Chile dispone de cuatro programas de apoyo económico para trabajadores que han perdido su empleo, los cuales proporcionan respaldo monetario durante períodos de cesantía y cuentan con requisitos específicos de acceso.
Según el Instituto Nacional de Estadísticas (INE), la tasa de desocupación alcanzó un 8,9% en el trimestre marzo-mayo, situación que hace relevantes estos beneficios que incluyen el Seguro de Cesantía, el Fondo de Cesantía Solidario, el Subsidio de Cesantía y la Indemnización por término de contrato.
Seguro de Cesantía
Este beneficio está dirigido a afiliados de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que posean una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los requisitos de acceso contemplan:
- Acreditar cesantía mediante finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- En contratos indefinidos o de trabajadoras de casa particular: contar con al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas previas al término del vínculo laboral.
- En contratos a plazo fijo, obra o servicio determinado: tener 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
El sistema considera las cotizaciones desde el último período de acceso al beneficio o desde la afiliación al seguro en caso de primera solicitud, otorgando retiros mensuales graduales según el tiempo sin empleo.
Fondo de Cesantía Solidario
Este aporte del Estado y del empleador entrega prestaciones a quienes no tienen recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía. Los requisitos incluyen:
- Estar cesante al momento de postular.
- No contar con fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Tener al menos 10 cotizaciones pagadas al Fondo de Cesantía Solidario en los 24 meses previos al despido.
- Que las últimas tres cotizaciones sean continuas y con el mismo empleador.
- Haber finalizado el contrato por cualquier causal y mantener activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
Subsidio de Cesantía
Este programa permite recibir ayuda mensual por un máximo de 360 días, requiriendo:
- Tener al menos 12 meses (52 semanas) de imposiciones continuas o discontinuas en los dos años previos a la cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad correspondiente.
- Figurar en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato antes del 2 de octubre de 2022 (para contratos posteriores aplica el seguro de cesantía de la AFC).
Indemnización por término de contrato
Este beneficio funciona como reemplazo o complemento de la indemnización legal por años de servicio. Se puede acordar con el empleador después del séptimo año de relación laboral, constituyendo una alternativa flexible para recibir apoyo económico al término del vínculo contractual.
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