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SII posterga impuestos en 74 comunas afectadas por el temporal: plazo vence el 30 de octubre

El Servicio de Impuestos Internos amplía el plazo para que contribuyentes de 74 comunas afectadas por el temporal declaren y paguen impuestos hasta el 30 de octubre de 2026, sin multas ni intereses.

SII posterga impuestos en 74 comunas afectadas por el temporal: plazo vence el 30 de octubre

Los contribuyentes incluidos podrán declarar y pagar impuestos correspondientes a junio de 2026 sin multas ni intereses. La medida considera comunas de nueve regiones del país.

El Servicio de Impuestos Internos amplió a 74 comunas la medida tributaria destinada a contribuyentes afectados por el sistema frontal, permitiéndoles declarar y pagar determinadas obligaciones mensuales correspondientes a junio de 2026 hasta el viernes 30 de octubre, sin multas ni intereses por el retraso.

El beneficio está dirigido a personas, empresas y pequeños negocios que, al momento de la emergencia meteorológica, tenían registrada su casa matriz en alguna de las comunas incorporadas. La extensión resulta especialmente relevante para actividades que enfrentaron interrupciones, daños materiales, problemas de conectividad o dificultades para operar durante las lluvias.

La nómina inicial contemplaba 49 comunas. Posteriormente se agregaron otras 25 localidades de la Región de Valparaíso, elevando la cobertura a nueve regiones del país.

Qué impuestos se pueden declarar y pagar fuera de plazo

La medida contempla obligaciones correspondientes al período tributario de junio de 2026 que debían cumplirse durante julio.

El beneficio se aplica a declaraciones realizadas por internet mediante los siguientes documentos:

  • Formulario 29, utilizado para declarar IVA, pagos provisionales mensuales, retenciones y otros impuestos mensuales.
  • Formulario 50, empleado para declarar determinadas retenciones, impuestos específicos y otras obligaciones establecidas en la Ley sobre Impuesto a la Renta.

Los contribuyentes incluidos pueden presentar las declaraciones y efectuar el pago hasta el 30 de octubre de 2026. Cuando corresponda, la condonación de multas e intereses se aplicará automáticamente durante el envío electrónico.

Esto significa que no se trata de una eliminación del impuesto. La obligación principal continúa vigente, pero se entrega más tiempo para cumplirla sin los recargos que normalmente genera una declaración o pago atrasado.

Quiénes pueden utilizar la medida

El requisito territorial se determina a partir de la dirección registrada como casa matriz ante el SII cuando ocurrió el sistema frontal.

Por esta razón, no basta con haber realizado actividades, tener clientes o contar con una sucursal en una zona afectada. El contribuyente debe revisar qué dirección figura oficialmente en sus antecedentes tributarios.

También conviene considerar que la medida está asociada específicamente a los impuestos mensuales de junio de 2026 declarados mediante los formularios señalados. No implica una postergación general de todas las obligaciones tributarias, cuotas, declaraciones anuales o vencimientos posteriores.

Las 74 comunas incluidas

Región de Atacama

  • Tierra Amarilla
  • Alto del Carmen
  • Freirina
  • Huasco
  • Vallenar

Región de Coquimbo

  • Coquimbo
  • Canela
  • Illapel
  • Los Vilos
  • Salamanca
  • Andacollo
  • La Higuera
  • La Serena
  • Paihuano
  • Vicuña
  • Combarbalá
  • Monte Patria
  • Ovalle
  • Punitaqui
  • Río Hurtado

Región de Valparaíso

  • Limache
  • Quillota
  • Algarrobo
  • El Quisco
  • El Tabo
  • Panquehue
  • Santa María
  • Quilpué
  • Villa Alemana
  • Concón
  • Quintero
  • Cabildo
  • La Ligua
  • Papudo
  • Petorca
  • Zapallar
  • Calle Larga
  • Los Andes
  • Rinconada
  • San Esteban
  • La Calera
  • Hijuelas
  • La Cruz
  • Nogales
  • Olmué
  • Cartagena
  • San Antonio
  • Santo Domingo
  • Catemu
  • Llay-Llay
  • Putaendo
  • San Felipe
  • Casablanca
  • Valparaíso
  • Puchuncaví
  • Viña del Mar

Región Metropolitana

  • María Pinto

Región de O’Higgins

  • Pichilemu
  • Rengo
  • Navidad

Región del Maule

  • Cauquenes
  • Chanco
  • Pelluhue
  • Parral
  • Curepto

Región del Biobío

  • Arauco
  • Lota
  • Penco
  • Tomé
  • Curanilahue

Región de La Araucanía

  • Cunco
  • Curacautín
  • Pucón

Región de Los Ríos

  • Corral

Cómo opera la condonación

La condonación de intereses y multas se entrega en línea al momento de presentar la declaración dentro del período extraordinario.

En términos prácticos, los contribuyentes no deberían necesitar una solicitud presencial separada para acceder al beneficio, siempre que cumplan las condiciones y realicen el trámite por internet antes de la fecha límite.

Sin embargo, es recomendable verificar el resultado antes de completar el pago. La declaración debe reflejar correctamente la eliminación de los recargos asociados al atraso. Si el sistema no reconoce la condición territorial, puede ser necesario revisar la información de la casa matriz o solicitar orientación al organismo tributario.

Quienes ya hayan presentado la declaración, pero mantengan obligaciones pendientes, deben examinar su situación particular. El tratamiento puede variar dependiendo de si existió declaración sin pago, giro emitido, convenio vigente o una deuda que ya se encuentra en cobranza.

Un alivio de liquidez, pero no una condonación de la deuda

La postergación puede aliviar temporalmente la caja de pequeñas empresas, comerciantes, trabajadores independientes y productores que perdieron ingresos o debieron destinar recursos a reparar infraestructura, reponer mercadería y recuperar sus operaciones.

El plazo adicional permite priorizar gastos urgentes sin enfrentar inmediatamente multas e intereses tributarios. Aun así, el impuesto deberá pagarse antes del vencimiento extraordinario.

Esperar hasta los últimos días de octubre también puede generar dificultades financieras. Una empresa que acumule el IVA de junio junto con obligaciones de meses posteriores podría enfrentar varios pagos en un período reducido.

Por ello, resulta conveniente separar los recursos destinados al impuesto o definir un calendario interno que permita cumplir antes del vencimiento, especialmente cuando la actividad económica comience a normalizarse.

Qué deben revisar los contribuyentes

Antes de utilizar la medida, las personas y empresas deberían confirmar que su casa matriz está registrada en una de las 74 comunas, identificar si la obligación corresponde efectivamente a junio de 2026 y comprobar que la declaración se realiza mediante los formularios cubiertos.

También es importante guardar el comprobante electrónico, revisar que no se hayan aplicado recargos y evitar modificar antecedentes tributarios únicamente para intentar acceder al beneficio.

El plazo extraordinario termina el 30 de octubre de 2026. Después de esa fecha, las obligaciones pendientes podrían volver a generar intereses, reajustes y sanciones conforme a las reglas generales.

La ampliación entrega un margen concreto para los contribuyentes golpeados por el temporal, pero exige revisar cuidadosamente los requisitos. La ubicación registrada, el período tributario y el tipo de formulario serán determinantes para acceder a la condonación automática.