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Energía

Tribunal admite reclamación contra parque solar Ramaditas por US$550 millones en Tarapacá

El Primer Tribunal Ambiental de Chile admite una reclamación contra el Parque Solar Ramaditas por US$550 millones, cuestionando su evaluación ambiental y el impacto en comunidades indígenas.

Tribunal admite reclamación contra parque solar Ramaditas por US$550 millones en Tarapacá

El recurso cuestiona la evaluación del medio humano indígena, los sitios de significación cultural y los potenciales efectos hídricos de una iniciativa que combina 360 MW de generación fotovoltaica con 2.160 MWh de almacenamiento.

El Primer Tribunal Ambiental admitió a tramitación una reclamación contra la aprobación ambiental del Parque Fotovoltaico Ramaditas, proyecto energético de US$550 millones previsto en la comuna de Pozo Almonte, Región de Tarapacá. La acción busca dejar sin efecto la resolución que mantuvo la calificación favorable de la iniciativa y abrir una nueva revisión de las observaciones formuladas durante la participación ciudadana.

La reclamación fue presentada por Nibaldo Ceballos Carrero, integrante del Clan Familiar Ceballos Carrero, quien cuestiona la forma en que fueron analizados el medio humano indígena, la extensión del área de influencia, los sitios de significación cultural y los eventuales efectos asociados al abastecimiento de agua durante la construcción.

El tribunal admitió el recurso y solicitó al Servicio de Evaluación Ambiental entregar un informe con los fundamentos del pronunciamiento impugnado. Sin embargo, rechazó la petición de suspender provisionalmente los efectos de la Resolución de Calificación Ambiental, al considerar que los antecedentes presentados no acreditaban un riesgo ambiental inminente ni una presunción suficientemente grave para decretar la medida cautelar.

La decisión implica que la controversia judicial seguirá su curso, pero la autorización ambiental del proyecto permanece vigente mientras se tramita la causa.

Un proyecto solar con almacenamiento de gran escala

Ramaditas Solar SpA ingresó el proyecto al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental en octubre de 2024 mediante una Declaración de Impacto Ambiental. La Comisión de Evaluación Ambiental de Tarapacá lo calificó favorablemente el 26 de diciembre de 2025.

La iniciativa considera una central fotovoltaica de 360 MW de potencia instalada, acompañada por un sistema de almacenamiento mediante baterías con una capacidad de 2.160 MWh. En términos operacionales, el diseño equivale a un sistema capaz de almacenar energía durante aproximadamente seis horas a su potencia máxima proyectada.

La electricidad será entregada al Sistema Eléctrico Nacional mediante infraestructura de conexión en 220 kV, incluyendo una línea de alta tensión de alrededor de 8,1 kilómetros y una subestación seccionadora.

El complejo ocuparía una superficie total cercana a 820 hectáreas, distribuida entre el parque fotovoltaico, la línea de transmisión, las franjas de seguridad y los caminos de acceso. Su vida útil ambiental fue estimada en 37,5 años, incluyendo construcción, operación y cierre.

La fase de construcción contempla un periodo aproximado de 18 meses, mientras que la operación fue proyectada por 35 años. El desembolso estimado de US$550 millones ubica a Ramaditas entre las mayores iniciativas solares con almacenamiento aprobadas recientemente en el norte de Chile.

El conflicto por el medio humano indígena

El principal cuestionamiento apunta a la caracterización del Clan Familiar Ceballos Carrero y a la forma en que la evaluación ambiental representó su vínculo con el territorio de la Pampa del Tamarugal.

La reclamación sostiene que el análisis habría considerado de manera insuficiente la continuidad histórica del clan, su organización familiar y las actividades culturales, ceremoniales y espirituales desarrolladas en distintos sectores del área.

La discusión no se limita a la existencia de viviendas, actividades productivas o asentamientos permanentes. El recurso plantea que el uso del territorio debe comprender también rutas tradicionales de desplazamiento, espacios ceremoniales, aguadas, puquios, apachetas y cerros vinculados a prácticas culturales indígenas.

Desde esa perspectiva, el área de influencia no debería definirse únicamente por la intervención física directa de las obras. También tendría que incorporar las relaciones territoriales y culturales existentes entre distintos puntos del paisaje.

Este aspecto será central durante la revisión judicial, debido a que el tribunal deberá determinar si las observaciones ciudadanas fueron evaluadas de manera completa y fundada, y si la autoridad ambiental aplicó adecuadamente los criterios exigidos para analizar posibles alteraciones sobre sistemas de vida y costumbres.

Sitios culturales y delimitación territorial

Otro de los ejes de la reclamación corresponde a la identificación y evaluación de lugares de significación cultural.

