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Beneficio por Años Cotizados: consulta con tu RUT si recibes hasta 2,5 UF mensuales

Desde enero de 2026, los pensionados en Chile pueden beneficiarse de un aporte automático que aumenta su pensión mensual, dependiendo de los años de cotización acumulados.

Beneficio por Años Cotizados: consulta con tu RUT si recibes hasta 2,5 UF mensuales

El aporte se entrega automáticamente a pensionados que cumplen la edad y el mínimo de cotizaciones. La consulta oficial no exige ClaveÚnica.

El Beneficio por Años Cotizados comenzó a pagarse en enero de 2026 como parte del nuevo Seguro Social Previsional. Este aporte aumenta mensualmente la pensión de las personas que registran una trayectoria mínima de cotizaciones y cumplen los requisitos establecidos en la reforma previsional.

No es necesario completar un formulario ni presentar una postulación. El Instituto de Previsión Social (IPS) identifica a quienes cumplen las condiciones, calcula el monto y coordina su entrega junto con la pensión autofinanciada.

La cantidad que recibe cada beneficiario depende de los meses cotizados que sean reconocidos. El pago corresponde a 0,1 Unidad de Fomento (UF) por cada 12 meses de cotizaciones, con un máximo de 2,5 UF mensuales, equivalente a 25 años cotizados.

Quiénes pueden recibir el Beneficio por Años Cotizados

El aporte está dirigido a personas pensionadas por vejez o invalidez bajo el sistema del Decreto Ley N° 3.500, ya sea que reciban su pensión mediante una AFP o una compañía de seguros de vida.

Durante 2026, los requisitos principales son:

  • Tener 65 años o más.
  • Estar pensionado o pensionada por vejez o invalidez.
  • Registrar el mínimo de cotizaciones exigido según sexo.
  • No ser titular de una pensión de retiro de Capredena o Dipreca.

Las personas que reciben solamente una pensión de sobrevivencia no acceden por esa condición, debido a que el beneficio exige estar pensionado por vejez o invalidez.

Existe una regla especial para quienes tienen cotizaciones por trabajos pesados, ya que en esos casos puede considerarse la rebaja de edad reconocida para pensionarse.

Cuántos años cotizados deben tener mujeres y hombres

El mínimo exigido no es igual para mujeres y hombres.

En 2026, las mujeres deben acreditar al menos 120 meses de cotizaciones, equivalentes a 10 años. Los hombres necesitan un mínimo de 240 meses, es decir, 20 años cotizados.

Las cotizaciones pueden ser continuas o discontinuas. Por lo tanto, no es obligatorio haber trabajado durante todos esos años sin interrupciones.

Para las mujeres, el requisito aumentará gradualmente desde 2028:

  • Desde enero de 2028: 11 años.
  • Desde enero de 2030: 12 años.
  • Desde enero de 2032: 13 años.
  • Desde enero de 2034: 14 años.
  • Desde enero de 2036: 15 años.

El requisito para los hombres se mantiene en 20 años.

Cuánto paga el beneficio

El cálculo considera 0,1 UF mensual por cada año cotizado. Si existen meses adicionales que no completan un año, estos pueden incorporarse proporcionalmente al cálculo.

Como referencia general:

  • Una mujer con 10 años reconocidos puede recibir 1 UF mensual.
  • Una persona con 15 años cotizados puede recibir 1,5 UF mensual.
  • Un hombre con 20 años reconocidos puede recibir 2 UF mensual.
  • Una persona con 25 años o más puede alcanzar el máximo de 2,5 UF mensual.

El monto en pesos cambia según el valor vigente de la UF. Por esa razón, el aporte no corresponde a una cifra fija en moneda nacional.

El tope actual considera como máximo 300 meses de cotizaciones, equivalentes a 25 años. Tener más años cotizados no eleva el pago por sobre las 2,5 UF mensuales.

Para quienes se pensionaron desde agosto de 2025, el cálculo puede incorporar ajustes relacionados con las nuevas cotizaciones previsionales. El monto definitivo siempre será el informado en la resolución individual del IPS.

