El Decreto 482/2026 actualiza la reglamentación de la Ley 24.196 y apunta a reducir trámites para proyectos mineros, con cambios en importaciones, IVA exploratorio, estabilidad fiscal y obligaciones de información.
El Gobierno argentino introdujo una nueva modificación al régimen de promoción minera mediante el Decreto 482/2026, publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina, con impacto directo en la etapa de exploración, el ingreso de bienes importados y la administración de beneficios fiscales bajo la Ley de Inversiones Mineras N° 24.196.
La medida sustituye el anexo reglamentario del Decreto 2686/1993 y forma parte de una agenda oficial orientada a simplificar procedimientos para empresas mineras, prestadores de servicios y proyectos que buscan avanzar en litio, cobre, oro, plata y otros minerales. El punto más sensible para la industria es la reducción de cargas documentales en importaciones y devolución acelerada del IVA durante exploración, una etapa intensiva en capital y con baja generación de ingresos.
Qué cambia para las importaciones mineras
Uno de los ajustes centrales está en el régimen de importaciones vinculado al artículo 21 de la Ley 24.196. Hasta ahora, el sistema operaba con autorizaciones previas y certificados emitidos por la autoridad de aplicación. El nuevo reglamento reemplaza ese esquema por un mecanismo basado en declaraciones juradas sobre el destino minero de los bienes.
El decreto establece que el trámite se integrará con el Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino, conocido como VUCEA, y contará con validación automática a través del Sistema Informático Malvina. En términos prácticos, la señal regulatoria apunta a acortar tiempos administrativos para el ingreso de bienes de capital, equipos especiales, componentes e insumos necesarios para actividades comprendidas en el régimen.
Para la exploración minera, este cambio puede incidir en la disponibilidad de equipos de perforación, instrumental geofísico, repuestos, bombas, componentes eléctricos, equipos de laboratorio, campamentos modulares y otros insumos que suelen tener dependencia de proveedores internacionales. En proyectos alejados de centros logísticos, una demora aduanera puede afectar campañas de temporada, contratos con perforistas y cronogramas ambientales o comunitarios.
El decreto también actualiza reglas para bienes usados o reacondicionados y para la desafectación o transferencia de bienes importados bajo el régimen, un punto relevante para contratistas y empresas de servicios mineros que operan flotas y equipos especializados en distintas provincias.
Devolución acelerada de IVA en exploración
El segundo cambio relevante está en el artículo 14 bis, referido a la devolución acelerada del Impuesto al Valor Agregado durante la etapa de exploración. Según la norma, el procedimiento queda simplificado y la documentación exigida se limita a facturas y comprobantes de pago.
Además, se elimina la obligación de notificar previamente los trabajos exploratorios antes de su realización. El decreto también restringe la posibilidad de que la autoridad de aplicación solicite documentación adicional, salvo aquella estrictamente necesaria para verificar la correspondencia del crédito fiscal.
Este punto es especialmente importante para compañías junior y empresas en etapas tempranas, donde el flujo de caja suele depender de rondas de financiamiento, colocaciones en bolsa o aportes de socios. La exploración no genera ventas inmediatas y acumula desembolsos en campañas, sondajes, estudios geológicos, análisis químicos, acceso a terreno, permisos, logística, transporte y servicios especializados.
Una devolución de IVA más rápida mejora la liquidez de los proyectos y reduce el costo financiero de mantener capital inmovilizado, aunque su efecto real dependerá de la implementación operativa, los criterios de fiscalización y los plazos que adopten los organismos involucrados.
Estabilidad fiscal y registro de proyectos
El reglamento también ajusta el procedimiento para obtener el certificado de estabilidad fiscal, uno de los pilares de la Ley 24.196. La ley contempla estabilidad por 30 años para emprendimientos mineros comprendidos en el régimen, contados desde la presentación del estudio de factibilidad.
La nueva reglamentación precisa plazos, requisitos de subsanación y el carácter declarativo del certificado. Esto apunta a ordenar el momento desde el cual se entiende otorgado el beneficio, incluso antes de la emisión formal del documento, siempre bajo cumplimiento de las condiciones exigidas.
