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Subsidio Unificado al Empleo: quiénes podrán recibirlo y cómo reemplazará al BTM, SEJ y subsidio previsional joven

El nuevo Subsidio Unificado al Empleo ya fue aprobado por el Congreso y quedó establecido como la Ley 21.808 , una fórmula que busca incentivar el trabajo…

Subsidio Unificado al Empleo: quiénes podrán recibirlo y cómo reemplazará al BTM, SEJ y subsidio previsional joven
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El nuevo Subsidio Unificado al Empleo ya fue aprobado por el Congreso y quedó establecido como la Ley 21.808, una fórmula que busca incentivar el trabajo formal con aportes para trabajadores y empleadores del sector privado. El sistema todavía no tiene una fecha de operación informada por Sence.

En qué consiste el nuevo subsidio y a quiénes apunta

De acuerdo con la información entregada por Sence, el Subsidio Unificado al Empleo estará enfocado en promover la creación de empleo formal mediante un aporte económico tanto para personas trabajadoras como para empresas que las contraten.

El beneficio apunta a grupos definidos como prioritarios por su rezago en el mercado laboral formal. En ese universo se consideran jóvenes de entre 18 y 25 años, mujeres de entre 25 y 55 años, personas mayores en transición a la vejez de entre 55 y 65 años y personas con discapacidad inscritas en el Registro Nacional de la Discapacidad, de hasta 65 años.

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La nueva herramienta reemplazará al Bono al Trabajo de la Mujer, al Subsidio al Empleo Joven y al Subsidio Previsional para Trabajadores Jóvenes. En línea con ese cambio, el portal del SEJ informa que ya no se reciben nuevas postulaciones por la entrada en vigencia del nuevo sistema.

Cómo funcionará el aporte económico para trabajadores y empleadores

En el caso de los trabajadores dependientes, el subsidio entregará hasta un 20% de la remuneración bruta, según el tramo de renta. Para ese cálculo se definieron tres niveles: uno con bonificación ascendente entre 0 y 1 Ingreso Mínimo Mensual, otro con bonificación fija entre 1 y 1,25 IMM, y un tercero con bonificación descendente entre 1,25 y 2,25 IMM. Sobre ese último umbral no habrá bonificación.

El esquema además establece que el subsidio al trabajador o trabajadora nunca podrá ser inferior a 2,5% de un ingreso mínimo mensual. En el caso de los trabajadores independientes, deberán acreditar una renta no superior a 2,25 IMM en el año respectivo.

Para los empleadores, el beneficio también considera topes ligados a la remuneración bruta del trabajador contratado. En este segmento se fijaron dos tramos: uno con bonificación ascendente entre 0 y 1,25 IMM y otro con bonificación descendente entre 1,25 y 2,25 IMM. Sobre ese nivel, tampoco habrá bonificación al empleador.

  • Trabajadores dependientes: hasta 20% de la remuneración bruta, según tramo de renta.

  • Trabajadores independientes: renta anual no superior a 2,25 IMM.

  • Empleadores: deberán tributar en primera categoría y cumplir exigencias como pago de cotizaciones y multas laborales.

Requisitos de postulación y transición del nuevo sistema

Entre los requisitos definidos para acceder al subsidio aparece ser trabajador dependiente regido por el Código del Trabajo o trabajador independiente que registre rentas según el artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, además de mantener al día los pagos previsionales.

También se exigirá acreditar una renta bruta mensual menor o igual a 2,25 IMM y demostrar que, dentro de los 18 meses previos a la postulación, la persona registra al menos 6 meses de desempleo continuos u 8 meses de desempleo discontinuos. Esa revisión se hará con registros del AFC para trabajadores dependientes y con cotizaciones previsionales en el caso de quienes provengan del sector público.

Otro requisito será estar entre el 40% y el 60% del Registro Social de Hogares, salvo en el caso de las personas con discapacidad, para quienes ese criterio no aplicará. El porcentaje específico de cada ejercicio deberá ser fijado por decreto conjunto del Ministerio del Trabajo y Previsión Social y del Ministerio de Hacienda.

La ley señala además que entrará en vigencia el primer día del séptimo mes desde su publicación, mientras que Sence indicó que habrá una transición entre la promulgación y 2027, con suspensión de nuevas concesiones de los subsidios anteriores y un mecanismo específico de tránsito para el nuevo sistema.