
La propuesta amplía de cuatro a 16 semanas el período para promediar la jornada laboral. En turismo, hotelería y gastronomía, el ciclo podría extenderse hasta un año.
El proyecto del Gobierno que busca flexibilizar la aplicación de la Ley de 40 Horas comenzó su discusión en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputadas y Diputados, abriendo un nuevo debate sobre la forma en que empresas y trabajadores podrán distribuir sus jornadas durante períodos de mayor o menor actividad.
La iniciativa no modifica el calendario de reducción gradual establecido en la legislación. Actualmente, la jornada ordinaria máxima es de 42 horas semanales y deberá bajar a 40 horas desde el 26 de abril de 2028.
El cambio principal está en la extensión del período utilizado para calcular el promedio semanal. La normativa vigente permite distribuir la jornada en ciclos de hasta cuatro semanas. El proyecto propone ampliar ese plazo hasta 16 semanas con carácter general.
La controversia surgió porque los nuevos pactos podrían celebrarse directamente entre el empleador y cada trabajador, sin exigir la intervención del sindicato de la empresa. Esto modificaría el esquema actual para los trabajadores sindicalizados y trasladaría parte importante de la negociación al ámbito individual.
Cómo funcionaría el nuevo ciclo de 16 semanas
La propuesta permitiría que una empresa distribuya las horas ordinarias de manera diferente durante un período de hasta 16 semanas, siempre que el promedio final respete el límite legal vigente.
Esto significa que podrían existir semanas con una jornada superior al promedio y otras con menos horas, dependiendo de las necesidades de la operación. Sin embargo, el proyecto establece un máximo de 45 horas ordinarias semanales.
El mecanismo no podría aplicarse unilateralmente. Para utilizarlo, sería necesario suscribir un pacto por escrito entre las partes y definir previamente un calendario con la distribución diaria y semanal del trabajo.
El empleador tampoco podría alterar por sí solo la planificación acordada para un nuevo ciclo. Si no existe consenso para modificar el calendario, continuaría vigente la distribución anterior.
Además, durante cada ciclo, la cantidad de semanas que superen las 40 horas ordinarias no podría representar más de la mitad del período pactado.
Por ejemplo, en un ciclo de 16 semanas, la jornada podría superar las 40 horas ordinarias solamente durante un máximo de ocho semanas. Las restantes tendrían que compensar esa mayor carga para mantener el promedio exigido por la ley.
Turismo podría distribuir la jornada durante 52 semanas
El proyecto contempla un régimen especial para actividades que enfrentan cambios previsibles de demanda durante el año.
En esta categoría quedarían sectores vinculados al turismo, incluyendo:
- Hotelería.
- Gastronomía.
- Entretenimiento.
- Operadores turísticos.
- Otras actividades relacionadas con temporadas altas y bajas.
Estas empresas podrían distribuir la jornada considerando un ciclo de hasta 52 semanas, equivalente a un año, manteniendo igualmente el límite de 45 horas ordinarias en una semana.
La medida apunta a que los empleadores puedan concentrar una mayor cantidad de horas durante vacaciones, festividades o temporadas turísticas y reducirlas posteriormente, cuando disminuya la actividad.
Aunque el período de cálculo sería más extenso, el promedio deberá continuar respetando la jornada legal. Actualmente corresponde a 42 horas semanales y bajará a 40 horas en 2028.
El punto que genera tensión con los sindicatos
Uno de los aspectos más sensibles del proyecto es la posibilidad de acordar directamente el ciclo general de 16 semanas entre el empleador y el trabajador.
En la práctica, el sindicato de la empresa no tendría que intervenir en ese pacto, incluso cuando la persona se encuentre afiliada. La negociación sería individual y quedaría registrada por escrito en el contrato o en un documento complementario.
El Gobierno sostiene que el consentimiento del trabajador seguirá siendo obligatorio y que, sin acuerdo, la empresa no podrá imponer la nueva distribución.
No obstante, el debate se concentra en el equilibrio existente durante una negociación individual. Las organizaciones sindicales advierten que un trabajador puede encontrarse en una posición más débil frente a su empleador, especialmente cuando necesita conservar el puesto de trabajo o renovar su contrato.
Los defensores de la propuesta consideran que la negociación directa permitiría adaptar la jornada a situaciones particulares, sin depender de que exista un sindicato dentro de la empresa.
Para ciclos más extensos, aplicables a trabajadores de sectores distintos del turismo, el proyecto sí contempla la negociación colectiva o la suscripción de pactos directos con sindicatos. Ese acuerdo alcanzaría solamente a los afiliados de la organización involucrada.
No establece una jornada ordinaria de 52 horas
La propuesta ha generado confusión por la mención de ciclos de 52 semanas y por la posibilidad de concentrar horas durante ciertos períodos.
Sin embargo, el proyecto no fija una jornada ordinaria de 52 horas semanales. El máximo considerado para las horas ordinarias sería de 45 horas en una semana.
A ese límite podrían sumarse horas extraordinarias bajo las reglas generales del Código del Trabajo. La legislación permite hasta dos horas extra por día, las que deben ser pactadas, justificadas y pagadas con el recargo correspondiente.
La diferencia central está entre el número de horas trabajadas en una semana y la duración del ciclo utilizado para calcular el promedio. Las 52 semanas corresponden al período de referencia para distribuir la jornada, no a la cantidad de horas ordinarias permitidas semanalmente.
Qué podría cambiar para los trabajadores
La nueva fórmula podría generar semanas de trabajo más extensas durante períodos de alta actividad, compensadas posteriormente con jornadas más breves.
Para una persona empleada en comercio, turismo, hotelería o gastronomía, esto podría significar mayor carga laboral durante vacaciones, fines de año o temporadas de alta demanda, seguida de una reducción de horas en meses menos intensos.
El calendario previo será uno de los elementos más importantes. La iniciativa obliga a establecer la distribución del ciclo y contempla que el empleador comunique con al menos una semana de anticipación, antes del comienzo de cada mes, la alternativa de jornada que se aplicará.
Los trabajadores deberán revisar especialmente:
- La duración total del ciclo.
- Las semanas que superarán el promedio.
- Los horarios diarios contemplados.
- Los períodos de compensación.
- Las horas extraordinarias realizadas.
- La forma en que el acuerdo quedará registrado.
El pacto de distribución no debería provocar una disminución de las remuneraciones ni eliminar el pago de horas extraordinarias cuando corresponda.
La discusión recién comienza en el Congreso
El proyecto se encuentra en su primera etapa de análisis en la Comisión de Trabajo de la Cámara. Por lo tanto, sus condiciones todavía pueden ser modificadas mediante indicaciones, votaciones o acuerdos políticos.
Entre los puntos que probablemente concentrarán la discusión están el rol de los sindicatos, la protección del consentimiento individual, los límites para las semanas de mayor carga y la anticipación con que deben entregarse los turnos.
Mientras la propuesta no complete su tramitación y sea publicada como ley, continúan vigentes las reglas actuales de la Ley de 40 Horas. La jornada ordinaria máxima se mantiene en 42 horas semanales, con la posibilidad de utilizar ciclos de hasta cuatro semanas bajo las condiciones establecidas en la normativa laboral.












