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Industria Minera

Cámara de Diputados aprueba reforma de patentes mineras: elimina cobros de hasta 12 UTM y posterga pagos hasta 2027

En la pequeña minería, arrendar una faena podía dejar al operador fuera de los beneficios ligados a la concesión que mantenía.

Cámara de Diputados aprueba reforma de patentes mineras: elimina cobros de hasta 12 UTM y posterga pagos hasta 2027

El Congreso despachó a ley una modificación al régimen de concesiones mineras que establece una tarifa general de 0,4 UTM por hectárea, amplía los beneficios para pequeños productores y otorga nuevas facilidades para mantener la propiedad minera.

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este miércoles 28 de octubre de 2026, en tercer trámite constitucional, la reforma al sistema de patentes mineras en Chile, despachando al Ejecutivo una iniciativa que elimina el cobro progresivo de hasta 12 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por hectárea y establece nuevas condiciones para la pequeña, mediana y minería artesanal.

La reforma introduce una tarifa general de 0,4 UTM por hectárea, amplía las posibilidades de acceder a una patente rebajada de 0,1 UTM y posterga hasta el 28 de febrero de 2027 el pago de las patentes correspondientes a 2026.

La aprobación culmina la tramitación legislativa del proyecto, impulsado por el Gobierno del Presidente José Antonio Kast, que busca modificar los efectos del sistema establecido mediante la Ley N.º 21.420 y facilitar la mantención de concesiones vinculadas a actividades productivas y de exploración.

El cambio tiene especial relevancia para productores de menor escala, cuyo acceso a capital, capacidad administrativa y continuidad operacional pueden verse afectados por el costo anual de mantener sus pertenencias mineras.

Se elimina el sistema progresivo de patentes mineras

Uno de los cambios centrales de la reforma es la eliminación del mecanismo de cobro progresivo, que podía elevar el valor de las patentes de explotación hasta 12 UTM por hectárea.

El nuevo esquema establece una tasa general de 0,4 UTM por hectárea y mantiene una modalidad rebajada de 0,1 UTM para quienes cumplan las condiciones legales correspondientes.

La diferencia entre ambos valores es significativa para operaciones que mantienen superficies destinadas a extracción, exploración y desarrollo.

Por ejemplo, considerando exclusivamente las tasas establecidas y sin incorporar otros cargos, una concesión de 100 hectáreas tendría los siguientes costos anuales:

Modalidad

Costo por hectárea

Total para 100 hectáreas

Patente general

0,4 UTM

40 UTM

Patente rebajada

0,1 UTM

10 UTM

Referencia del máximo progresivo anterior

12 UTM

1.200 UTM

La comparación con el máximo anterior es ilustrativa y no significa que todas las concesiones estuvieran sujetas a ese cobro.

En el caso de una concesión que efectivamente hubiera alcanzado la tasa máxima progresiva, el cambio hacia 0,4 UTM representaría una reducción del 96,7% en la tasa por hectárea.

Para determinar el ahorro real de cada productor será necesario considerar su situación jurídica, la extensión de sus concesiones y las condiciones específicas que regulan el pago de patentes.

Nuevos beneficios para pequeños mineros y productores artesanales

La reforma amplía las condiciones para acceder al pago rebajado, incorporando situaciones que anteriormente podían presentar dificultades administrativas.

Entre los cambios se encuentra el reconocimiento de arrendatarios y operadores legítimos de faenas mineras, permitiendo que el beneficio no dependa exclusivamente de la titularidad directa de la concesión.

La modificación responde a una característica habitual de la pequeña minería chilena, donde numerosos productores desarrollan actividades extractivas mediante contratos de arrendamiento u otros mecanismos de operación autorizada.

También se eliminan exigencias relacionadas con determinadas formas societarias y vínculos de parentesco que dificultaban el acceso a la patente reducida.

La iniciativa contempla una ampliación de las superficies susceptibles de beneficio para los segmentos de menor escala.

En el caso de la minería artesanal, la extensión considerada aumenta de 50 a 100 hectáreas, mientras que para pequeños productores se eleva de 100 a 150 hectáreas, bajo las condiciones establecidas en el régimen correspondiente.

Estas modificaciones buscan adecuar las obligaciones de mantención de concesiones a las características productivas y económicas de faenas de menor tamaño.

La reducción de costos puede contribuir a liberar recursos para actividades como habilitación de labores, adquisición de insumos, mantenimiento de equipos y preparación de mineral.

