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Licencia de conducir tendrá nuevo requisito por Ley Jacinta: esto deberán acreditar quienes soliciten o renueven

La nueva Ley Jacinta introduce un requisito de salud para obtener o renovar licencias de conducir en Chile, que exigirá una declaración jurada sobre enfermedades inhabilitantes.

Licencia de conducir tendrá nuevo requisito por Ley Jacinta: esto deberán acreditar quienes soliciten o renueven
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Las personas que soliciten o renueven una licencia de conducir en Chile deberán cumplir con una nueva exigencia de salud establecida por la Ley Jacinta (Ley N° 21.797): acreditar mediante una declaración jurada que no han sido diagnosticadas ni conocen padecer alguna enfermedad que las inhabilite o restrinja para conducir.

El cambio todavía no comienza a aplicarse bajo el nuevo procedimiento, ya que falta la publicación del reglamento que definirá las enfermedades consideradas inhabilitantes o restrictivas y la forma en que se realizarán las evaluaciones. La ley fue publicada en el Diario Oficial el 7 de febrero de 2026.

¿Qué habrá que acreditar para obtener o renovar la licencia?

La modificación incorporada a la Ley de Tránsito establece que el interesado deberá acreditar, mediante una declaración jurada, que no ha sido diagnosticado ni conoce padecer alguna de las enfermedades inhabilitantes o restrictivas que establezca el reglamento.

La medida forma parte de un endurecimiento de los controles sobre la idoneidad física y psíquica de quienes conducen vehículos motorizados.

Las direcciones de tránsito municipales también deberán aplicar el procedimiento que determine el nuevo reglamento para evaluar las condiciones físicas y psicológicas de los postulantes y titulares de licencias. Este documento será dictado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y suscrito por el Ministerio de Salud.

La exigencia alcanzará tanto a quienes obtengan su licencia por primera vez como a quienes deban renovarla.

Entregar información falsa puede terminar con la cancelación de la licencia

La nueva normativa también incorpora consecuencias para quienes oculten antecedentes de salud.

Declarar falsamente que no se padece una enfermedad inhabilitante o restrictiva constituye una infracción grave y la legislación establece, además, la cancelación de la licencia de conductor.

Por esta razón, la declaración jurada no será solamente un documento administrativo: la información entregada por el conductor tendrá consecuencias legales si se comprueba que es falsa.

¿Cuándo comenzará a exigirse el nuevo requisito?

Este punto es importante para quienes tengan que obtener o renovar su licencia próximamente.

La Ley Jacinta otorgó al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones un plazo de 12 meses desde la publicación de la normativa para elaborar el reglamento que definirá los nuevos procedimientos y estandarizará las evaluaciones médicas realizadas en las direcciones de tránsito.

Una vez que ese reglamento sea publicado, las modificaciones relacionadas con estas nuevas exigencias comenzarán a regir 90 días después.

Hasta el 19 de agosto de 2026, el nuevo procedimiento continúa pendiente de reglamentación. Un informe de gestión publicado por el Ministerio de Transportes en julio señaló que ya se había iniciado la redacción del reglamento de la Ley N° 21.797.

Ley Jacinta también incorporó otros cambios para los conductores

La Ley N° 21.797 no se limita a los requisitos médicos para obtener una licencia. También modificó otras normas relacionadas con la seguridad vial.

Entre ellas se encuentran nuevas reglas para acompañantes en motocicletas y la posibilidad de utilizar cámaras con monitores u otros dispositivos tecnológicos en determinados vehículos como alternativa o complemento de los espejos laterales.

La normativa lleva el nombre de Jacinta González Schnitzer, una lactante de cinco meses que murió en 2022 tras ser atropellada, caso que impulsó la discusión sobre las condiciones de salud exigidas a quienes conducen vehículos motorizados en Chile.