
El Bono por Hijo es un aporte económico destinado a mujeres de 65 años o más que hayan sido madres, biológicas o adoptivas, y que se paga por cada hijo nacido vivo o adoptado, siempre que cumplan con los requisitos legales y se pensionen a partir de la fecha establecida.
Quiénes no tienen derecho al Bono por Hijo
No podrán acceder al beneficio las mujeres que:
Reciban una pensión proveniente de una ex caja de previsión social, Capredena o Dipreca.
Se hayan pensionado antes del 1 de julio de 2009.
Requisitos para acceder al beneficio
Podrán recibir el Bono por Hijo quienes:
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Tengan 65 años o más.
Hayan residido en Chile por 20 años (continuos o discontinuos) desde que cumplieron 20 años.
Hayan vivido en el país al menos 4 de los últimos 5 años antes de solicitar la bonificación.
El beneficio está disponible para:
Madres afiliadas a una AFP que se pensionaron desde el 1 de julio de 2009.
Madres titulares de una Pensión Garantizada Universal (PGU).
Madres no afiliadas a un régimen previsional que reciban una Pensión de Sobrevivencia con Aporte Previsional Solidario de Vejez, otorgada por una AFP, compañía de seguros o el Instituto de Previsión Social (IPS), desde el 1 de julio de 2009.
Las beneficiarias pueden verificar si les corresponde el pago ingresando al Sistema Integrado de Beneficios Solidarios del IPS, disponible en elsitio de ChileAtiende.
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