Reglamento del SEIA es la palabra clave detrás de un cambio que, desde el 21 de enero, redefine cuándo un proyecto debe ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), ajustando umbrales, incorporando excepciones acotadas y alineando tipologías con normativa sectorial reciente.
DS 17/2025: desde cuándo aplica y a qué afecta
El Decreto Supremo N°17/2025 modifica el Reglamento del SEIA (DS 40/2012) y entra a regir el mismo día de su publicación en el Diario Oficial, según lo informado por el Servicio de Evaluación Ambiental en su comunicación sobre la modificación al reglamento del SEIA. En esa transición, el hito práctico no es “haber iniciado cargas”, sino haber completado el envío y recepción del ingreso para que corran los plazos de admisibilidad. Ver el detalle oficial del SEA sobre la entrada en vigencia, transición y operación en e-SEIA.
Nuevos umbrales en energía: transmisión con doble criterio
Uno de los ajustes más directos está en líneas de transmisión eléctrica: ya no basta la tensión. Para que aplique el umbral, se exige superar 23 kV y, además, un trazado superior a 2 kilómetros (artículo 3, literal b.1), incorporando una variable de extensión que busca separar trazados menores de obras de transmisión de mayor alcance.
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Combustibles: estaciones de servicio elevan el umbral a 850.000 litros
En estaciones de servicio, el reglamento eleva el umbral de capacidad de almacenamiento que gatilla ingreso al SEIA a 850.000 litros (artículo 3, literal e.6). En términos operativos, el cambio desplaza el punto de corte para esta tipología.
Minería: excepción acotada para relaves y residuos mineros bajo condiciones
El DS 17/2025 incorpora una excepción de ingreso para iniciativas de reprocesamiento de relaves y valorización de residuos mineros cuando se cumplan condiciones específicas, vinculadas a proyectos ya regulados y con calificación ambiental previa, según el articulado actualizado del reglamento y su material técnico asociado. En la práctica, el foco está en distinguir intervenciones que no incorporan impactos nuevos relevantes respecto de lo ya evaluado.
Para contexto regulatorio y técnico del giro hacia valorización y reprocesamiento, se puede revisar el análisis sobre pasivos mineros y economía circular en esta nota sobre pasivos mineros valorizables.
Residuos y economía circular: ajuste por Ley REP y redefinición del literal o)
El reglamento actualiza el marco de residuos para hacerlo coherente con la Ley REP, armonizando definiciones y umbrales en actividades de saneamiento ambiental, tratamiento, eliminación y preparación para valorización. La Ley N°20.920 establece el marco para gestión de residuos y responsabilidad extendida del productor, y es el piso normativo que ordena este ajuste. Texto oficial de la Ley 20.920 (Ley REP) en LeyChile.
Para seguimiento sectorial, también es relevante cómo la REP se está desplegando en productos prioritarios y controversias regulatorias, como se observa en esta cobertura sobre metas REP en aceites lubricantes.
Sustancias peligrosas: umbrales ajustados y coherencia con regulación sectorial
El DS 17/2025 actualiza umbrales de almacenamiento y transporte de sustancias peligrosas (literal ñ) para alinearlos con normativa sectorial. En el material técnico del proceso se explicita, entre otros cambios, el aumento de umbrales para categorías como sustancias tóxicas, explosivas, inflamables y corrosivas/reactivas, además del transporte terrestre, buscando consistencia con reglamentos sanitarios y sectoriales vigentes. Revisión técnica de umbrales y tipologías en el expediente oficial del MMA.
“Modificación de proyecto”: cuándo no se exige reingresar al SEIA
Otro eje es el ajuste al criterio de modificación de proyecto o actividad (artículo 2, letra g). La regla se orienta a evitar reingresos automáticos cuando el proyecto ya cuenta con RCA favorable y la modificación se mantiene dentro de tipologías ya evaluadas, sin alterar sustantivamente impactos o medidas. Este punto es especialmente sensible en proyectos con cambios de ingeniería, ampliaciones o ajustes de partes, obras y acciones.
Como referencia de tramitación y carga de cartera ambiental (DIA/EIA), ver este reporte sobre proyectos en tramitación ambiental.
e-SEIA: qué ocurre con ingresos incompletos y cargas en curso
Con la entrada en vigencia, la plataforma e-SEIA se actualiza para operar con los nuevos umbrales y los nuevos requerimientos de detalle aplicables. La comunicación del SEA establece que los proyectos que no hayan completado satisfactoriamente el proceso de envío y recepción deberán ajustarse al nuevo marco, y que las cargas incompletas a la fecha de publicación serán eliminadas, obligando a recargar antecedentes en la versión actualizada del sistema. Detalle operativo y criterios de ingreso según el SEA.
Lista operativa para titulares antes del 21 de enero
Confirmar si el proyecto cruza umbrales con el doble criterio actualizado (por ejemplo, transmisión: tensión + longitud).
Verificar si la tipología de combustibles aplica el nuevo corte de 850.000 litros.
Revisar si iniciativas de reprocesamiento/valorización minero caen en la excepción y bajo qué condiciones.
Ajustar el encuadre de residuos a la lógica REP (definiciones y umbrales) y documentar el tipo de actividad: tratamiento, eliminación, pretratamiento o preparación para reutilización.
Evitar dejar ingresos “a medio camino” en e-SEIA: si no se completa el envío/recepción, se deberá volver a cargar conforme al marco vigente desde la publicación.






