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Pensión de Gracia: ¿Quiénes pueden recibirla y cómo pueden solicitarla?

La Pensión de Gracia en Chile, un beneficio polémico por su vinculación con beneficiarios en actividades delictivas, ofrece apoyo a quienes han prestado servicios destacados o enfrentan situaciones extraordinarias.

Pensión de Gracia: ¿Quiénes pueden recibirla y cómo pueden solicitarla?

La Pensión de Gracia en Chile es un beneficio que ha estado en el centro de la polémica debido a la reciente revelación de casos relacionados con personas beneficiarias involucradas en actividades delictivas. Aquí te explicamos quiénes pueden recibir esta pensión y cómo solicitarla.

Quiénes pueden recibir la Pensión de Gracia

La Pensión de Gracia en Chile otorga un monto variable basado en ingresos mínimos no remuneracionales (actualmente $296.511) y es otorgada por el Presidente o Presidenta de la República en turno. Puede ser vitalicia o por un periodo determinado, no es heredable y no otorga derechos a bonos adicionales.

Según la Ley 18.056, las personas que pueden postular a la Pensión de Gracia incluyen:

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Pensión de gracia: ¿Quiénes pueden obtenerla?

  1. Aquellas que hayan prestado servicios distinguidos o realizado actos especialmente meritorios en beneficio importante del país.

  2. Personas afectadas por accidentes o catástrofes con circunstancias extraordinarias que justifiquen el otorgamiento de la pensión.

  3. Personas incapacitadas o con graves dificultades para ejercer labores remuneradas que les permitan subsistir.

  4. Personas afectadas por otras situaciones especiales y debidamente fundamentadas que ameritan la entrega de este beneficio.

Cómo solicitar la Pensión de Gracia

  1. Carta de Solicitud: Enviar una carta de solicitud al Presidente de la República (actualmente Gabriel Boric) a la dirección: Palacio de La Moneda, Calle Moneda sin número.

  2. Incluir nombre completo, RUT, correo electrónico y dirección del domicilio.

  3. Documentación Opcional: Fotocopia de la cédula de identidad.

  4. Certificados de salud otorgados por un médico.

  5. Comprobantes de arriendo, pago de dividendos, servicios básicos, recetas médicas, etc.

  6. Envío de la Solicitud: Enviar la carta y documentos a la Unidad de Departamentos de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría del Interior (Calle Agustinas 1235, Piso 5, Santiago) o a la delegación presidencial regional o provincial más cercana al domicilio.

  7. Informe Socioeconómico: El Departamento de Acción Social de la Presidencia solicitará un informe socioeconómico a la delegación correspondiente, visitando al solicitante en su domicilio.

  8. Revisión y Aprobación: La Comisión Especial Asesora del Presidente revisará y aprobará o rechazará la solicitud.

  9. Se definirá la duración inmediata del beneficio.

El mismo trámite puede realizarse de manera presencial en las oficinas mencionadas o en la delegación presidencial regional o provincial.