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Devolución del IVA en medicamentos y pañales: revisa el requisito del RSH que definiría quiénes reciben el beneficio

El proyecto no elimina el IVA en la caja: plantea una bonificación mensual posterior, con boleta electrónica y requisitos que todavía dependen de la aprobación de la ley y su reglamento. La devolución del IVA por medicamentos y pañales aún no es un beneficio vigente. El proyecto ingresó a la Cámara de Diputadas y Diputados […]

Devolución del IVA en medicamentos y pañales: revisa el requisito del RSH que definiría quiénes reciben el beneficio

El proyecto no elimina el IVA en la caja: plantea una bonificación mensual posterior, con boleta electrónica y requisitos que todavía dependen de la aprobación de la ley y su reglamento.

La devolución del IVA por medicamentos y pañales aún no es un beneficio vigente. El proyecto ingresó a la Cámara de Diputadas y Diputados el 18 de mayo de 2026, está en primer trámite constitucional y todavía debe ser aprobado, reglamentado e implementado antes de que alguien pueda recibir pagos.

Qué propone el proyecto

La iniciativa busca crear un beneficio de compensación por la compra de pañales y medicamentos. Según el texto ingresado por el Ejecutivo, la bonificación sería equivalente al reembolso del IVA contenido en esas compras, pero con topes calculados sobre canastas de referencia.

Eso significa que no se trataría de una rebaja automática del precio al momento de comprar. El IVA se seguiría pagando en la boleta y, si la persona cumple los requisitos, recibiría después una devolución mensual.

Dato útil: el proyecto exige que las compras se hagan en comercio formal y estén respaldadas por boleta electrónica. En medicamentos, además, se pediría receta médica electrónica vigente.

Quiénes podrían recibir la devolución

El beneficio está pensado para hogares pertenecientes al 80% más vulnerable según el Registro Social de Hogares o el instrumento que lo reemplace.

Dentro de ese grupo, el proyecto considera tres líneas:

  • Madres de niños y niñas de hasta 24 meses, por compra de pañales.

  • Personas mayores de 65 años que requieran pañales por una condición médica definida en el reglamento.

  • Cuidadores de adultos mayores dependientes, cuando esa dependencia esté debidamente acreditada.

  • Personas que usen medicamentos cubiertos por la medida, con receta médica electrónica vigente.

El punto clave es que no todos los medicamentos ni todos los casos quedarían cubiertos automáticamente. La nómina de medicamentos, los parámetros de consumo, los precios referenciales y las condiciones médicas habilitantes quedarían definidos por reglamento.

Qué requisitos aparecen en el texto

El proyecto establece condiciones mínimas para acceder a la bonificación:

  • Pertenecer al 80% más vulnerable del Registro Social de Hogares.

  • Comprar pañales o medicamentos en comercio formal.

  • Contar con boleta electrónica que identifique los productos incluidos.

  • Tener receta médica electrónica vigente para medicamentos.

  • Presentar certificado médico para pañales de adultos mayores, cuando corresponda.

  • Cumplir con los criterios que fije el reglamento.

En el caso de pañales infantiles, la discusión en comisión indicó que se requeriría la inscripción del niño o niña y certificado del Registro Civil.

Cuánto pagaría

No hay un monto fijo publicado para cada persona. El proyecto no habla de una devolución plana, sino de una bonificación mensual calculada según el IVA de las compras efectivas y con un tope definido por canastas de referencia.

Para pañales, el tope dependería de variables como precio unitario referencial, consumo diario referencial y tasa de IVA.

Para medicamentos, el cálculo dependería de los fármacos incluidos en la canasta, el consumo mensual estimado y el precio unitario referencial.

El informe financiero de la Dirección de Presupuestos señala que el gasto anual del beneficio no podría superar los US$100 millones durante los primeros 12 meses desde la entrada en vigencia de la ley.

Cuándo se pagaría

El proyecto plantea que el pago se realice al mes subsiguiente de aceptados los reembolsos, mediante transferencia electrónica al Bolsillo Familiar Electrónico del beneficiario.

Pero ese calendario todavía no corre. La ley no está vigente y el reglamento aún no existe.

Según las disposiciones transitorias, el reglamento debería dictarse dentro de cuatro meses desde la publicación de la ley en el Diario Oficial. Luego, la ley entraría en vigencia al cuarto mes contado desde la publicación de ese reglamento.

En simple: aunque el proyecto se apruebe, no habría pago inmediato al día siguiente.

Qué institución administraría el beneficio

El Instituto de Previsión Social sería el organismo encargado de administrar el beneficio, registrar beneficiarios, calcular montos y gestionar pagos.

El Ministerio de Desarrollo Social y Familia verificaría la elegibilidad a partir del Registro Social de Hogares. El Servicio de Impuestos Internos entregaría información para validar boletas electrónicas. La Superintendencia de Seguridad Social fiscalizaría el correcto otorgamiento y pago.

Qué pasa si alguien recibe el beneficio sin cumplir requisitos

El texto contempla sanciones para quienes reciban la bonificación de forma indebida mediante ocultamiento de datos, antecedentes falsos o incumplimiento de la ley.

La persona tendría que restituir los montos recibidos indebidamente, reajustados por IPC y con interés mensual. El proyecto también establece un plazo de un año para reclamar por el no otorgamiento del beneficio, contado desde el mes en que debió haberse recibido.

Dónde revisar información oficial

El avance legislativo se puede revisar en la ficha del proyecto de la Cámara de Diputadas y Diputados, correspondiente al Boletín 18255-31.

El texto del mensaje ingresado está disponible en la Cámara de Diputadas y Diputados.

El informe financiero puede revisarse en la Dirección de Presupuestos.

Qué revisar desde ya

Quienes podrían quedar dentro del beneficio deberían revisar dos cosas antes de que avance la ley: que su Registro Social de Hogares esté actualizado y que sus compras de medicamentos o pañales se hagan en comercio formal con boleta electrónica.

Por ahora no existe una plataforma de postulación, no hay fecha de pago y no hay monto individual confirmado. Lo concreto es que el proyecto está en trámite y que sus condiciones finales dependerán de la aprobación legislativa y del reglamento que deberá dictarse después.