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Industria Minera

SMA notifica a 267 unidades mineras y refuerza exigencias ambientales por el Desierto Florido 2026

La Superintendencia del Medio Ambiente amplió su despliegue preventivo en Antofagasta, Atacama y Coquimbo. Las operaciones mineras deberán reforzar los controles sobre tránsito, protección de especies y manejo de suelos, además de reportar incidentes en un plazo máximo de 24 horas.

SMA notifica a 267 unidades mineras y refuerza exigencias ambientales por el Desierto Florido 2026
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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) notificó a 267 unidades fiscalizables del sector minero ubicadas en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, mediante una acción destinada a prevenir daños ambientales durante el desarrollo del Desierto Florido 2026. La medida, anunciada el 13 de octubre, busca reforzar el cumplimiento de las obligaciones ambientales en territorios donde las lluvias invernales han favorecido la aparición de vegetación.

La notificación fue formalizada mediante el Oficio Ordinario SMA N° 2484/2026, emitido por la División de Fiscalización del organismo. Su alcance comprende actividades de minería metálica y no metálica, prospecciones, exploraciones, plantas de procesamiento, mineroductos, extracción de áridos, instalaciones metalúrgicas y operaciones de almacenamiento y transporte de minerales.

La intervención amplía las acciones preventivas iniciadas el 24 de septiembre, cuando la autoridad ambiental notificó a titulares de proyectos fotovoltaicos y eólicos de energías renovables no convencionales en las mismas regiones.

Restricciones operacionales para proteger flora, fauna y suelos

Uno de los principales aspectos del oficio es el control del tránsito dentro de las faenas. La SMA recordó que vehículos, maquinaria y trabajadores deben utilizar exclusivamente caminos, huellas y superficies autorizadas en sus respectivas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), evitando cualquier desplazamiento por áreas naturales no habilitadas.

Antes de intervenir nuevas superficies, las compañías deberán reforzar las inspecciones y los recorridos de verificación ambiental, conocidos como microrruteos, para identificar la presencia de especies vegetales anuales, geófitas, cactáceas y flora endémica.

Las medidas también consideran una mayor protección de especies en categoría de conservación y el cumplimiento oportuno de los compromisos de rescate, relocalización, viverización y recolección de material genético vegetal establecidos para cada proyecto.

Asimismo, la autoridad exigió resguardar las capas superficiales del suelo, donde permanece el banco natural de semillas que permite la regeneración de la vegetación. Esto implica prevenir su compactación, contaminación, pérdida o mezcla durante las actividades operacionales.

Las empresas también deberán evitar el atropello de fauna silvestre y asegurar que residuos, estériles y otros materiales sean depositados únicamente en sectores autorizados.

El superintendente del Medio Ambiente, Emanuel Ibarra, destacó el valor ecológico del fenómeno y señaló que el organismo busca que los titulares adapten sus operaciones y cumplan estrictamente los compromisos ambientales vigentes.

Fiscalización, reportes obligatorios y posibles sanciones

La instrucción establece un punto especialmente relevante para la gestión de riesgos de las operaciones mineras: cualquier incidente o contingencia que afecte superficies donde se manifieste el Desierto Florido deberá reportarse en un máximo de 24 horas desde su ocurrencia.

La comunicación debe realizarse mediante el Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA), conforme a la Resolución Exenta N° 885/2016. Los titulares también deben mantener actualizados sus antecedentes de contacto y ejecutar los monitoreos ambientales con la frecuencia y condiciones correspondientes.

Aunque la notificación tiene carácter preventivo y no constituye por sí misma un procedimiento sancionatorio, los incumplimientos de las obligaciones ambientales fiscalizables pueden derivar en investigaciones y formulaciones de cargos por parte de la SMA.

De acuerdo con la Ley Orgánica de la Superintendencia, las infracciones pueden dar lugar a amonestaciones, multas y, en los casos que corresponda, clausuras o revocaciones de autorizaciones ambientales. Para infracciones calificadas como gravísimas, las multas pueden alcanzar las 10.000 unidades tributarias anuales (UTA).

La medida pone especial atención en el cumplimiento efectivo de las obligaciones ya establecidas para cada instalación. Durante el desarrollo del Desierto Florido 2026, las faenas notificadas deberán mantener sus controles operacionales, registros de seguimiento y mecanismos de respuesta ante contingencias que puedan comprometer la conservación de estos ecosistemas.

REDIMIN Responde

¿Cuántas unidades fiscalizables del sector minero fueron notificadas por la SMA en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo?

La SMA notificó a 267 unidades fiscalizables del sector minero en las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo.

¿Qué tipo de actividades mineras están incluidas en la notificación de la SMA?

La notificación de la SMA incluye actividades de minería metálica y no metálica, prospecciones, exploraciones, plantas de procesamiento, mineroductos, extracción de áridos, instalaciones metalúrgicas y operaciones de almacenamiento y transporte de minerales.

¿Qué medidas deben tomar las empresas para proteger la flora y fauna durante el Desierto Florido 2026?

Las empresas deben utilizar exclusivamente caminos autorizados, reforzar inspecciones ambientales, proteger especies en conservación, cumplir compromisos de rescate y relocalización de flora, y evitar la compactación y contaminación del suelo. También deben prevenir el atropello de fauna y asegurar que los residuos sean depositados en sectores autorizados.

¿Qué deben hacer las empresas en caso de incidentes que afecten el Desierto Florido?

Las empresas deben reportar cualquier incidente o contingencia que afecte el Desierto Florido en un máximo de 24 horas mediante el Sistema de Seguimiento Ambiental (SSA), conforme a la Resolución Exenta N° 885/2016.

¿Cuáles son las posibles sanciones por incumplimientos de las obligaciones ambientales fiscalizables?

Los incumplimientos pueden derivar en investigaciones y formulaciones de cargos por parte de la SMA, con sanciones que incluyen amonestaciones, multas, clausuras o revocaciones de autorizaciones ambientales. Para infracciones gravísimas, las multas pueden alcanzar las 10.000 unidades tributarias anuales (UTA).