
El Bono por Hijo puede generar dudas cuando fallece una madre beneficiaria o una mujer que tenía derecho al aporte. Aunque se asocia a cada hija o hijo nacido vivo o adoptado, no se paga al momento del nacimiento ni funciona como un bono directo en efectivo.
Según la información oficial de ChileAtiende, este beneficio incrementa la pensión de la mujer desde los 65 años. Por eso, para saber si puede formar parte de una herencia, primero hay que distinguir si el monto ya fue incorporado a su pensión o si todavía no entraba a su patrimonio.
Cuándo el Bono por Hijo sí puede ser parte de la herencia
El Bono por Hijo puede ser heredable cuando la mujer ya cumplió 65 años y el beneficio efectivamente comenzó a incrementar su pensión.
En términos simples: si el bono ya fue incorporado a la cuenta previsional de la beneficiaria, puede formar parte del saldo heredable, siempre que corresponda según las reglas del sistema de AFP y de herencia.
Esto aplica especialmente cuando la mujer estaba afiliada a una AFP y el bono pasó a aumentar su pensión. En ese caso, el monto puede quedar dentro del saldo previsional remanente.
La Superintendencia de Pensiones explica que los fondos de las cuentas individuales de AFP son propiedad de los afiliados y, si al fallecer quedan remanentes, esos dineros pueden ser heredables.
Cuándo el Bono por Hijo no se hereda
No siempre el beneficio pasa a los herederos. ChileAtiende distingue al menos dos situaciones clave en que no corresponde considerarlo parte de la herencia.
| Situación | ¿Es heredable? | Motivo |
|---|---|---|
| Mujer afiliada a AFP que aún no cumple 65 años | No | El bono todavía no ha incrementado su pensión |
| Mujer que comenzó a recibir el Bono por Hijo después de obtener la PGU | No | No forma parte de su patrimonio |
| Mujer que ya cumplió 65 años y el bono incrementó su pensión | Sí puede serlo | El monto ya ingresó a su cuenta previsional o pensión |
La diferencia es relevante. Tener hijos o cumplir los requisitos generales del beneficio no basta para que el bono sea heredable. Debe haberse activado previsionalmente.
Qué pasa si la mujer estaba afiliada a una AFP y fallece antes de los 65 años
Si la mujer estaba afiliada a una AFP, pero murió antes de cumplir los 65 años, el Bono por Hijo no forma parte de su herencia.
La razón es directa: antes de esa edad, el beneficio aún no se aplica para aumentar la pensión. Por lo tanto, no se considera parte del patrimonio previsional de la persona fallecida.
En ese caso, los herederos podrán revisar si existen otros saldos previsionales en la AFP, pero no reclamar el Bono por Hijo como parte de la herencia.
Para consultar si una persona fallecida registra saldo en su cuenta de AFP, se puede revisar la ficha oficial de ChileAtiende sobre saldo de afiliados fallecidos.
Qué ocurre si la beneficiaria recibía PGU
Este es uno de los puntos que más se confunden.
Si la mujer comenzó a recibir el Bono por Hijo luego de obtener la Pensión Garantizada Universal, el beneficio no será heredable. ChileAtiende precisa que en ese caso no forma parte del patrimonio de la beneficiaria, a diferencia de lo que ocurre con la cuenta de capitalización individual de una AFP.
Esto no significa que todas las personas con PGU queden automáticamente fuera de cualquier derecho previsional. Significa que, para efectos del Bono por Hijo, esa modalidad específica no permite heredarlo.
Qué es el Bono por Hijo y cómo se calcula
El Bono por Hijo es un beneficio previsional para mujeres de 65 años o más, por cada hija o hijo nacido vivo o adoptado.
No se paga cuando nace el hijo. Se calcula desde esa fecha, pero se entrega cuando la mujer cumple los requisitos y comienza a recibirlo junto con su pensión.
El monto equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, considerando:
Si el hijo o hija nació antes del 1 de julio de 2009, se usa el ingreso mínimo vigente en julio de 2009.
Si nació después del 1 de julio de 2009, se considera el ingreso mínimo vigente en el mes de nacimiento.
Al monto se le suma la rentabilidad que corresponda según la normativa previsional.
Por eso no hay una cifra única para todas las beneficiarias. El cálculo depende de la fecha de nacimiento de cada hijo o hija y de la rentabilidad asociada.
Quiénes pueden recibir el Bono por Hijo
De acuerdo con ChileAtiende, pueden solicitarlo las mujeres que cumplan los requisitos generales y estén en alguna de estas situaciones:
Estén afiliadas a una AFP y hayan obtenido su pensión desde el 1 de julio de 2009.
Sean titulares de la Pensión Garantizada Universal.
No estén afiliadas a un régimen previsional, pero reciban una pensión de sobrevivencia otorgada por una AFP, compañía de seguros o el IPS, desde el 1 de julio de 2009, con derecho a PGU.
Además, deben cumplir condiciones como tener 65 años o más y acreditar residencia en Chile por el período exigido.
No tienen derecho al Bono por Hijo quienes reciben pensión de una ex caja de previsión social, Capredena o Dipreca.
Cómo consultar o solicitar el beneficio
La solicitud se puede realizar en los canales habilitados por el Estado.
Las vías principales son:
Ingresar a ChileAtiende.
Consultar con RUN y fecha de nacimiento si se cumplen los requisitos.
Acceder con ClaveÚnica si se quiere hacer la solicitud en línea.
También se puede pedir en una sucursal ChileAtiende, en la AFP, en el municipio o en la compañía de seguros, según corresponda.
Si el trámite ya fue ingresado, el estado de la solicitud se puede revisar en ChileAtiende con ClaveÚnica.
Qué deben revisar los herederos
Si una mujer beneficiaria falleció y existe duda sobre si el Bono por Hijo puede entrar a la herencia, lo primero es verificar su situación previsional.
Conviene revisar:
Si la mujer ya había cumplido 65 años.
Si el Bono por Hijo ya estaba incrementando su pensión.
Si estaba afiliada a una AFP.
Si recibía el bono asociado a PGU.
Si existe saldo previsional remanente.
Si corresponde pensión de sobrevivencia antes que herencia.
Cuando existan fondos previsionales heredables, la AFP puede exigir la posesión efectiva, salvo casos de montos bajos permitidos por la normativa. La posesión efectiva se puede revisar en el sitio del Registro Civil a través de ChileAtiende.
Dónde confirmar la información oficial
ChileAtiende: Bono por Hijo: permite revisar requisitos, cálculo, solicitud y regla de heredabilidad.
Superintendencia de Pensiones: Herencia: explica cuándo los fondos previsionales de una AFP pueden ser heredables.
ChileAtiende: saldo en cuenta AFP de afiliados fallecidos: permite orientar la revisión de saldos previsionales.
ChileAtiende: posesión efectiva: informa cómo solicitar la posesión efectiva cuando una persona fallece sin testamento.
Antes de iniciar cualquier trámite, la familia debe confirmar si el beneficio ya estaba incorporado a la pensión. Ese dato define si el Bono por Hijo puede entrar en la herencia o si simplemente no corresponde reclamarlo.