Cómo consultar con RUN si recibes el pago

ChileAtiende dispone de una plataforma específica para revisar el resultado. La consulta se realiza con RUN y fecha de nacimiento, sin necesidad de ingresar con ClaveÚnica.

Para revisar la información:

  1. Ingresa a la consulta oficial de beneficios del Seguro Social.
  2. Escribe tu RUN.
  3. Ingresa tu fecha de nacimiento.
  4. Revisa si cumples los requisitos y el resultado informado por el sistema.

La resolución es el documento oficial que informa si el beneficio fue concedido y cómo se realizó su cálculo.

También se puede solicitar orientación mediante videoatención, llamando al 101 de ChileAtiende o acudiendo a una sucursal con la cédula de identidad.

Cuándo se paga y cómo se recibe

Los primeros pagos comenzaron en enero de 2026 para quienes ya estaban pensionados y tenían 65 años o más al 30 de noviembre de 2025, siempre que cumplieran el mínimo de cotizaciones.

Quienes cumplen 65 años posteriormente comienzan a recibirlo desde el mes en que alcanzan esa edad, si ya están pensionados y reúnen los demás requisitos.

Para las personas que se pensionaron desde diciembre de 2025, el pago puede comenzar después de que reciban su primera pensión. Cuando corresponde, el depósito incluye montos retroactivos.

El aporte se paga junto con la pensión autofinanciada y utiliza la misma modalidad de cobro. Esto significa que el beneficiario no debe abrir una cuenta especial ni elegir una nueva forma de pago.

Qué cotizaciones se consideran para calcularlo

Para quienes ya estaban pensionados al 31 de julio de 2025, se consideran las cotizaciones pagadas en su cuenta individual hasta esa fecha.

En el caso de quienes se pensionan desde agosto de 2025, el cálculo incorpora primero las cotizaciones realizadas al Seguro Social desde ese mes. Después pueden sumarse las cotizaciones registradas y pagadas en la cuenta individual hasta julio de 2025 y, cuando corresponda, periodos reconocidos mediante bonos de reconocimiento del IPS, Dipreca o Capredena.

También pueden contabilizarse periodos con licencia médica y fracciones de año. Sin embargo, no se incorporan mientras estén impagas las cotizaciones declaradas por el empleador.

Si existen lagunas o posibles deudas previsionales, conviene revisar la cartola de cotizaciones en la AFP y solicitar la regularización antes de reclamar el cálculo.

Por qué el pago puede cambiar o suspenderse

El IPS revisa mensualmente que la persona continúe cumpliendo las condiciones. Por ello, la concesión, el monto o el pago pueden variar si cambian los antecedentes previsionales.

El beneficio puede interrumpirse cuando la persona permanece fuera de Chile durante más de 180 días, continuos o discontinuos, dentro de un mismo año calendario.

También puede suspenderse si no se cobra durante seis meses consecutivos y se extingue en caso de fallecimiento.

Además, constituye renta. El monto se suma a los ingresos anuales, puede estar sujeto a impuestos y descuentos de salud, y se considera al revisar los requisitos de otros aportes previsionales, incluida la Pensión Garantizada Universal.

Qué hacer si no apareces como beneficiario

Primero hay que revisar la resolución y confirmar que el sistema tenga correctamente registrados la edad, el tipo de pensión y los meses cotizados.

Si el resultado parece incorrecto, se puede pedir orientación al IPS a través de ChileAtiende. Para facilitar la revisión, conviene tener disponibles:

  • Cédula de identidad vigente.
  • Resolución de pensión.
  • Cartola histórica de cotizaciones de la AFP.
  • Antecedentes de periodos trabajados que no aparezcan pagados.
  • Documentos asociados a un bono de reconocimiento, cuando corresponda.

La información actualizada sobre requisitos, cálculo y causales de suspensión está disponible en la ficha oficial del Beneficio por Años Cotizados.

Antes de presentar un reclamo, lo más útil es consultar el resultado individual y verificar que las cotizaciones estén efectivamente pagadas, ya que los periodos solamente declarados no se contabilizan hasta que la deuda previsional sea regularizada.