
AFC activó el sexto y séptimo giro del Fondo de Cesantía Solidario por el nivel de desempleo. No hay que volver a postular, pero el trabajador debe continuar cesante para recibirlos.
Las personas que agotaron durante agosto sus cinco pagos regulares del Fondo de Cesantía Solidario (FCS) pueden recibir una extensión excepcional del Seguro de Cesantía durante septiembre y octubre de 2026.
AFC Chile activó dos giros adicionales, correspondientes al sexto y séptimo pago, luego de que la tasa nacional de desempleo cumpliera la condición establecida en la Ley N° 19.728.
La medida no corresponde a una nueva postulación ni está disponible para todas las personas que actualmente se encuentran sin trabajo. Su aplicación está acotada a quienes recibieron el quinto giro del Fondo de Cesantía Solidario durante agosto y continúan cesantes.
Cada uno de los pagos adicionales equivale al 30% de la remuneración imponible promedio utilizada para calcular el beneficio, sujeto a los montos mínimos y máximos vigentes.
Quiénes reciben los pagos adicionales en septiembre y octubre
AFC definió que la extensión se aplica automáticamente a quienes cumplan las condiciones establecidas para este período.
En concreto, pueden recibir los giros extraordinarios quienes:
- Hayan sido beneficiarios del Fondo de Cesantía Solidario.
- Hayan recibido durante agosto de 2026 su quinto y último giro regular del FCS.
- Continúen en condición de cesantía al momento de cada pago.
- Mantengan las condiciones necesarias para seguir recibiendo prestaciones del Fondo Solidario.
El tipo de contrato que tenía la persona antes de quedar cesante no elimina este derecho. La extensión puede beneficiar tanto a trabajadores que tenían contrato indefinido como a quienes estaban contratados a plazo fijo, por obra o servicio determinado, siempre que el quinto pago del FCS haya correspondido a agosto y se mantengan cesantes.
Cuánto pagan el sexto y séptimo giro del Seguro de Cesantía
Los dos pagos extraordinarios corresponden al 30% de la remuneración promedio considerada para determinar la prestación.
Además, existen límites mínimos y máximos reajustados anualmente. Los valores vigentes desde marzo de 2026 y hasta el 28 de febrero de 2027 son:
|
Pago |
Porcentaje |
Monto mínimo |
Monto máximo |
|---|---|---|---|
|
Sexto giro |
30% |
$129.085 |
$430.288 |
|
Séptimo giro |
30% |
$129.085 |
$430.288 |
Esto significa que una persona que tenga derecho a ambos giros podría recibir hasta $860.576 en total, si por su remuneración promedio le corresponde el máximo permitido en cada pago.
El monto exacto, sin embargo, depende de los antecedentes laborales y previsionales considerados por AFC. Por ello, no todos los beneficiarios recibirán $430.288.
¿Hay que solicitar nuevamente los dos pagos?
No. Uno de los puntos más relevantes de esta extensión es que AFC aplica los pagos de manera automática.
Una persona que recibió su quinto giro del Fondo de Cesantía Solidario en agosto no tiene que presentar una nueva solicitud exclusivamente para acceder al sexto y séptimo pago por alta cesantía.
AFC informó además que notificará por correo electrónico a los afiliados que cumplan las condiciones.
Por esta razón, conviene mantener actualizados los datos de contacto registrados en la administradora y revisar directamente la sesión privada del Seguro de Cesantía si existen dudas sobre el calendario individual.
Cuándo se pagan los giros adicionales
Los pagos extraordinarios fueron programados para los dos meses siguientes al quinto giro:
- Sexto giro: durante septiembre de 2026.
- Séptimo giro: durante octubre de 2026.
Esto no significa que todos los beneficiarios tengan exactamente el mismo día de depósito.
AFC establece un calendario individual y, una vez procesado el beneficio, permite revisar el monto y la fecha de pago correspondiente. Los pagos del Seguro de Cesantía se procesan los días jueves.
Para comprobar la situación personal, el afiliado puede ingresar al Seguro en Línea de AFC utilizando su RUT y ClaveÚnica, o su clave AFC, y revisar el detalle de la solicitud vigente.
Por qué se activaron estos dos pagos extraordinarios
Los giros adicionales no corresponden a una decisión discrecional ni a un nuevo bono creado durante septiembre.
La extensión está establecida en la Ley N° 19.728, que regula el Seguro de Cesantía.
La normativa contempla un sexto y séptimo giro cuando la tasa nacional de desempleo informada por el Instituto Nacional de Estadísticas supera en al menos un punto porcentual el promedio de desempleo de los cuatro años anteriores.
La activación comunicada por AFC en septiembre se produjo después de conocerse que la tasa de desocupación llegó a 9,5% durante el trimestre móvil mayo-julio de 2026.
El INE informó posteriormente que la desocupación alcanzó 9,6% en el trimestre junio-agosto de 2026. Esta nueva cifra refleja la evolución del mercado laboral, pero no modifica por sí sola las condiciones específicas que AFC comunicó para los pagos extraordinarios de septiembre y octubre.
Los pagos no corresponden a la Cuenta Individual de Cesantía
Este punto puede generar confusión.
Los dos giros adicionales por alta cesantía corresponden exclusivamente al Fondo de Cesantía Solidario. No se agregan automáticamente dos pagos a las personas que están cobrando solamente con cargo a su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
La Cuenta Individual funciona con el dinero acumulado mediante las cotizaciones del trabajador y del empleador, mientras que el Fondo Solidario complementa el Seguro bajo condiciones específicas, entre ellas determinadas causales de término del contrato y requisitos de cotizaciones.
Por ello, una persona que está cesante actualmente pero nunca accedió al Fondo Solidario no debe asumir que recibirá estos dos giros extraordinarios.
Qué pasa si el trabajador encuentra empleo antes del siguiente giro
Mantenerse cesante es una condición fundamental.
Si una persona encuentra un nuevo trabajo antes de que corresponda el siguiente pago y AFC recibe antecedentes que acrediten una nueva relación laboral, el beneficio puede dejar de pagarse.
También pueden producirse observaciones cuando aparecen cotizaciones posteriores al término del contrato. En algunos casos estas pueden corresponder a pagos atrasados, bonos u otros conceptos abonados por el antiguo empleador, por lo que conviene revisar cualquier suspensión directamente en la plataforma de AFC.
¿Puedo recibir el pago de octubre si encontré trabajo?
El séptimo giro está condicionado a que la persona continúe cesante. Si existe una nueva relación laboral, el derecho a seguir percibiendo prestaciones del Fondo Solidario puede terminar.
¿Debo ir a una sucursal para pedir los giros extraordinarios?
No. AFC señaló que la incorporación de los dos pagos es automática para quienes cumplen las condiciones. Ir presencialmente a una sucursal no genera un monto mayor ni acelera el calendario establecido.
Qué revisar antes del pago de octubre
Quienes recibieron el quinto giro del Fondo de Cesantía Solidario en agosto deberían ingresar a su sesión de AFC y comprobar el detalle de sus próximos pagos.
Especialmente conviene revisar:
- Que el sistema mantenga vigente la prestación.
- La fecha programada para el próximo giro.
- El monto que AFC determinó para el pago.
- Que el medio de pago registrado sea correcto.
- Que los datos personales y el correo electrónico estén actualizados.
Si el trabajador cumple las condiciones anunciadas por AFC, no necesita realizar una nueva postulación para el giro de octubre. La administradora incorporará automáticamente la extensión mientras la persona continúe cesante y mantenga el derecho al Fondo de Cesantía Solidario.






