
La Corte Suprema declaró inadmisible el recurso de casación en la forma y rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por un particular contra el Fisco, en un caso originado por una sanción aplicada por la Dirección General de Aguas (DGA) por extracción no autorizada de aguas subterráneas en la comuna de Combarbalá, Región de Coquimbo, en un contexto de escasez hídrica.
Qué resolvió la Corte Suprema y por qué importa
El caso llegó a la Corte Suprema tras una sentencia previa que había confirmado la legalidad de una multa impuesta por la DGA. El máximo tribunal cerró la discusión por dos vías:
Casación en la forma: fue declarada inadmisible, al tratarse de un procedimiento especial (reclamo del Código de Aguas) donde las causales de nulidad formal están acotadas.
Casación en el fondo: fue rechazada, principalmente porque el recurso no desarrolló con precisión los errores de derecho que alegaba y, en los hechos, buscó reabrir la discusión sobre la prueba y el mérito técnico del expediente sancionatorio.
Para revisar el acceso público a sentencias y búsquedas jurisprudenciales, el Poder Judicial centraliza el material en su Portal Unificado de Sentencias.
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Origen del conflicto: denuncia, inspección y un pozo tipo zanja
La fiscalización se inició por denuncia de un tercero por presunta extracción no autorizada de aguas subterráneas en un predio de Combarbalá. La DGA constató en terreno la existencia de una captación mediante pozo tipo zanja, con bomba y tuberías, atribuida al riego de árboles frutales. Con esa base se abrió el expediente sancionatorio y se aplicó una multa de 551 UTM.
El reclamante sostuvo que no se trataba de una captación subterránea y defendió que la obra correspondía a una recolección de aguas lluvias, además de alegar la existencia de derechos que habilitarían el uso.
El reclamo del artículo 137: control de legalidad, no “segunda instancia”
La Corte de Apelaciones de Santiago —cuyo criterio fue ratificado— abordó el punto central del procedimiento: el reclamo del artículo 137 del Código de Aguas tiene como objeto controlar la legalidad del acto administrativo, no reemplazar a la autoridad técnica ni transformarse en una revisión amplia del mérito.
La norma y su estructura procedimental están disponibles en el texto legal consolidado del Código de Aguas en Ley Chile (BCN).
Prueba técnica y hechos “inamovibles” en casación
Un elemento repetido en este tipo de litigios es la frontera entre:
lo que se puede discutir como error de derecho, y
lo que pertenece a la fijación de hechos y la apreciación probatoria del tribunal de fondo.
En este caso, el razonamiento se apoyó en documentación típicamente determinante en fiscalizaciones: acta de inspección, informes técnicos y antecedentes del expediente administrativo. En sede de casación, si no se estructura correctamente una denuncia por infracción a normas reguladoras de la prueba, esos hechos quedan, en la práctica, fuera de revisión.
Como referencia operativa del enfoque de fiscalización y sus componentes documentales (incluidos manuales y reportes), la DGA mantiene su sección de Fiscalización.
Qué deben revisar titulares y usuarios antes de extraer aguas subterráneas
En predios agrícolas, faenas y operaciones que dependen de abastecimiento hídrico propio, la línea de riesgo suele concentrarse en la existencia y trazabilidad del derecho y la obra de captación realmente utilizada. En términos prácticos, lo crítico es:
Verificar el derecho de aprovechamiento aplicable (tipo, punto, modalidad y condiciones de ejercicio).
Alinear la obra de captación con lo autorizado (ubicación, características y uso efectivo).
Mantener respaldo documental actualizado para fiscalizaciones (títulos, inscripciones, planos, trazabilidad de modificaciones).
Responder formalmente a fiscalizaciones y procedimientos sancionatorios dentro de plazo, evitando defensas genéricas que después no puedan sostenerse en casación.
En el sector minero, donde la fiscalización hídrica se cruza con exigencias operacionales y ambientales, conviene mirar antecedentes recientes de sanciones y exigencias técnicas asociadas, como la multa a SQM Salar por deficiencias en monitoreo de extracciones, el caso de sanciones tras fiscalización por afectación en el río Ligua y las medidas adoptadas por la DGA ante episodios de calidad de agua.











