
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) solicitó modificar aspectos de la regulación que controla la conexión de proyectos inmobiliarios a las redes de distribución eléctrica en Chile. Durante una audiencia celebrada el 15 de octubre de 2026 ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), el organismo advirtió que persisten vacíos normativos que pueden favorecer a empresas relacionadas con las distribuidoras, dificultar la participación de instaladores independientes y limitar la fiscalización de los procedimientos.
La intervención se produjo en el marco de una consulta presentada por la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI) y la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), que cuestionan si la normativa técnica aprobada en 2024 garantiza condiciones adecuadas de competencia.
El debate involucra una actividad esencial para el desarrollo inmobiliario y otros sectores productivos: la habilitación del suministro eléctrico, proceso en el que intervienen distribuidoras, constructoras, empresas instaladoras y organismos reguladores.
Los vacíos que preocupan a la Fiscalía Nacional Económica
El principal cuestionamiento de la FNE apunta a las condiciones de funcionamiento de un mercado donde las empresas distribuidoras controlan la infraestructura necesaria para conectar nuevos suministros eléctricos.
Aunque la distribución opera bajo un régimen regulado, determinadas actividades vinculadas con las conexiones pueden ser desarrolladas por terceros, entre ellos contratistas e instaladores independientes.
Esta combinación genera riesgos cuando una distribuidora dispone de información comercial relevante antes que otros participantes o interviene en la aprobación de trabajos que también pueden ejecutar empresas relacionadas con su grupo empresarial.
Durante la audiencia, la abogada de la División Antimonopolios de la FNE, Anita Reyes Mella, sostuvo que la regulación debe permitir a los solicitantes conocer y comparar las alternativas disponibles, además de facilitar la participación de terceros en los servicios sujetos a competencia.
La Fiscalía reconoció que la normativa de 2024 incorporó avances para reducir la discrecionalidad de las distribuidoras. Sin embargo, planteó que todavía existen deficiencias en la identificación de servicios, el tratamiento de información comercial y los mecanismos de supervisión.
Su posición no constituye una declaración de que las compañías hayan cometido infracciones específicas, sino una evaluación de riesgos competitivos asociados al diseño y aplicación de las reglas.
La investigación detectó diferencias importantes en los tiempos de conexión
Uno de los antecedentes más relevantes del procedimiento corresponde al análisis desarrollado por la FNE sobre el funcionamiento de las conexiones eléctricas.
En su investigación, el organismo recopiló información de distribuidoras que, en conjunto, abastecen al 97,8% de los clientes eléctricos de Chile.
Los registros correspondientes al período 2023-2025 contabilizaron más de 221.000 solicitudes de nuevas conexiones y 37.000 solicitudes de ampliación de suministro.
El análisis detectó diferencias importantes en los tiempos de tramitación y dificultades para verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la regulación.
En 2025, Enel registró un promedio de 48 días hábiles entre el ingreso de una solicitud y la conexión o ampliación efectiva del suministro. CGE alcanzó 34 días, mientras que el promedio simple de las distribuidoras con información disponible fue de 22 días.
Estas cifras corresponden al tiempo total observado en los registros analizados y no deben confundirse con los plazos legales específicos de cada etapa.
La investigación también identificó una dificultad adicional: varias distribuidoras no disponían de información suficientemente sistematizada sobre fechas e hitos de los procedimientos.
Esta situación impidió evaluar de manera integral el cumplimiento de determinados plazos y limitó la capacidad de comparar el desempeño de las compañías.
Los antecedentes operacionales utilizados corresponden principalmente a la aplicación de la normativa de 2019, debido a que las nuevas disposiciones sobre conexiones de la norma de 2024 comenzaron a regir en noviembre de 2025.
Empresas relacionadas y el riesgo de obtener información privilegiada
Otro punto central del cuestionamiento corresponde al posible uso de información comercialmente sensible.
Durante la tramitación de una conexión eléctrica, las distribuidoras pueden conocer anticipadamente las características de un proyecto, su ubicación, los requerimientos técnicos y las obras necesarias para habilitar el suministro.
La FNE advirtió que ese conocimiento podría convertirse en una ventaja competitiva si llega a empresas relacionadas con las distribuidoras antes de estar disponible para instaladores independientes.
El riesgo resulta especialmente relevante en actividades que pueden ser contratadas competitivamente, como determinadas obras eléctricas y servicios asociados a la conexión.
Aunque la legislación establece restricciones al giro de las distribuidoras, ello no elimina necesariamente los riesgos asociados a la participación de otras sociedades pertenecientes al mismo grupo empresarial.
Por esta razón, la Fiscalía planteó reforzar las medidas destinadas a proteger la información comercial y asegurar condiciones de competencia entre los distintos prestadores.
El objetivo es evitar que el control sobre la red eléctrica termine generando ventajas indebidas en mercados donde existen alternativas de contratación.
Fiscalización preventiva y expedientes electrónicos más completos
La FNE también propuso fortalecer los mecanismos de seguimiento de las solicitudes de conexión.
Actualmente, una parte importante de la fiscalización de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) se desarrolla después de recibir reclamos por demoras o eventuales incumplimientos.
La Fiscalía no identificó un déficit sustantivo general en la aplicación de sanciones por parte de la SEC, pero sí detectó limitaciones estructurales de información que dificultan una supervisión anticipada y continua.
Para enfrentar este problema, recomendó perfeccionar los expedientes electrónicos utilizados durante la tramitación de las conexiones.
