Estoy en DICOM: ¿Cómo salir del registro de deudas?

Sacar a los cerca de 4 millones de personas de DICOM y mejorar la salud financiera de las personas pareciera ser el gran desafío en nuestro país.

Según el último estudio de Equifax y la USS, el grupo de personas entre los 30 y 59 años (64,9%) concentra el mayor porcentaje de morosos y representan el grueso de la población económicamente activa. Además, la mora promedio de los hombres es un 86,4% mayor al de las mujeres.

Y es que la cesantía en medio de un débil mercado laboral, así como los problemas de salud, educación y vivienda, podrían llevar a una persona a un endeudamiento crítico e ingresar a DICOM por el no pago de la deuda.

¿Cómo salir del registro de morosidad?

1.- Pagando la deuda

2.- Acogiéndose a la Ley de Quiebras, a través de sus procesos de Renegociación o Liquidación.

3.- Se podrá alegar la prescripción pasado un determinado periodo de tiempo, que en general son 5 años.

¿Puedo repactar la deuda?

Sí, pero no es una alternativa conveniente por los altos intereses asociados.

¿Si en 5 años DICOM me saca de los registros, también se elimina la deuda?

DICOM tiene la obligación de sacar a una persona de los registros en un periodo de 5 años, pero esto no significa que se haya regularizado la deuda y por tanto, las instituciones financieras siguen teniendo el registro de deuda y podrían seguir su cobro judicial.

¿Las deudas prescriben?

Lo que prescribe no es la deuda, sino la acción de cobrar judicialmente una deuda, la que se extingue, por lo general, en un periodo de 5 años, sin que el deudor haya sido notificado de una acción judicial o de cobranza. Ahora, si el deudor firmó algún documento que tiene regulación especial como el pagaré, letra de cambio, cheque o factura ese plazo es de 1 año. Generalmente el plazo se inicia desde el vencimiento del documento, lo que ocurre cuando se deja de pagar.

Entonces si pasaron 5 años, ¿quedo sin deuda automáticamente?

No, la persona deudora debe alegar la prescripción en los tribunales de justicia, el que a su vez debe declarar que la acción de cobrar prescribió. Sólo así, la deuda queda extinta.

¿Si un tribunal declara la prescripción de la deuda salgo de DICOM?

Sí, la sentencia que declara la prescripción, permite eliminarla de DICOM remitiendo copia de la sentencia al boletín comercial para solicitar la eliminación del registro.

¿Cómo saber si estoy en DICOM?

1.- Certificado de Antecedentes en el www.boletincomercial.cl. La persona se deberá registrar y pagar el costo del trámite.

2.- A través del sitio web de Equifax, www. soluciones.equifax.cl/ donde se pueden obtener distintos tipos de certificado de deuda, previo pago.

3.- Solicitando un informe de deudas a la Comisión para el Mercado Financiero, a través del sitio www.cmfchile.cl. Se deberá ingresar con Clave Única y no tiene costo, o sea es gratis.

4.- La Ley 20.575 estableció que toda persona mayor de 18 años puede obtener de manera gratuita una vez cada cuatro meses, un certificado de antecedentes en los sitios web de DICOM y de la Cámara de Comercio de Santiago, www.ccs.cl

¿Si salgo de DICOM puedo volver a tener acceso al crédito?

Sí, las instituciones financieras podrían otorgarle un nuevo crédito, previa evaluación.

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