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Autodespido en Chile: revisa cuándo puedes poner fin al contrato y exigir indemnización

El autodespido en Chile permite a los trabajadores finalizar su contrato por incumplimientos graves del empleador, lo que puede llevar a indemnizaciones si se sigue el proceso legal adecuado.

Autodespido en Chile: revisa cuándo puedes poner fin al contrato y exigir indemnización

El autodespido permite que un trabajador termine su contrato cuando es el empleador quien ha cometido un incumplimiento grave. No funciona como una renuncia común: para obtener las indemnizaciones correspondientes, el caso debe llegar a un tribunal laboral.

Si una empresa deja de cumplir obligaciones esenciales, pone en riesgo la seguridad de sus trabajadores o incurre en conductas graves como acoso laboral, existe una alternativa distinta a simplemente renunciar.

Se trata del autodespido o despido indirecto, una figura contemplada en el artículo 171 del Código del Trabajo que permite al trabajador poner fin a la relación laboral atribuyendo la responsabilidad al empleador.

Pero hay una diferencia clave: no basta con dejar de trabajar o enviar una carta para recibir automáticamente una indemnización. El trabajador debe cumplir determinadas formalidades y posteriormente presentar una demanda para que un juez determine si la causal invocada efectivamente se produjo.

Qué es el autodespido y por qué es distinto a renunciar

En una renuncia voluntaria, es el trabajador quien decide terminar el contrato por voluntad propia.

En el autodespido también es el trabajador quien pone fin a la relación laboral, pero lo hace porque atribuye al empleador una conducta suficientemente grave como para justificar el término del contrato.

El artículo 171 del Código del Trabajo establece esta posibilidad cuando el empleador incurre en determinadas causales contempladas en el artículo 160.

Si el tribunal acoge la demanda, el trabajador puede tener derecho a recibir las indemnizaciones legales que correspondan.

En qué casos se puede solicitar un autodespido

No cualquier conflicto laboral permite recurrir al autodespido. La ley contempla tres grandes grupos de causales.

Conductas graves del empleador

Puede invocarse cuando existen conductas indebidas de carácter grave y debidamente comprobadas, entre ellas:

  • Falta de probidad.
  • Acoso sexual.
  • Vías de hecho o agresiones.
  • Injurias.
  • Conductas inmorales que afecten a la empresa.
  • Acoso laboral.

Estas situaciones corresponden a las causales establecidas en el artículo 160 N°1 del Código del Trabajo.

Riesgos para la seguridad o salud de los trabajadores

También puede aplicarse cuando existen actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten:

  • La seguridad del establecimiento.
  • El funcionamiento de la empresa.
  • La seguridad de los trabajadores.
  • La actividad de los trabajadores.
  • La salud de quienes prestan servicios.

Esta causal está contemplada en el artículo 160 N°5.

Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato

Esta es una de las causales que puede generar más dudas porque cada situación debe analizarse según sus antecedentes.

Corresponde al artículo 160 N°7 y exige que exista un incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo.

Por ejemplo, los tribunales han conocido casos relacionados con el no pago de remuneraciones o cotizaciones previsionales. Sin embargo, no significa que cualquier atraso o diferencia permita automáticamente autodespedirse: la gravedad del incumplimiento debe ser determinada por el tribunal según las circunstancias de cada caso.

Cuánto puede recibir un trabajador por autodespido

Cuando el tribunal acoge la demanda, puede ordenar el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo y de la indemnización por años de servicio, cuando esta última corresponda.

Además, la indemnización por años de servicio puede tener un recargo dependiendo de la causal acreditada.

Causal invocada

Recargo que establece la ley

Incumplimiento grave de las obligaciones del contrato, artículo 160 N°7

50%

Conductas graves del artículo 160 N°1

Hasta 80%

Actos que afectan seguridad, funcionamiento o salud, artículo 160 N°5

Hasta 80%

Esto significa que el monto final dependerá de factores como la remuneración utilizada para calcular las indemnizaciones, la antigüedad del trabajador y la causal que finalmente reconozca el tribunal.

Cómo hacer un autodespido correctamente

El procedimiento tiene formalidades que no conviene ignorar.

