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Desde 0,25 UF: así impacta la Compensación por Expectativa de Vida en mujeres que se pensionen en 2026

La Compensación por Expectativa de Vida —nombre oficial: Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida (CEV) — es un beneficio automático que comenzó a…

Desde 0,25 UF: así impacta la Compensación por Expectativa de Vida en mujeres que se pensionen en 2026
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La Compensación por Expectativa de Vida —nombre oficial: Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida (CEV)— es un beneficio automático que comenzó a pagarse en enero de 2026 y que busca reducir la brecha previsional asociada a la mayor longevidad femenina. Para las mujeres que se pensionen durante 2026, el efecto central es claro: el pago se activa solo desde los 65 años y el porcentaje de compensación depende de la edad con la que se pensionen.

La definición oficial, requisitos y forma de cálculo están en la ficha de ChileAtiende sobre la Compensación por Diferencias de Expectativa de Vida para las mujeres.

Qué es la compensación y qué busca corregir

La CEV se entrega como una pensión complementaria calculada en UF, con el objetivo de igualar (en condiciones comparables) el resultado previsional de una mujer con el de un hombre de misma edad, grupo familiar y saldo de ahorro. El foco está en la diferencia que produce la aplicación de tablas y tasas asociadas a mortalidad/expectativa de vida, que históricamente tiende a reducir el monto mensual de las pensiones de mujeres.

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En términos normativos, el beneficio forma parte del Seguro Social Previsional y su objetivo es que una mujer que se pensiona desde los 65 años pueda alcanzar un monto equivalente al de un hombre en iguales circunstancias, de acuerdo con la explicación de la Superintendencia de Pensiones sobre la CEV en el Seguro Social Previsional.

A quiénes les corresponde: requisitos clave

La compensación está dirigida a mujeres de 65 años o más que reciban o hayan recibido una pensión de vejez o invalidez como titulares de AFP o compañía de seguros de vida, basada en cotizaciones obligatorias (propias y/o del empleador), conforme al Decreto Ley N° 3.500, siempre que no estén cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Además, ChileAtiende indica un requisito operativo relevante para el acceso al Seguro Social:

  • Deben estar afiliadas y contar con al menos una cotización en el Seguro Social destinada al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) antes de cumplir 50 años.

  • Esta limitación no se aplica a pensionadas o afiliadas al D.L. 3.500 con anterioridad al 1 de agosto de 2025.

Para contexto y detalles del inicio de pago, en el sitio también está el artículo sobre la compensación de expectativa de vida que comenzó a aplicarse desde enero de 2026.

Cómo opera para quienes se pensionen desde 2026

ChileAtiende distingue dos situaciones:

  • Mujeres ya pensionadas al 1 de enero de 2026: el porcentaje se determina según la edad al 1 de enero de 2026 y el pago se activa solo desde los 65 años (en enero de 2026 pagó a quienes ya tenían 65+).

  • Mujeres que se pensionen desde el 2 de enero de 2026: se aplica la misma tabla, pero el porcentaje se determina según la edad al momento de pensionarse.

Tabla de porcentaje según edad de pensión (flujo 2026)

  • 65 años: 100%

  • 64 años: 75%

  • 63 años: 50%

  • 62 años: 25%

  • 61 años: 15%

  • 60 años: 5%

En la práctica, esto implica que una mujer que se pensiona en 2026 antes de los 65 no “pierde” el beneficio, pero no lo recibe de inmediato: lo recibe al cumplir 65, y con el porcentaje definido por su edad al pensionarse.

Monto mínimo y forma de pago

  • La compensación tiene un mínimo de 0,25 UF.

  • Se paga junto con la pensión autofinanciada y su monto es fijo en UF.

  • Está afecta a impuestos y cotizaciones de salud.

Efectos y consideraciones que pueden mover el pago mes a mes

ChileAtiende advierte varios puntos que inciden en continuidad o efectos del beneficio:

  • Constituye renta: se suma a ingresos anuales y puede influir en la declaración de renta.

  • Está sujeta a descuentos por impuestos y cotizaciones de salud.

  • Se considera para el cumplimiento de requisitos de beneficios como el Aporte Previsional Solidario y la Pensión Garantizada Universal (PGU). Para entender esos criterios, revisa qué es la PGU y cuáles son sus requisitos generales.

  • El IPS revisa mensualmente el cumplimiento de requisitos, por lo que el monto, el pago o la concesión pueden variar.

  • El beneficio puede: Interrumpirse si la persona permanece fuera de Chile por más de 180 días (continuos o no) dentro de un mismo año calendario.

  • Suspenderse si no se realiza el cobro durante 6 meses consecutivos.

  • La compensación puede extinguirse en caso de fallecimiento.

  • Si al sumar esta compensación y otros beneficios la pensión total alcanza o supera la pensión mínima garantizada, puede dejarse de recibir la Garantía Estatal, al aplicarse el beneficio de mayor monto.

Cómo consultar si corresponde y ver el monto

La consulta oficial se realiza con RUN y fecha de nacimiento en el canal de ChileAtiende, y el detalle del cálculo se revisa ingresando con ClaveÚnica, donde también se puede descargar la resolución con el resultado y forma de cálculo.

Para quienes necesiten apoyo, ChileAtiende informa alternativas de consulta por videoatención, por teléfono (101 en Chile) y de forma presencial en sucursales con cédula de identidad. Si el objetivo es ordenar también el acceso a la PGU, está disponible el paso a paso para solicitar la PGU.