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Aranceles de Trump vuelven a tribunales: recargo de 12,5% que afecta a Chile enfrenta nuevo desafío legal

La Corte de Comercio Internacional de EE. UU. examina la legalidad de los aranceles del 12,5% impuestos a las importaciones chilenas, en medio de un nuevo desafío legal tras fallos recientes.

Aranceles de Trump vuelven a tribunales: recargo de 12,5% que afecta a Chile enfrenta nuevo desafío legal
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La Corte de Comercio Internacional de Estados Unidos analiza si la Casa Blanca utilizó correctamente la Ley de Comercio de 1974 para imponer gravámenes a importaciones procedentes de decenas de socios comerciales, después de que la Corte Suprema invalidara en febrero una parte central de la estrategia arancelaria de Donald Trump.

Los aranceles globales impulsados por el presidente estadounidense Donald Trump enfrentan un nuevo examen judicial, esta vez por los gravámenes de entre 10% y 12,5% aplicados bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974 a productos procedentes de 60 economías. Entre los países alcanzados se encuentra Chile, cuyas exportaciones quedaron sujetas en términos generales a un recargo adicional de 12,5%, salvo las excepciones definidas por Estados Unidos.

Un panel de tres jueces de la Corte de Comercio Internacional de Estados Unidos escuchó el miércoles 30 de septiembre los argumentos de cuatro pequeñas empresas y 25 estados gobernados por demócratas que cuestionan la legalidad de la medida. Los magistrados fueron nombrados, respectivamente, durante las presidencias de Donald Trump, Barack Obama y Joe Biden. El tribunal no emitió una decisión inmediata y se espera un fallo por escrito durante las próximas semanas.

El nuevo mecanismo utilizado por Washington

La controversia se centra en una nueva base jurídica elegida por la administración Trump para sostener una política comercial que ha recurrido de manera intensiva a los aranceles.

La Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) abrió el 12 de marzo investigaciones contra 60 economías por considerar que no habían establecido o aplicado eficazmente prohibiciones contra la importación de bienes producidos mediante trabajo forzoso. Tras audiencias, consultas internacionales y miles de observaciones públicas, el organismo concluyó el 2 de junio que esas prácticas podían considerarse perjudiciales para el comercio estadounidense.

El 23 de julio, la USTR anunció la aplicación de aranceles adicionales. Un grupo de economías quedó sujeto a una tasa del 10%, mientras que para las restantes se estableció un recargo de 12,5%. También se definieron excepciones para determinadas materias primas y productos cuya aplicación del impuesto pudiera provocar problemas de abastecimiento o disrupciones más amplias en la economía estadounidense.

Chile fue incluido entre las economías que, a juicio de la USTR, no habían establecido y aplicado eficazmente una prohibición sobre la importación de bienes producidos con trabajo forzoso. Como no figura entre los países incorporados al grupo con una tasa general de 10%, sus productos quedaron dentro del tramo de 12,5%, sujeto a las excepciones previstas por Washington.

La disputa sobre los límites de la Sección 301

Los demandantes sostienen que la administración utilizó una facultad comercial de alcance limitado para construir un régimen arancelario prácticamente global y que no realizó el nivel de análisis individual requerido para justificar los gravámenes aplicados a cada socio comercial.

Durante la audiencia, los abogados de las empresas argumentaron que Washington debía demostrar de forma específica cómo las políticas de cada economía investigada afectaban al comercio estadounidense. También cuestionaron que una misma investigación pudiera servir para justificar aranceles de gran alcance sobre decenas de mercados simultáneamente.

El Departamento de Justicia defendió la legalidad del procedimiento. Su argumento es que la USTR realizó investigaciones efectivas, examinó la presencia de productos elaborados mediante trabajo forzoso en el comercio internacional y concluyó individualmente que las prácticas de las 60 economías justificaban medidas bajo la Sección 301. La administración sostiene además que la ley no exige demostrar con certeza absoluta el impacto económico antes de adoptar una respuesta comercial.

