redefinir el costo de acceso al mercado estadounidense para parte importante del comercio global. Este 20 de febrero de 2026, la Corte Suprema de Estados Unidos resolvió por 6 votos contra 3 que la Casa Blanca se excedió al usar una ley de emergencia (IEEPA) para imponer tarifas de alcance masivo, en un caso que se sigue desde cerca por su efecto potencial en exportaciones chilenas.
El trasfondo y la lectura local ya venían marcados por el fallo 6-3 que invalidó el uso de IEEPA para aranceles masivos, en un escenario donde cualquier cambio en la política arancelaria de EE.UU. se transmite a precios, contratos y logística de exportación.
Qué decidió la Corte y qué aranceles estaban en disputa
La Corte sostuvo que IEEPA no autoriza al presidente a imponer aranceles. En términos simples, el tribunal concluyó que el poder de “regular” importaciones bajo esa norma no equivale a crear impuestos a la importación (tarifas), y que en tiempos de paz esa facultad corresponde al Congreso. El detalle está en la sentencia Learning Resources, Inc. v. Trump (No. 24–1287).
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En el propio resumen oficial del caso, se describen dos bloques de medidas asociadas a la invocación de emergencia:
Aranceles por “tráfico de drogas”: se aplicó un 25% a la mayoría de importaciones desde Canadá y México, y un 10% a la mayoría de importaciones desde China.
Aranceles “recíprocos” por déficit comercial: se impuso un piso de al menos 10% “a todas las importaciones desde todos los socios comerciales”, con tasas más altas para decenas de países.
Para Chile, el punto crítico no es solo la discusión constitucional: es que un “arancel base” de doble dígito, aplicado de manera transversal, cambia la ecuación de precio final y competitividad de cualquier envío que ingrese a EE.UU.
Por qué Chile mira este fallo: comercio exterior y exposición minera
La economía chilena depende de los flujos externos y de una canasta exportadora donde minería pesa de manera determinante. En enero, el país registró exportaciones chilenas de enero por US$10.680 millones y minería por US$5.558 millones, con el cobre liderando el componente minero.
En paralelo, el sector ya venía monitoreando el riesgo regulatorio en EE.UU. por su efecto sobre el metal clave. Un ejemplo fue el debate por un eventual aumento de aranceles al cobre chileno, donde se consignaron cifras de exportación del cobre y su distribución por destinos, junto con alertas del gremio minero ante anuncios de tarifas.
Cobre y commodities: el canal de transmisión es inmediato
En minería, la sensibilidad al riesgo arancelario opera por varios canales: precio de referencia, primas/descuentos, condiciones de contrato, y decisiones logísticas. La sola amenaza de barreras comerciales ya había sido suficiente para mover expectativas en el mercado, como ocurrió con el salto del cobre a US$4,43 la libra en marzo de 2025 ante la amenaza arancelaria.
El fallo de la Corte Suprema tensiona ese canal por dos razones prácticas:
Reduce la “ruta rápida” usada para aranceles amplios (IEEPA), lo que cambia el marco de riesgo para importadores y exportadores.
No elimina la incertidumbre operativa: el propio debate en EE.UU. incluye cómo se implementa el cese de cobros y qué ocurre con procesos posteriores asociados a medidas ya aplicadas, un punto que sigue abierto en el plano administrativo y judicial.
Qué queda en pie: el TLC con EE.UU. y las vías alternativas
Chile cuenta con un marco de desgravación comercial con EE.UU. bajo el acuerdo de libre comercio entre Estados Unidos y Chile vigente desde 2004, que establece reglas de acceso y preferencias para bienes que cumplen origen y requisitos del tratado. Ese “piso” es relevante, pero no garantiza inmunidad frente a eventuales medidas que se intenten por otras bases legales distintas a IEEPA.
Y ahí está el punto que sigue abierto para Chile: el fallo se focaliza en aranceles sustentados en IEEPA. No zanja por sí mismo la continuidad o expansión de tarifas impulsadas bajo otras leyes, tema que el mercado también sigue por su impacto en cadenas de suministro y condiciones de acceso.
Señales a monitorear desde Chile tras el fallo
Implementación en frontera en EE.UU.: cómo se aplicará en la práctica la decisión a nivel de cobro y clasificación aduanera.
Alcance real del recorte: qué porciones de la política arancelaria quedan efectivamente cubiertas por el criterio IEEPA y cuáles quedan fuera.
Cambios contractuales: ajustes de cláusulas de precios, reparto de costos y calendarios de entrega en envíos con destino a EE.UU.
Efecto en commodities: reacción en diferenciales y condiciones comerciales del cobre si el mercado percibe menor o mayor probabilidad de nuevas rondas de tarifas.