Sin embargo, el efecto sobre la producción dependerá de las condiciones de mercado, disponibilidad de financiamiento, capacidad técnica y acceso a instalaciones de procesamiento.

Régimen especial de cinco años para productores vinculados a ENAMI

Otra de las disposiciones relevantes corresponde a la creación de un régimen especial para titulares de concesiones de hasta 500 hectáreas.

El beneficio está dirigido a quienes desarrollen trabajos mineros y se encuentren empadronados en la Empresa Nacional de Minería (ENAMI) u otros poderes de compra reconocidos.

Bajo estas condiciones, los productores podrán mantener una patente rebajada durante un período de cinco años.

La medida incorpora un elemento de mayor previsibilidad para operaciones pequeñas que necesitan planificar inversiones y actividades productivas durante varios ejercicios.

En este segmento, los ingresos pueden presentar variaciones importantes debido a cambios en las leyes minerales, disponibilidad de equipos, costos de extracción y condiciones comerciales.

La posibilidad de mantener una tasa rebajada durante un período definido permite incorporar ese costo con mayor claridad en la planificación financiera.

También fortalece la relación entre la actividad productiva verificable y el acceso a determinados beneficios asociados a la propiedad minera.

ENAMI mantiene un papel relevante en este escenario debido a sus funciones de fomento, compra y procesamiento de minerales provenientes de pequeños productores.

No obstante, la reforma de patentes no reemplaza los mecanismos de financiamiento, asistencia técnica y comercialización que requiere este segmento para sostener su actividad.

Pago de patentes de 2026 se posterga hasta febrero de 2027

La nueva legislación también aborda las dificultades generadas por los vencimientos y procedimientos de cobro de patentes correspondientes a 2026.

El texto aprobado establece una postergación del plazo de pago hasta el 28 de febrero de 2027, junto con el aplazamiento de los remates de concesiones vinculados a esas obligaciones.

La medida busca otorgar un período adicional para que los titulares regularicen su situación.

Para las empresas y productores afectados, el nuevo plazo representa una oportunidad de reorganizar sus obligaciones financieras y evitar la pérdida de pertenencias por incumplimientos asociados al régimen anterior.

Es importante distinguir que esta disposición posterga el vencimiento correspondiente, pero no constituye una condonación general de las patentes adeudadas.

Los titulares deberán cumplir las obligaciones que resulten aplicables una vez que la normativa entre en vigor, considerando sus disposiciones transitorias.

La aplicación práctica de los nuevos procedimientos también requerirá coordinación entre las instituciones relacionadas con la administración y fiscalización de la propiedad minera.

Cambios en los remates de concesiones mineras

La reforma introduce modificaciones al procedimiento de remate por falta de pago de patentes.

Entre las medidas se incluyen mecanismos para corregir errores en las nóminas de concesiones sometidas a remate, regular las costas de los procedimientos y agilizar las declaraciones de terreno franco cuando corresponda.

También se busca establecer mayor claridad respecto de los efectos jurídicos de la cancelación de inscripciones mineras.

Estas materias tienen relevancia para la seguridad jurídica de los titulares, debido a que los procedimientos de remate pueden modificar la situación legal de una concesión.

Los errores administrativos, diferencias en registros o controversias relacionadas con pagos pueden generar incertidumbre sobre los derechos que permiten desarrollar actividades de exploración y explotación.

La modernización de estos procedimientos apunta a facilitar la aplicación de las normas y reducir dificultades operativas dentro del sistema de administración minera.

Al mismo tiempo, la regulación debe mantener mecanismos que permitan distinguir las concesiones activas de aquellas que permanecen sin desarrollo productivo.

Este equilibrio es relevante porque el régimen de amparo minero también cumple una función vinculada al uso y disponibilidad de los derechos mineros.

Un cambio regulatorio con impacto en las regiones mineras

La aprobación del proyecto adquiere especial importancia para regiones con una participación significativa de la pequeña y mediana minería, como Atacama, Coquimbo, Antofagasta y Valparaíso.

En estos territorios existen productores cuya actividad se desarrolla mediante operaciones de menor escala, muchas veces asociadas a redes de proveedores locales, transporte de minerales, talleres mecánicos y plantas de procesamiento.

Los costos de mantención de concesiones forman parte de los gastos necesarios para conservar la continuidad jurídica de una faena.

Cuando estos costos aumentan, pueden representar una presión adicional sobre productores que enfrentan limitaciones de financiamiento o períodos de menor actividad.

La reducción de las tasas aplicables podría mejorar las condiciones económicas de determinados proyectos y facilitar la continuidad de operaciones existentes.