La Corte de Comercio Internacional deberá decidir si ese procedimiento cumplió con los requisitos establecidos por la legislación estadounidense. Entre las posibilidades está la anulación de los aranceles, pero el tribunal también podría ordenar a la administración repetir o ampliar parte de la investigación antes de mantener las medidas.

El antecedente de la Corte Suprema

El litigio adquiere especial relevancia porque se produce pocos meses después de una derrota judicial de Trump en materia comercial.

El 20 de febrero, la Corte Suprema de Estados Unidos resolvió por seis votos contra tres que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) no entregaba al presidente la facultad para imponer los amplios aranceles que había establecido invocando una emergencia nacional. La decisión sostuvo que la legislación utilizada por la Casa Blanca no concedía la autoridad que el Gobierno reclamaba para aplicar esos impuestos de manera unilateral.

Tras ese fallo, Trump recurrió inicialmente a otra norma para imponer un arancel global temporal de 10%. Cuando esa medida expiró, la administración avanzó con la Sección 301 y las investigaciones relacionadas con trabajo forzoso que dieron origen a los actuales gravámenes de entre 10% y 12,5%.

La diferencia jurídica es relevante. La Corte Suprema no determinó que el presidente carezca de toda facultad para imponer aranceles, sino que rechazó específicamente el uso de la IEEPA como fundamento para hacerlo. La propia sentencia dejó abierta la existencia de otras facultades delegadas por el Congreso mediante leyes comerciales específicas.

Qué está en juego para los socios comerciales

El caso vuelve a introducir incertidumbre sobre uno de los pilares de la política comercial de Washington. Los aranceles cuestionados abarcan importaciones procedentes de China, Japón, India, la Unión Europea y numerosas economías de América Latina, entre ellas Chile, Argentina, Brasil, Colombia, México y Perú.

Para Chile, la resolución será particularmente relevante porque determinará si el recargo de 12,5% impuesto bajo esta arquitectura jurídica puede mantenerse en su forma actual. Una anulación completa obligaría a Washington a buscar nuevamente otra base legal para sostener los gravámenes; una decisión más limitada podría exigir a la USTR reforzar sus investigaciones y justificaciones antes de mantenerlos.

Por ahora, los aranceles continúan vigentes mientras la Corte de Comercio Internacional prepara su decisión. El fallo será una nueva prueba sobre el margen que tiene la Casa Blanca para utilizar leyes comerciales existentes con el objetivo de construir una política arancelaria de alcance global después de que la Corte Suprema restringiera el uso de poderes económicos de emergencia.

REDIMIN Responde

¿Qué está analizando la Corte de Comercio Internacional de Estados Unidos?

La Corte de Comercio Internacional de Estados Unidos está analizando si la Casa Blanca utilizó correctamente la Ley de Comercio de 1974 para imponer gravámenes a importaciones de decenas de socios comerciales, después de que la Corte Suprema invalidara parte de la estrategia arancelaria de Donald Trump.

¿Qué aranceles enfrenta Chile bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974?

Chile enfrenta un recargo adicional de 12,5% en sus exportaciones bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, salvo las excepciones definidas por Estados Unidos.

¿Qué argumentan los demandantes sobre la aplicación de los aranceles?

Los demandantes argumentan que la administración utilizó una facultad comercial de alcance limitado para construir un régimen arancelario global y que no realizó el análisis individual requerido para justificar los gravámenes aplicados a cada socio comercial.

¿Qué defendió el Departamento de Justicia sobre el procedimiento de la USTR?

El Departamento de Justicia defendió que la USTR realizó investigaciones efectivas, examinó la presencia de productos elaborados mediante trabajo forzoso y concluyó que las prácticas de las 60 economías justificaban medidas bajo la Sección 301, sin exigir demostrar con certeza absoluta el impacto económico antes de adoptar una respuesta comercial.

¿Qué podría decidir la Corte de Comercio Internacional respecto a los aranceles?

La Corte de Comercio Internacional podría decidir anular los aranceles o ordenar a la administración repetir o ampliar parte de la investigación antes de mantener las medidas, dependiendo de si considera que el procedimiento cumplió con los requisitos legales.