Estos registros deberían permitir identificar con precisión las distintas etapas, los participantes, las responsabilidades y los plazos aplicables.
Entre las alternativas examinadas figura la incorporación de mecanismos de seguimiento automatizado que permitan detectar retrasos o incumplimientos sin depender exclusivamente de denuncias.
También se propone mejorar el acceso de la SEC a la información necesaria para verificar oportunamente el comportamiento de las empresas.
La trazabilidad permitiría establecer cuándo se recibió una solicitud, qué observaciones se formularon, cuánto demoró cada revisión y cuáles fueron las razones de eventuales retrasos.
Presupuestos, tarifas y servicios bajo revisión
La Fiscalía identificó otro problema en la relación entre las exigencias técnicas y la regulación económica de los servicios asociados a la distribución.
Estos servicios pueden comprender actividades necesarias para conectar nuevas instalaciones, algunas sujetas a tarifas reguladas y otras prestadas bajo condiciones comerciales diferentes.
El organismo advirtió que las definiciones utilizadas por las distribuidoras no siempre permiten distinguir claramente qué prestaciones están sujetas a tarifas máximas y cuáles corresponden a servicios potencialmente competitivos.
Esta falta de uniformidad dificulta comprobar si los cobros y procedimientos se ajustan a las condiciones regulatorias correspondientes.
Por ello, propuso armonizar los hitos, requisitos, responsabilidades, plazos y tarifas considerados en las distintas disposiciones aplicables.
La medida apunta a que los solicitantes dispongan de información comparable para evaluar presupuestos y alternativas de contratación.
El Tribunal deberá resolver mientras la CNE impulsa otra revisión
El procedimiento ante el TDLC comenzó formalmente el 30 de septiembre de 2025, después de la consulta ingresada por la ADI y la CChC.
Durante su tramitación se incorporaron antecedentes de distintos organismos y empresas, entre ellos la Comisión Nacional de Energía (CNE), la Subsecretaría de Energía, el Coordinador Eléctrico Nacional, Enel Distribución, CGE y compañías del grupo Saesa.
La FNE presentó su informe técnico en diciembre de 2025 y expuso sus principales planteamientos durante la audiencia pública del 15 de octubre de 2026.
Ahora corresponde al Tribunal determinar si las disposiciones cuestionadas se ajustan a la legislación de libre competencia y si resulta necesario ordenar modificaciones.
En paralelo, el 20 de octubre la CNE abrió una consulta pública para modificar el capítulo de calidad comercial de la normativa de distribución eléctrica, especialmente los procedimientos de conexión de usuarios.
Este segundo proceso tiene una tramitación propia y contempla un período de 20 días corridos para recibir observaciones desde la publicación del aviso correspondiente en el Diario Oficial.
Aunque ambas actuaciones abordan aspectos de las conexiones eléctricas, no constituyen una misma resolución ni significan que las propuestas de la Fiscalía hayan sido aprobadas.
Para las empresas inmobiliarias, constructoras e instaladoras, el resultado del procedimiento ante el TDLC será relevante porque podría modificar las condiciones bajo las cuales se solicitan, presupuestan, ejecutan y supervisan las conexiones.
Por ahora, las recomendaciones de la FNE permanecen sujetas al pronunciamiento del Tribunal. Las eventuales modificaciones y su alcance dependerán de las decisiones que adopten las autoridades competentes.
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¿Qué solicitó la Fiscalía Nacional Económica (FNE) respecto a la regulación de conexiones eléctricas?
La FNE solicitó modificar aspectos de la regulación que controla la conexión de proyectos inmobiliarios a las redes de distribución eléctrica en Chile, debido a vacíos normativos que pueden favorecer a empresas relacionadas con las distribuidoras y dificultar la participación de instaladores independientes.
¿Qué diferencias encontró la FNE en los tiempos de conexión eléctrica entre distribuidoras?
La FNE encontró que en 2025, Enel registró un promedio de 48 días hábiles para conectar o ampliar el suministro, CGE alcanzó 34 días, y el promedio simple de las distribuidoras fue de 22 días. Estas cifras reflejan el tiempo total observado y no los plazos legales específicos de cada etapa.
¿Qué riesgos competitivos identificó la FNE en el uso de información comercial por parte de las distribuidoras?
La FNE advirtió que las distribuidoras podrían usar información comercialmente sensible, como características del proyecto y requerimientos técnicos, para obtener ventajas competitivas si esta información llega a empresas relacionadas antes que a instaladores independientes. Esto es relevante en actividades que pueden ser contratadas competitivamente.
¿Qué propuso la FNE para mejorar la fiscalización de las conexiones eléctricas?
La FNE propuso fortalecer los mecanismos de seguimiento de las solicitudes de conexión, recomendando perfeccionar los expedientes electrónicos para identificar con precisión las etapas, participantes, responsabilidades y plazos. También sugirió incorporar mecanismos de seguimiento automatizado para detectar retrasos o incumplimientos.
¿Qué problema identificó la FNE en la regulación económica de los servicios de distribución eléctrica?
La FNE identificó que las definiciones utilizadas por las distribuidoras no siempre permiten distinguir claramente qué servicios están sujetos a tarifas máximas y cuáles son potencialmente competitivos. Propuso armonizar los hitos, requisitos, responsabilidades, plazos y tarifas para que los solicitantes puedan evaluar presupuestos y alternativas de contratación.