El decreto también obliga a los beneficiarios ya inscriptos a constituir un domicilio legal electrónico en su primera presentación anual. La medida será requisito para tener por cumplida esa obligación. Además, la autoridad de aplicación deberá dictar normas complementarias dentro de un plazo de 60 días corridos desde la entrada en vigencia del decreto.
En paralelo, se incorpora una declaración jurada anual mediante la plataforma Trámites a Distancia, acompañada por un informe económico-financiero firmado por profesional habilitado. El objetivo declarado es mejorar el seguimiento de los proyectos y transparentar la información presentada por las compañías.
Datos clave
Norma: Decreto 482/2026.
País: Argentina.
Régimen modificado: Ley de Inversiones Mineras N° 24.196.
Publicación: 23 de junio de 2026.
Entrada en vigencia: día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial.
Cambios principales: importaciones por declaración jurada, devolución acelerada de IVA en exploración, domicilio legal electrónico, declaración jurada anual e informe económico-financiero.
Implementación pendiente: normas complementarias de la autoridad de aplicación dentro de 60 días corridos.
Foco industrial: exploración minera, proveedores, importación de equipos y proyectos en etapas tempranas.
Por qué importa para la minería argentina
La actualización llega en un momento de mayor presión competitiva para Argentina dentro del mapa regional de minerales críticos. El país busca transformar su potencial geológico en proyectos en construcción y producción, especialmente en litio y cobre, mientras mantiene una base relevante de oro y plata.
De acuerdo con el informe mensual de la Secretaría de Minería sobre exportaciones mineras de Argentina, los envíos del sector alcanzaron US$3.254 millones entre enero y abril de 2026, con un aumento interanual de 84,3% y un récord histórico para ese período. En abril, la minería representó 10,5% de las exportaciones totales del país, mientras que en el acumulado de los primeros cuatro meses explicó 10,9%.
El litio mostró uno de los saltos más fuertes: las ventas externas llegaron a US$658 millones en los primeros cuatro meses de 2026, con un crecimiento interanual de 137,8% y un aumento de 53,7% en cantidades exportadas. En el mismo período, los minerales metalíferos sumaron US$2.545 millones, con el oro como principal producto exportado.
El empleo formal directo también muestra la dimensión del sector. Según el informe oficial de empleo minero en Argentina, en febrero de 2026 la minería alcanzó 40.040 puestos de trabajo, con 5.312 empleos femeninos. Los metalíferos explicaron 12.942 puestos, mientras que los servicios mineros concentraron 8.959 empleos.
El impacto esperado en exploración y proveedores
La exploración es el primer filtro de la cartera minera. Antes de cualquier inversión en planta, mina, caminos, energía o infraestructura hídrica, las compañías deben comprobar recursos, leyes, continuidad mineral, condiciones metalúrgicas y viabilidad técnica. En ese proceso, la agilidad administrativa puede ser determinante.
El nuevo esquema no elimina la necesidad de controles, pero cambia el énfasis desde autorizaciones previas hacia declaraciones juradas, fiscalización posterior y trazabilidad digital. Para proveedores, el beneficio puede traducirse en una operación más fluida si la validación automática reduce tiempos en frontera y mejora la planificación de contratos.
El verdadero impacto se medirá en la implementación: plazos de devolución de IVA, coordinación entre organismos, criterios de validación aduanera y capacidad de fiscalización sin recrear cuellos de botella por vía administrativa.
Qué observará la industria
La minería argentina seguirá mirando de cerca las normas complementarias que debe emitir la autoridad de aplicación en los próximos 60 días. Allí se definirá buena parte de la efectividad del decreto: formatos de declaración jurada, controles, interoperabilidad con VUCEA y Sistema Informático Malvina, criterios para bienes usados, y procedimientos para acreditar créditos fiscales de IVA.
Para los proyectos de exploración, el cambio puede mejorar la gestión de caja y la disponibilidad de equipos. Para el Gobierno, el desafío será combinar simplificación con trazabilidad, evitando que el régimen pierda control sobre el destino minero de los beneficios.
La señal regulatoria es clara: Argentina busca acelerar la conversión de su potencial geológico en inversión efectiva, en un contexto en que el capital minero global compara tiempos, estabilidad fiscal, permisos, infraestructura y costos entre jurisdicciones competidoras.









