Laboral

Subsidio Unificado al Empleo 2026: revisa el aporte de hasta 20% y cuándo parte

El Subsidio Unificado al Empleo, que reemplaza subsidios laborales anteriores, comenzará a regir el 1 de octubre de 2026, enfocándose en la contratación de grupos prioritarios en el sector privado.

Subsidio Unificado al Empleo 2026: revisa el aporte de hasta 20% y cuándo parte
Seguir en Google

El nuevo beneficio reemplaza subsidios laborales anteriores y apunta a trabajadores, trabajadoras y empresas del sector privado. La ley entra en vigencia el 1 de octubre de 2026.

El Subsidio Unificado al Empleo, también conocido como SUE, ya fue creado por la Ley N° 21.808, pero todavía no está operativo para nuevas postulaciones generales. La norma comienza a regir el 1 de octubre de 2026, por lo que quienes quieran acceder deben revisar desde ahora si cumplen los requisitos base y esperar la habilitación formal del trámite.

El beneficio será administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, Sence, y busca ordenar en un solo sistema apoyos que antes funcionaban por separado, como el Subsidio al Empleo Joven, el Bono al Trabajo de la Mujer y el Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes.

La información oficial disponible en Sence y en la Biblioteca del Congreso Nacional confirma que el subsidio estará enfocado en la contratación y permanencia laboral formal de grupos prioritarios.

Qué es el Subsidio Unificado al Empleo

El Subsidio Unificado al Empleo es un aporte monetario de cargo fiscal que busca incentivar el empleo formal en el sector privado.

No es un bono universal ni un pago automático para todas las personas que trabajan. La ley define grupos prioritarios y exige condiciones de renta, situación laboral previa y formalidad previsional.

El subsidio podrá beneficiar tanto a personas trabajadoras como a empresas que contraten a personas pertenecientes a esos grupos. En el caso de los trabajadores dependientes, el aporte se calcula como un porcentaje de la remuneración bruta mensual.

Según la explicación oficial de la BCN sobre el Subsidio Unificado de Empleo, el beneficio puede llegar hasta un 20% de la remuneración bruta para personas trabajadoras y hasta un 20% para empresas, bajo los límites y fórmulas que establezca la normativa.

Cuándo comienza a regir

La Ley N° 21.808 fue publicada en el Diario Oficial el 13 de marzo de 2026 y su entrada en vigencia quedó fijada para el 1 de octubre de 2026.

Eso significa que, al 23 de junio de 2026, el nuevo subsidio aún no está plenamente disponible como trámite operativo para nuevas postulaciones generales.

Sence ya informó en su sección de subsidios que, debido a la entrada en vigencia del nuevo sistema, no se reciben nuevas postulaciones al Bono al Trabajo de la Mujer ni al Subsidio al Empleo Joven, y que próximamente se entregarán los detalles del nuevo beneficio.

Por eso, la recomendación concreta es no postular en sitios no oficiales ni entregar datos personales en plataformas que prometan acceso anticipado. La información válida debe revisarse en Sence o en la plataforma oficial que se habilite para el trámite.

Quiénes podrán acceder al beneficio

La ley define grupos prioritarios. Estos son los principales:

  • Jóvenes entre 18 y 24 años.

  • Mujeres entre 25 y 54 años.

  • Personas desde los 55 años.

  • Personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad desde los 18 años.

  • Empresas del sector privado que contraten personas de estos grupos y cumplan los requisitos exigidos.

En el caso de las personas con discapacidad, la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad será un punto clave. Para otros grupos, también podrá exigirse pertenecer a un tramo del Registro Social de Hogares que será definido por decreto.

Requisitos generales para trabajadores

Los requisitos exactos dependerán de los parámetros vigentes al momento de la postulación. Sin embargo, la ley ya establece condiciones base para las personas trabajadoras.

Entre ellas están:

  • Pertenecer a uno de los grupos prioritarios definidos por la ley.

  • Tener una renta bruta mensual igual o inferior a 2,25 ingresos mínimos mensuales.

  • Registrar cotizaciones previsionales al día.

  • Haber tenido seis meses de desempleo continuo o ocho meses de desempleo discontinuo dentro de los últimos 18 meses.

  • Cumplir con el tramo de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares que se determine oficialmente, salvo en el caso de personas con discapacidad cuando corresponda la excepción legal.

Este punto es relevante: no basta con tener empleo o pertenecer a un grupo etario. El subsidio está diseñado para apoyar ingreso, reingreso o permanencia laboral de personas con mayores barreras de acceso al empleo formal.