Según explica la Dirección del Trabajo, el trabajador debe comunicar por escrito al empleador que pone término al contrato.

En esa carta debe señalar:

  • La causal legal que está invocando.
  • Los hechos concretos en que basa el autodespido.
  • La fecha en que termina la relación laboral.

Además, debe enviar una copia de la comunicación a la respectiva Inspección del Trabajo.

La comunicación debe realizarse dentro de los plazos legales aplicables. De acuerdo con las reglas a las que remite el artículo 171, el aviso debe entregarse o enviarse dentro de tres días hábiles desde la separación del trabajador.

Por eso, simplemente dejar de asistir al trabajo sin realizar correctamente el procedimiento puede generar problemas posteriores.

Tienes 60 días hábiles para presentar la demanda

Después de poner término al contrato, viene uno de los pasos más importantes: recurrir al tribunal laboral.

El trabajador dispone de 60 días hábiles desde la terminación de los servicios para interponer la demanda por despido indirecto.

La Dirección del Trabajo señala que este plazo puede suspenderse cuando se presenta un reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo.

Sin embargo, existe un límite: en ningún caso se puede recurrir al tribunal una vez transcurridos 90 días hábiles desde el término de la relación laboral.

Por esa razón, no es recomendable dejar pasar el tiempo mientras se intenta resolver informalmente el conflicto con la empresa.

Qué documentos conviene guardar antes de autodespedirse

Uno de los puntos centrales en un juicio será acreditar los hechos incluidos en la carta de autodespido.

Dependiendo de la situación, pueden ser relevantes antecedentes como:

  • Contrato de trabajo y anexos.
  • Liquidaciones de sueldo.
  • Certificados de cotizaciones previsionales.
  • Correos electrónicos.
  • Mensajes relacionados con el conflicto.
  • Registros de asistencia.
  • Denuncias realizadas previamente.
  • Comprobantes de remuneraciones adeudadas.
  • Documentos relacionados con las condiciones de seguridad.
  • Antecedentes o comunicaciones sobre acoso laboral o sexual.

La evidencia necesaria cambia según la causal. Por eso, antes de poner término al contrato es recomendable revisar los antecedentes disponibles y procurar que los hechos señalados en la carta puedan ser respaldados.

Qué ocurre si el tribunal rechaza el autodespido

Este es uno de los riesgos que debe conocer cualquier trabajador antes de iniciar el procedimiento.

El Código del Trabajo establece que, si el tribunal rechaza el reclamo del trabajador, se entenderá que el contrato terminó por renuncia.

En otras palabras, enviar una carta de autodespido no garantiza que posteriormente se obtendrán indemnizaciones.

Será el juez quien analizará las pruebas y determinará si el empleador incurrió efectivamente en una de las causales legales.

Por esta razón, cuando el caso presenta dudas o involucra situaciones complejas —por ejemplo, acoso, remuneraciones impagas o incumplimientos reiterados— puede ser conveniente obtener orientación laboral antes de terminar el vínculo.

¿Se puede reclamar primero ante la Dirección del Trabajo?

Sí. La Dirección del Trabajo dispone del trámite de reclamo por despido, que puede realizarse durante todo el año.

En línea, el trabajador puede ingresar al portal Mi DT utilizando ClaveÚnica, seleccionar el perfil de trabajador y buscar la opción correspondiente a reclamos por despido.

El objetivo de este procedimiento es que la Inspección del Trabajo pueda realizar una instancia de conciliación y revisar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales.

Sin embargo, presentar un reclamo administrativo no reemplaza la demanda judicial necesaria para que un tribunal declare justificado el autodespido y ordene las indemnizaciones correspondientes.

Qué revisar antes de tomar la decisión

Antes de recurrir al autodespido, conviene confirmar tres puntos fundamentales: que los hechos puedan encajar en una de las causales establecidas por la ley, que existan antecedentes para acreditarlos y que todavía se esté dentro de los plazos legales.

También es importante preparar cuidadosamente la carta. Los hechos que fundamentan el término del contrato deben quedar identificados desde ese momento, ya que serán relevantes durante el posterior proceso judicial.

La información oficial puede revisarse directamente en la Dirección del Trabajo y en el Código del Trabajo disponible en LeyChile.