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Laboral

Subsidio Unificado al Empleo: quiénes pueden recibirlo y cómo opera el nuevo beneficio

El Subsidio Unificado al Empleo, que comenzará a regir el 1 de octubre de 2026, reemplazará tres subsidios laborales y ofrecerá apoyo a trabajadores y empresas que contraten a grupos prioritarios.

Subsidio Unificado al Empleo: quiénes pueden recibirlo y cómo opera el nuevo beneficio
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El nuevo sistema reemplazará tres subsidios laborales y tendrá pagos para trabajadores y empresas. La postulación todavía no está activa: la ley entra en vigencia el 1 de octubre de 2026.

El Subsidio Unificado al Empleo ya fue creado por la Ley N°21.808, publicada en marzo de 2026, pero aún no está operativo para nuevas postulaciones.

La clave es esta: el beneficio comenzará a regir el 1 de octubre de 2026 y será administrado por el Sence. Su objetivo es apoyar la contratación, permanencia o ingreso al empleo formal de grupos con mayores dificultades para entrar al mercado laboral.

El nuevo subsidio unifica tres beneficios actuales: Subsidio al Empleo Joven, Bono al Trabajo de la Mujer y Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes.

Quiénes podrán recibir el Subsidio Unificado al Empleo

El beneficio apunta a trabajadores y trabajadoras del sector privado que pertenezcan a grupos prioritarios definidos por la ley.

Podrán acceder, si cumplen los demás requisitos:

  • Jóvenes desde 18 años y hasta 24 años, 11 meses y 30 días.

  • Mujeres desde 25 años y hasta 54 años, 11 meses y 30 días.

  • Personas desde los 55 años.

  • Personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad, desde los 18 años.

También podrán recibir el subsidio las empresas del sector privado que contraten a personas de estos grupos, siempre que cumplan las condiciones legales.

Requisitos generales del beneficio

La ley fija requisitos para las personas trabajadoras y para las empresas. En el caso de trabajadores, la regla general considera renta, desempleo previo y vulnerabilidad socioeconómica.

Los requisitos principales son:

  • Tener una renta bruta mensual igual o inferior a 2,25 ingresos mínimos mensuales definidos para este subsidio.

  • Pertenecer a uno de los grupos prioritarios establecidos por la ley.

  • Registrar, dentro de los 18 meses anteriores a la postulación, al menos seis meses de desempleo continuo u ocho meses de desempleo discontinuo.

  • Cumplir con el nivel de vulnerabilidad socioeconómica que se fije para cada periodo.

  • Tener cotizaciones previsionales al día, cuando corresponda.

Durante el primer año de vigencia, los grupos de jóvenes, mujeres y personas desde 55 años deberán pertenecer al 40% de vulnerabilidad socioeconómica. Ese requisito no se aplicará a las personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad.

Cuánto puede pagar el subsidio

El Subsidio Unificado al Empleo no tiene un monto único para todos los casos. Opera como un porcentaje de la remuneración bruta mensual.

Durante el primer año de vigencia, la ley establece estos porcentajes:

BeneficiarioPorcentaje durante el primer año
Empresa20% de la remuneración bruta, según tramo
Trabajador o trabajadora10% de la remuneración bruta, según tramo

La norma fija como referencia un ingreso mínimo mensual de $529.000 para el cálculo inicial del sistema. Además, considera tramos de renta y un tope de 2,25 ingresos mínimos mensuales.

En simple: no será un bono plano. El monto dependerá de la remuneración bruta, del tramo en que quede la persona y de los parámetros que se establezcan por decreto.

Cómo opera para trabajadores

Las personas trabajadoras dependientes que cumplan los requisitos podrán recibir un aporte mensual mientras se mantenga vigente la relación laboral.

El plazo general será de hasta 12 meses.

En el caso de personas con discapacidad, el plazo máximo será de hasta 15 meses.

Si durante un mes la persona supera el límite de renta bruta de 2,25 ingresos mínimos mensuales, no recibirá pago por ese mes. Ese periodo igual contará dentro de la duración total del beneficio.

Cómo opera para empresas

Las empresas también podrán recibir un aporte cuando contraten a trabajadores de los grupos prioritarios.

Para acceder, deberán cumplir requisitos como:

  • Ser contribuyentes de primera categoría.

  • Tener relación laboral vigente con la persona por la que solicitan el beneficio.

  • Mantener al día las obligaciones laborales y previsionales.

  • Postular dentro de los tres meses desde el inicio de la relación laboral.

  • No haber tenido relación laboral con esa misma persona durante los 12 meses anteriores.

  • No registrar ciertas condenas o incumplimientos laborales establecidos en la ley.

Para micro y pequeñas empresas, el plazo máximo del subsidio podrá llegar a 15 meses.

Cuándo empieza el Subsidio Unificado al Empleo

La Ley N°21.808 fue publicada el 13 de marzo de 2026 y establece que el sistema entra en vigencia el primer día del séptimo mes desde su publicación.

Eso significa que el Subsidio Unificado al Empleo comenzará a regir el 1 de octubre de 2026.

Antes de esa fecha deben dictarse el reglamento y los decretos que fijarán detalles operativos, parámetros de elegibilidad y porcentajes aplicables.

Cómo se postulará

La postulación será a través del Sence, mediante la Ventanilla Única Social, según establece la ley.

Podrán solicitarlo:

  • La persona trabajadora, por sí misma.

  • La empresa, por la dupla empresa-trabajador.

Si postula la empresa y se concede el beneficio, la solicitud también se entenderá hecha por la persona trabajadora, asignándose a ambos el aporte que corresponda.

Por ahora, no hay una plataforma activa de postulación para el nuevo subsidio. El Sence debe implementar el canal antes de la entrada en vigencia del sistema.

Qué pasa con el Bono al Trabajo de la Mujer y el Subsidio al Empleo Joven

El nuevo sistema reemplazará tres subsidios laborales:

  • Subsidio al Empleo Joven.

  • Bono al Trabajo de la Mujer.

  • Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes.

Las personas que ya reciben esos beneficios mantendrán sus condiciones de pago por el tiempo que corresponda o hasta seis meses desde la publicación de la Ley N°21.808, lo que ocurra primero.

La ley también señala que desde su publicación no proceden nuevas concesiones de esos subsidios reemplazados.

Dónde revisar información oficial

La información legal del beneficio está disponible en la Ley N°21.808 de la Biblioteca del Congreso Nacional.

El Sence informó la aprobación del sistema y sus principales criterios en su sitio oficial: Subsidio Unificado al Empleo en Sence.

Para revisar trámites laborales y beneficios administrados por el servicio, conviene consultar directamente el sitio del Sence.

Qué revisar antes de octubre

Quienes crean que podrían acceder al Subsidio Unificado al Empleo deben revisar tres puntos antes de que se habilite la postulación:

  • Si pertenecen a uno de los grupos prioritarios.

  • Si su renta bruta mensual queda dentro del límite exigido.

  • Si cumplen el requisito de desempleo previo.

  • Si su información del Registro Social de Hogares está actualizada.

  • Si sus cotizaciones previsionales están correctamente registradas.

La postulación aún no está abierta. Cualquier trámite debe confirmarse en canales oficiales del Sence o en la plataforma que se habilite para la Ventanilla Única Social.