El recurrente plantea que diferentes elementos del territorio habrían sido estudiados de forma aislada, sin analizar suficientemente la conexión cultural y espiritual que existiría entre ellos. La controversia incluye rutas ancestrales, sectores utilizados para ceremonias, fuentes de agua y accidentes geográficos relevantes para las prácticas del clan.

También se cuestionan las metodologías utilizadas para recopilar información primaria, elaborar la cartografía del territorio y reconstruir los desplazamientos tradicionales.

La discusión puede adquirir relevancia más allá de este proyecto. Tarapacá concentra una creciente cartera de iniciativas solares, sistemas de baterías, líneas de transmisión y proyectos asociados a la minería, todos ellos desplegados sobre territorios extensos donde conviven actividades industriales, rutas históricas y comunidades indígenas.

Una sentencia que establezca exigencias adicionales sobre la caracterización del medio humano podría influir en la preparación de futuros expedientes ambientales, especialmente en proyectos desarrollados en la Pampa del Tamarugal y otras zonas del norte.

El agua entra en la controversia

Ramaditas no contempla extraer directamente agua desde fuentes naturales para ejecutar sus obras. Durante la construcción, el suministro sería contratado a proveedores externos autorizados.

Pese a ello, la reclamación sostiene que la demanda adicional debe analizarse considerando la presión existente sobre los recursos hídricos de la cuenca de la Pampa del Tamarugal. El argumento apunta a que el origen del agua adquirida y sus efectos acumulativos podrían resultar relevantes en una zona donde el recurso cumple funciones productivas, ambientales y culturales.

El debate refleja una exigencia cada vez más frecuente en la evaluación de grandes proyectos: no basta con identificar si una iniciativa posee derechos de aprovechamiento o realizará captaciones directas. También se examina la trazabilidad del suministro externo y su eventual incidencia sobre cuencas sometidas a estrés hídrico.

Para los proyectos energéticos y mineros, esta discusión aumenta la necesidad de demostrar con precisión de dónde provendrá el agua utilizada en la construcción, qué volúmenes serán requeridos y cómo se evitarán presiones indirectas sobre acuíferos sensibles.

Almacenamiento para un sistema eléctrico bajo presión

El componente de baterías transforma a Ramaditas en una iniciativa particularmente relevante para el sistema eléctrico del norte.

Las regiones de Tarapacá, Antofagasta y Atacama concentran una parte sustancial de la generación solar de Chile. Sin embargo, la expansión de esta capacidad ha coincidido con restricciones de transmisión, vertimientos de energía renovable y periodos de precios muy bajos durante las horas de mayor radiación.

Un sistema de almacenamiento de 2.160 MWh permitiría conservar parte de la producción solar y desplazar su entrega hacia horarios de mayor demanda. Esa flexibilidad puede reducir vertimientos, mejorar el aprovechamiento de la infraestructura existente y entregar energía en periodos donde disminuye la generación fotovoltaica.

Para la minería, principal consumidor eléctrico de la zona norte, el crecimiento de proyectos híbridos de generación y almacenamiento es relevante porque amplía las alternativas para contratar suministro renovable con perfiles horarios más estables.

No obstante, el avance de estas inversiones depende de autorizaciones ambientales sólidas y de una gestión territorial capaz de anticipar conflictos. La admisión de la reclamación contra Ramaditas muestra que el almacenamiento y la descarbonización no eliminan las exigencias ambientales y sociales asociadas a la ocupación de grandes superficies.

Qué deberá resolver el tribunal

La admisión del recurso no significa que la aprobación ambiental haya sido anulada ni que el tribunal haya acogido los argumentos del reclamante. El procedimiento recién entra en una etapa de revisión, durante la cual la autoridad deberá explicar cómo respondió las observaciones ciudadanas y qué antecedentes utilizó para mantener la calificación favorable.

El análisis deberá establecer si la evaluación caracterizó adecuadamente al clan, si el área de influencia fue delimitada con criterios suficientes y si los sitios culturales, las rutas tradicionales y los recursos hídricos recibieron un tratamiento ambiental completo.

Mientras no exista una decisión definitiva, la RCA continúa produciendo efectos. Aun así, la controversia agrega incertidumbre a los plazos de una inversión de gran escala y podría condicionar decisiones posteriores de financiamiento, construcción y contratación.

Para la industria energética y minera, el caso será observado por su capacidad de fijar criterios sobre proyectos renovables emplazados en territorios indígenas. Ramaditas combina una inversión elevada, generación solar y almacenamiento de larga duración, pero su ejecución dependerá también de la solidez con que se resuelvan las dimensiones territoriales, culturales e hídricas planteadas durante la evaluación.

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