Sin embargo, la magnitud del beneficio agregado todavía no puede establecerse sin conocer el número de concesiones que accederán a cada categoría y el ahorro efectivo de sus titulares.

Tampoco existe una proyección confirmada de nuevas toneladas de producción, inversiones o empleos directamente atribuibles a la reforma.

Su efecto real deberá observarse durante la implementación y en la evolución de la actividad minera regional.

El desafío de transformar concesiones en producción

La reforma ocurre en un momento en que la minería chilena enfrenta el desafío de sostener su posición internacional mediante nuevas inversiones, continuidad operacional y desarrollo de recursos minerales.

En ese escenario, las políticas relacionadas con propiedad minera influyen en las condiciones bajo las cuales empresas y productores pueden mantener derechos, ejecutar exploraciones y avanzar hacia proyectos productivos.

Para la pequeña minería, la disminución de costos administrativos puede representar un alivio financiero, pero no resuelve por sí sola las dificultades estructurales del sector.

Entre ellas se encuentran el acceso a financiamiento, disponibilidad de equipos, exigencias de seguridad, permisos sectoriales, infraestructura de procesamiento y exposición a la volatilidad de los precios de los minerales.

En la mediana minería, la estabilidad regulatoria también influye en la planificación de inversiones destinadas a ampliar operaciones, incorporar tecnología y desarrollar nuevos sectores mineralizados.

La reforma modifica una parte de ese entorno económico, especialmente los costos asociados a la mantención de las concesiones.

Su implementación permitirá evaluar si las nuevas condiciones contribuyen efectivamente a sostener operaciones, facilitar la exploración y mejorar la actividad productiva.

Próxima etapa: promulgación y aplicación del nuevo régimen

Con la aprobación de la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto completó su tramitación legislativa y quedó despachado para las actuaciones necesarias antes de su promulgación y publicación.

Por lo tanto, la aprobación parlamentaria no debe confundirse con la entrada en vigencia inmediata de todas las modificaciones. La aplicación de las nuevas disposiciones dependerá de su publicación oficial y de las reglas transitorias correspondientes.

Uno de los aspectos más relevantes será la implementación administrativa del régimen rebajado, especialmente para productores que operan concesiones mediante arrendamientos, mantienen superficies de menor extensión o se encuentran empadronados en poderes de compra.

También será necesario observar cómo se ejecuta la postergación del pago de patentes de 2026 y qué efectos tiene sobre los procedimientos de remate pendientes.

Para la industria minera nacional, el cambio representa una modificación concreta del costo de mantener derechos de explotación, con especial incidencia en productores de menor escala.

La eliminación del cobro progresivo, la ampliación de las patentes rebajadas y la prórroga hasta febrero de 2027 constituyen los principales efectos de una reforma que ahora deberá pasar de su aprobación legislativa a su aplicación efectiva.

El desempeño del nuevo régimen se medirá finalmente por su capacidad para compatibilizar seguridad jurídica, continuidad productiva y utilización efectiva de la propiedad minera, tres condiciones relevantes para el desarrollo de la pequeña y mediana minería chilena.

REDIMIN Responde

¿Qué tarifa general establece la nueva ley de concesiones mineras en Chile?

La nueva ley establece una tarifa general de 0,4 UTM por hectárea para las concesiones mineras.

¿Qué cambios se introducen para pequeños productores y minería artesanal con la nueva reforma?

La reforma amplía las condiciones para acceder a una patente rebajada de 0,1 UTM, reconoce a arrendatarios y operadores legítimos, y elimina ciertas exigencias administrativas. Además, aumenta la extensión de superficies beneficiadas para minería artesanal de 50 a 100 hectáreas y para pequeños productores de 100 a 150 hectáreas.

¿Qué régimen especial se crea para productores vinculados a ENAMI?

Se crea un régimen especial que permite a titulares de concesiones de hasta 500 hectáreas, empadronados en ENAMI u otros poderes de compra reconocidos, mantener una patente rebajada durante cinco años.

¿Hasta cuándo se posterga el pago de patentes correspondientes a 2026?

El pago de patentes correspondientes a 2026 se posterga hasta el 28 de febrero de 2027.

¿Qué modificaciones se introducen en los procedimientos de remate de concesiones mineras?

La reforma introduce mecanismos para corregir errores en las nóminas de concesiones sometidas a remate, regular las costas de los procedimientos y agilizar las declaraciones de terreno franco, buscando mayor claridad sobre los efectos jurídicos de la cancelación de inscripciones mineras.

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