Requisitos para empresas

Las empresas también podrán solicitar el subsidio, pero no todas calificarán. La ley establece requisitos para evitar el uso indebido del beneficio.

Entre las condiciones principales están:

  • Ser empresa del sector privado.

  • Ser contribuyente de primera categoría.

  • Estar al día en el pago de cotizaciones previsionales.

  • No haber tenido relación laboral previa con la persona postulada en los últimos 12 meses.

  • Postular dentro de los primeros tres meses desde el inicio de la relación laboral.

  • No registrar condenas recientes por prácticas antisindicales, vulneración de derechos fundamentales o delitos concursales, según las reglas establecidas.

Además, las empresas públicas y sociedades del Estado quedan excluidas del sistema.

Cuánto paga el Subsidio Unificado al Empleo

El monto no será igual para todos. La ley fija un sistema vinculado a la remuneración bruta mensual y a tramos de renta.

Para trabajadores y empresas, el aporte podrá llegar hasta un 20% de la remuneración bruta. Sin embargo, la cifra concreta dependerá de la renta y de los parámetros que se fijen para cada periodo.

La norma considera dos referencias importantes:

CasoCómo opera el cálculo
Renta igual o menor a 1,25 ingresos mínimos mensualesSe aplica el porcentaje completo correspondiente
Renta mayor a 1,25 y hasta 2,25 ingresos mínimos mensualesEl monto se ajusta progresivamente mediante fórmula
Renta superior a 2,25 ingresos mínimos mensualesNo corresponde subsidio

Para personas trabajadoras dependientes, la ley también establece un mínimo: el aporte no podrá ser inferior al 2,5% de un ingreso mínimo mensual.

Sence deberá contar con un sistema de consulta y cálculo del aporte monetario. Hasta que esa herramienta esté operativa, no conviene afirmar un monto individual exacto.

Cómo se pagará el beneficio

Para trabajadores dependientes, el pago será mensual. La ley establece que los pagos mensuales corresponderán al 90% del monto calculado, mientras que el 10% restante se entregará mediante una reliquidación anual.

En el caso de trabajadores independientes, el pago será anual, en agosto, una vez completado el periodo correspondiente del beneficio.

La duración también cambia según el caso:

  • Personas trabajadoras: hasta 12 meses.

  • Personas con discapacidad: hasta 15 meses.

  • Empresas: mientras se mantenga la relación laboral, según las reglas aplicables.

Cómo se postulará

La postulación se realizará a través de la Ventanilla Única Social, plataforma digital vinculada al Ministerio de Desarrollo Social y Familia.

Podrán solicitarlo:

  • La persona trabajadora, por sí misma.

  • La empresa, por la dupla empresa-trabajador.

Si postula la empresa y el beneficio es concedido, también se otorga a la persona trabajadora, según la explicación oficial de la ley.

Aunque el sistema será administrado por Sence, la ley indica que el canal de solicitud estará asociado a la Ventanilla Única Social. Por eso, antes de postular conviene revisar tanto Sence como la información disponible en ChileAtiende cuando el trámite sea publicado.

Qué pasa con el Subsidio al Empleo Joven y el Bono al Trabajo de la Mujer

El nuevo sistema reemplaza los subsidios laborales anteriores. En concreto, la ley sustituye:

  • Subsidio al Empleo Joven.

  • Bono al Trabajo de la Mujer.

  • Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes.

Sence ya muestra cerradas nuevas postulaciones al Bono al Trabajo de la Mujer y al Subsidio al Empleo Joven por la implementación del SUE.

Las personas que ya eran beneficiarias de esos apoyos deben revisar su situación particular en los canales oficiales, porque la ley contempla reglas de transición. No corresponde asumir que todos pasarán automáticamente al nuevo sistema en las mismas condiciones.

Qué revisar antes de octubre

Antes de que el Subsidio Unificado al Empleo comience a operar, conviene revisar estos puntos:

  1. Verifica tu tramo en el Registro Social de Hogares.

  2. Revisa si tus cotizaciones previsionales están pagadas.

  3. Confirma si perteneces a uno de los grupos prioritarios.

  4. Si eres persona con discapacidad, revisa tu inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad.

  5. Si eres empresa, revisa el estado de cotizaciones, multas y antecedentes laborales.

  6. Consulta periódicamente el sitio de Sence para conocer la apertura oficial del trámite.

La clave es no esperar a octubre con información desactualizada. Este subsidio exigirá datos formales: renta, cotizaciones, situación laboral previa y cumplimiento de requisitos legales. Si alguno de esos antecedentes está mal informado, la postulación puede quedar fuera o demorar más de lo necesario.