La instancia reúne a organismos públicos, el Coordinador Eléctrico Nacional, especialistas y representantes de la industria. El proceso abordará materias como programación de la operación, costos variables, costos marginales y transferencias económicas.
La Comisión Nacional de Energía (CNE) tiene programada para este jueves 24 de septiembre la sesión constitutiva del Comité Consultivo Especial que acompañará la modificación de la Norma Técnica de Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional, uno de los principales instrumentos que establece las reglas técnicas y económicas bajo las cuales funciona el sistema eléctrico chileno.
La reunión corresponde al inicio del trabajo del comité y no implica la entrada en vigencia inmediata de nuevas disposiciones. La instancia deberá participar en el análisis y discusión de las modificaciones que prepare la CNE antes de que el procedimiento regulatorio avance por sus distintas etapas.
La conformación del comité fue oficializada inicialmente mediante la Resolución Exenta N°490/2026, dictada el 10 de septiembre, que además fijó para este 24 de septiembre la celebración de su primera sesión. Posteriormente, el Portal Normativo de la CNE incorporó la Resolución Exenta N°522/2026, que modifica la designación de integrantes realizada en la resolución original.
La primera reunión definirá la metodología de trabajo
La sesión programada para esta jornada se desarrollará en dependencias de la Comisión Nacional de Energía y estará enfocada en revisar los principales componentes del procedimiento normativo y establecer la metodología bajo la cual trabajará el Comité Consultivo Especial.
La instancia reúne a representantes de la propia CNE, el Ministerio de Energía, la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y el Coordinador Eléctrico Nacional, además de especialistas técnicos y representantes de empresas vinculadas al sector eléctrico.
La función del comité es entregar opiniones, antecedentes y conocimiento especializado durante la preparación de las modificaciones. Su constitución forma parte de los mecanismos de participación establecidos para el desarrollo de normas técnicas del sector eléctrico.
No corresponde, por tanto, a un organismo que por sí mismo apruebe nuevas reglas operacionales. La elaboración y posterior fijación de las modificaciones continúa bajo el procedimiento normativo encabezado por la CNE.
Qué reglas serán revisadas
El proceso comenzó formalmente en agosto de 2026, cuando la CNE publicó la Resolución Exenta N°383/2026, dando inicio a la modificación de la Norma Técnica de Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional dentro del Plan Normativo Anual 2026.
La actualización busca adecuar la normativa técnica a las modificaciones realizadas al Decreto Supremo N°125 de 2017, que contiene el Reglamento de Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional. Estos cambios fueron introducidos mediante el Decreto Supremo N°32 de 2026 del Ministerio de Energía.
Entre las materias que forman parte de la revisión se encuentran la programación de la operación del sistema, la declaración de costos variables, la determinación de los costos marginales, las transferencias económicas y la coordinación de mercado.
Se trata de ámbitos con efectos directos sobre la manera en que se programa y coordina la generación eléctrica, se valorizan determinadas operaciones del sistema y se realizan transacciones económicas entre los distintos participantes del mercado.
Por qué la norma es relevante para el SEN
La Norma Técnica de Coordinación y Operación es parte del marco que utiliza el sector para transformar las disposiciones generales contenidas en leyes y reglamentos en procedimientos técnicos aplicables a la operación cotidiana del Sistema Eléctrico Nacional.
Actualmente, la regulación incluye materias vinculadas con costos marginales, transferencias económicas y coordinación de mercado, además de capítulos específicos asociados a declaración de costos variables y programación de la operación.
Su modificación adquiere especial relevancia porque el sistema eléctrico atraviesa cambios en su estructura tecnológica y operacional, con una creciente presencia de generación renovable variable, sistemas de almacenamiento y nuevas necesidades de flexibilidad.
El procedimiento abierto por la CNE, sin embargo, tiene un alcance regulatorio definido: adaptar la norma técnica a las disposiciones incorporadas recientemente al reglamento de coordinación y operación. Las medidas específicas que quedarán finalmente incorporadas dependerán del desarrollo del proceso y de los textos que sean aprobados posteriormente.
Un proceso que comenzó en agosto
La CNE abrió formalmente el procedimiento el 3 de agosto de 2026 y, junto con ello, convocó a expertos técnicos y representantes de la industria interesados en participar en el Comité Consultivo Especial.
Las manifestaciones de interés para integrar la instancia pudieron presentarse hasta el 14 de agosto. Tras revisar las postulaciones, la Comisión formalizó en septiembre la composición del comité y programó su sesión constitutiva para esta jornada.
Con la reunión de este jueves comienza una nueva fase del procedimiento: el análisis técnico con participación de organismos públicos, especialistas y actores del mercado.
El proceso continúa registrado por la CNE entre los procedimientos normativos en curso, por lo que todavía no existe una nueva versión definitiva de la Norma Técnica de Coordinación y Operación derivada de esta revisión.
Qué ocurre después
Tras la constitución del comité, el trabajo continuará con la discusión de las materias incluidas en el procedimiento y la preparación de la propuesta normativa.
Las observaciones y antecedentes que surjan durante esta fase podrán alimentar el texto que posteriormente siga las etapas previstas por la regulación para la modificación de normas técnicas.
Por ello, la sesión del 24 de septiembre debe entenderse como el inicio formal del trabajo del Comité Consultivo Especial y no como la aprobación de nuevas reglas para el Sistema Eléctrico Nacional.
Hasta que el procedimiento concluya y la CNE dicte los correspondientes actos regulatorios, las disposiciones que surjan de esta revisión no reemplazan automáticamente las reglas actualmente vigentes.









