Minería Internacional

Perú propone aprobación automática ambiental para proyectos de exploración minera de hasta 10 plataformas

El Ministerio de Energía y Minas de Perú propone una nueva Declaración Jurada Ambiental que permitiría la aprobación automática de proyectos de exploración minera de bajo impacto, agilizando así los p

Perú propone aprobación automática ambiental para proyectos de exploración minera de hasta 10 plataformas
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El Ministerio de Energía y Minas abrió a consulta pública una modificación al reglamento ambiental del sector que crearía una Declaración Jurada Ambiental para iniciativas de bajo impacto. El mecanismo estaría limitado a proyectos de hasta 10 plataformas y menos de cinco hectáreas.

El Ministerio de Energía y Minas de Perú (MINEM) puso en consulta pública una modificación al Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Exploración Minera que busca crear un nuevo mecanismo de aprobación automática para proyectos de pequeña escala y con impactos ambientales negativos considerados no significativos.

La propuesta incorpora la denominada Declaración Jurada Ambiental para Exploración Minera (DJA), un instrumento complementario al Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) que podría ser utilizado por proyectos que contemplen entre una y diez plataformas de perforación y cumplan de manera simultánea las condiciones ambientales establecidas por la autoridad.

El cambio fue sometido a consulta mediante la Resolución Ministerial N° 416-2026-MINEM/DM, publicada el 29 de septiembre. La iniciativa todavía no modifica la normativa vigente: antes de una eventual aprobación definitiva, el MINEM recibirá durante 15 días calendario observaciones y propuestas de organismos públicos, empresas, organizaciones y ciudadanos.

Proyectos de hasta 10 plataformas y menos de cinco hectáreas

La nueva DJA estaría destinada específicamente a iniciativas de exploración de menor escala. La propuesta establece como parámetros un máximo de 10 plataformas de perforación y una superficie inferior a cinco hectáreas, además del cumplimiento de condiciones ambientales y territoriales destinadas a restringir el mecanismo a proyectos cuyos impactos previstos sean no significativos.

Esto supone crear una categoría adicional dentro del esquema ambiental utilizado actualmente por la minería peruana.

Bajo la regulación vigente, los proyectos de exploración pueden requerir distintos instrumentos dependiendo de su magnitud. La Ficha Técnica Ambiental (FTA) se aplica a iniciativas de hasta 20 plataformas de perforación; la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) corresponde, entre otros casos, a proyectos de más de 20 y hasta 40 plataformas o con hasta 10 hectáreas efectivamente intervenidas; mientras que proyectos de mayor escala pueden requerir un Estudio de Impacto Ambiental semidetallado (EIA-sd).

La DJA, por lo tanto, no se plantea como una sustitución general de esos instrumentos, sino como una vía específica para proyectos ubicados en el segmento de menor impacto.

La principal diferencia: aprobación automática

El elemento central de la propuesta es el procedimiento administrativo.

El actual reglamento establece que los procesos de aprobación y modificación de instrumentos ambientales para exploración están sujetos, en general, a silencio administrativo negativo, con excepción de la Ficha Técnica Ambiental, que opera bajo silencio administrativo positivo.

La DJA iría un paso más allá al quedar sometida a un procedimiento de aprobación automática.

Esto significa que, si el titular presenta la declaración y cumple las condiciones exigidas por la regulación, el mecanismo no dependería de una evaluación ambiental convencional previa antes de su aprobación.

Además, el titular podría solicitar una Constancia de Aprobación Automática. La Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM) tendría un plazo de cinco días hábiles desde la presentación de la declaración para emitir ese documento.

El cambio apunta principalmente a reducir los plazos administrativos durante las etapas iniciales de exploración, una fase en la que las empresas realizan perforaciones y estudios destinados a determinar las características geológicas, dimensiones y potencial económico de un depósito mineral.

Fiscalización ambiental seguirá a cargo del OEFA

La aprobación automática no eliminaría las obligaciones ambientales ni la fiscalización posterior de los proyectos.

La propuesta mantiene la supervisión y fiscalización ambiental bajo competencia del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). También contempla mecanismos de participación ciudadana, entre ellos talleres informativos vinculados con los proyectos acogidos al nuevo instrumento.

Actualmente, el sistema peruano ya exige participación de la población en distintos procedimientos de exploración. En los talleres participan habitantes del área de influencia, autoridades locales y representantes comunales, con el objetivo de informar sobre las características del proyecto y recoger observaciones de las comunidades.

La propuesta del MINEM busca combinar esa estructura de obligaciones y fiscalización posterior con un procedimiento más rápido para los proyectos que, por escala y localización, sean calificados como de impacto ambiental no significativo.

Perú busca reducir tiempos en la etapa inicial de la minería

La modificación se inserta en una política más amplia de simplificación de los procedimientos vinculados con la exploración minera.

Perú ya introdujo en años anteriores modificaciones para agilizar la evaluación de proyectos de menor complejidad. La Ficha Técnica Ambiental fue incorporada precisamente como un instrumento destinado a iniciativas con impactos no significativos y, desde 2020, su procedimiento está sometido a silencio administrativo positivo.

La nueva DJA profundizaría esa línea al pasar desde un régimen basado en el vencimiento de un plazo administrativo a uno de aprobación automática para el segmento más pequeño de los proyectos exploratorios.

La medida resulta relevante porque la exploración constituye la primera etapa del desarrollo minero y determina qué depósitos pueden avanzar posteriormente hacia estudios de recursos, factibilidad y eventualmente construcción. Sin embargo, una aprobación ambiental para explorar no equivale a una autorización para desarrollar una mina: cualquier descubrimiento que pretenda avanzar hacia explotación deberá cumplir los permisos, evaluaciones ambientales y autorizaciones correspondientes a las etapas posteriores.

Consulta pública permanecerá abierta por 15 días

El MINEM estableció un período de 15 días calendario, contado desde el día siguiente a la publicación de la resolución del 29 de septiembre, para recibir comentarios sobre el proyecto regulatorio.

Las observaciones serán recibidas, evaluadas y sistematizadas por la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros.

Una vez concluido ese proceso, el Ejecutivo peruano podrá revisar el texto antes de decidir si aprueba definitivamente el decreto supremo. Hasta entonces, las nuevas reglas para la Declaración Jurada Ambiental no se encuentran vigentes y los proyectos de exploración continúan sujetos al marco ambiental actualmente aplicable.