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Industria Minera

El tope tributario para capacitar caerá 30%: el ajuste que enfrentará la minería

La Ley de Reconstrucción reduce la franquicia administrada por Sence y exige un mayor aporte empresarial para un tramo de trabajadores. El SII sitúa el cambio tributario en enero de 2027.

El tope tributario para capacitar caerá 30%: el ajuste que enfrentará la minería

Las empresas mineras y sus proveedoras tendrán un límite menor para descontar de sus impuestos los gastos de capacitación: la Ley de Reconstrucción Nacional rebaja el tope general de la franquicia del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) desde el 1% al 0,7% de la planilla anual de remuneraciones imponibles.

La modificación equivale a una reducción de 30% del techo del beneficio para las empresas sujetas a ese límite. La ley también disminuye la cobertura aplicable a cursos para trabajadores del tramo de menores remuneraciones, lo que puede elevar el aporte directo de las compañías que mantengan sus programas de formación.

El cambio forma parte de la Ley N° 21.850, publicada en el Diario Oficial el 17 de octubre. El Sence detalló sus alcances en una circular emitida dos días después, dirigida a empresas y organismos que administran recursos destinados a capacitación.

Qué significa la reducción del tope

La franquicia tributaria permite a las empresas que cumplen los requisitos descontar de sus impuestos parte de los gastos destinados a capacitación y a la evaluación o certificación de competencias laborales. El beneficio está sujeto a condiciones y límites asociados, entre otros factores, a las remuneraciones de la empresa y al valor reconocido para cada actividad.

Como ejemplo, una compañía con una planilla anual imponible de $10.000 millones tendría, bajo el límite general actual, un techo de $100 millones. Con una planilla del mismo monto, el nuevo tope sería de $70 millones.

La diferencia representa un máximo potencial de $30 millones menos para descontar. El efecto efectivo dependerá de cuánto gaste la empresa en actividades admisibles y de cuánto de ese gasto pueda imputar al beneficio. La ley mantiene condiciones especiales para algunas empresas con planillas de menor tamaño.

Para mineras y contratistas, la reducción obliga a revisar cuánto de sus programas de formación podrá financiarse mediante la franquicia y cuánto deberá cubrirse con recursos propios. El impacto será mayor en las compañías que ya utilizan una parte elevada de su límite.

La cobertura cambia para el primer tramo de sueldos

La ley establece tres porcentajes máximos de imputación para las acciones de capacitación, según la remuneración imponible mensual de cada trabajador:

  • Hasta 25 unidades tributarias mensuales (UTM): la cobertura máxima será de 80%.
  • Más de 25 y hasta 50 UTM: el máximo será de 50%.
  • Sobre 50 UTM: el máximo será de 15%.

La principal modificación está en el primer tramo, donde anteriormente se podía imputar hasta el 100% del valor hora reconocido por el Sence. En los otros dos tramos se mantienen los porcentajes máximos de 50% y 15%.

Estos porcentajes se aplican con referencia al valor hora por participante reconocido por el Sence, por lo que no equivalen necesariamente a la misma proporción del precio total de un curso. Si el costo efectivo supera lo que puede imputarse, la empresa debe financiar la diferencia.

La ley prohíbe trasladar ese costo, directa o indirectamente, al trabajador que participa en la capacitación. El Sence precisó que tampoco podrá cobrarse mediante descuentos de remuneraciones u otro mecanismo.

La circular contempla condiciones particulares. Según el servicio, las actividades de capacitación bajo las modalidades de precontrato y postcontrato mantienen una cobertura de 100%. También considera incrementos al valor hora para ciertas acciones vinculadas a comités bipartitos de capacitación y para micro, pequeñas y medianas empresas, sujetos a requisitos.

Cuándo se aplicarán los cambios

El Sence indicó que la implementación operativa de los nuevos topes y porcentajes se ajustará a la fecha que determine el Servicio de Impuestos Internos (SII), por tratarse de materias tributarias.

En su calendario público de la Ley de Reconstrucción, el SII sitúa la entrada en vigencia de la modificación del crédito Sence el 1 de enero de 2027. Por ahora, no corresponde presentar la reducción como un cambio que ya se aplica.

Para las acciones de capacitación contratadas, el Sence señaló que el nuevo esquema de aporte empresarial considerará la fecha de inicio de la actividad. Las acciones de continuidad iniciadas antes de la implementación conservarán el esquema anterior, incluso si terminan durante 2027.

Los desafíos de formación para la industria

La modificación llega en un contexto de cambios en las competencias que requiere la minería. El Estudio de Fuerza Laboral de la Gran Minería Chilena 2025-2034, elaborado por la alianza CCM-Eleva con empresas mineras y proveedoras, identifica desafíos asociados al recambio de trabajadores y a la incorporación de tecnologías como la automatización y los sistemas autónomos.

El análisis también da cuenta del peso de las empresas proveedoras: estimó que tres de cada cuatro personas que trabajaban en la industria en 2024 pertenecían a ese grupo. Por ello, el efecto de la reforma no se limita a las compañías que operan directamente las minas, aunque variará según el uso que cada empleador haga de la franquicia.

La ley introduce además exigencias para los cursos. Las actividades realizadas únicamente mediante autoinstrucción, sin intervención efectiva de un relator, tutor o facilitador, no serán consideradas capacitación para estos efectos. La norma contempla interacción, retroalimentación o acompañamiento pedagógico y una evaluación del aprendizaje.

Los cursos inscritos que no cumplan los nuevos requisitos deberán adecuarse dentro de los seis meses siguientes a la publicación de la ley. Si no se solicita la modificación correspondiente, o esta es rechazada, el Sence dejará sin efecto su inscripción.

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¿Cuál es el nuevo límite para descontar gastos de capacitación de los impuestos según la Ley de Reconstrucción Nacional?

El nuevo límite para descontar gastos de capacitación de los impuestos es del 0,7% de la planilla anual de remuneraciones imponibles, reducido desde el 1% anterior.

¿Cómo afecta la nueva ley a la cobertura de cursos para trabajadores con menores remuneraciones?

La nueva ley disminuye la cobertura aplicable a cursos para trabajadores del tramo de menores remuneraciones, lo que puede aumentar el aporte directo de las empresas que mantengan sus programas de formación.

¿Cuándo entrarán en vigencia los cambios en el crédito Sence según el SII?

El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha indicado que la entrada en vigencia de la modificación del crédito Sence será el 1 de enero de 2027.

¿Qué porcentaje máximo de imputación se establece para trabajadores con diferentes niveles de remuneración imponible mensual?

Para trabajadores con remuneración imponible mensual hasta 25 UTM, la cobertura máxima será de 80%. Para aquellos con más de 25 y hasta 50 UTM, el máximo será de 50%, y para los que superen 50 UTM, el máximo será de 15%.

¿Qué requisitos deben cumplir los cursos para ser considerados como capacitación bajo la nueva ley?

Los cursos deben incluir interacción, retroalimentación o acompañamiento pedagógico y una evaluación del aprendizaje. Las actividades realizadas únicamente mediante autoinstrucción no serán consideradas capacitación si no cumplen estos requisitos.