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Industria Minera

SMA formula cargos graves a Hidroangol: reforestación con 0,4% de supervivencia y caudal ecológico bajo la lupa en La Araucanía

La SMA inició un procedimiento sancionatorio y formuló dos cargos graves contra Hidroangol SpA , titular de la Central Hidroeléctrica Río Picoiquén , ubicada…

SMA formula cargos graves a Hidroangol: reforestación con 0,4% de supervivencia y caudal ecológico bajo la lupa en La Araucanía

La SMA inició un procedimiento sancionatorio y formuló dos cargos graves contra Hidroangol SpA, titular de la Central Hidroeléctrica Río Picoiquén, ubicada en el río Picoiquén, comuna de Angol, Región de La Araucanía. Según el comunicado oficial de la Superintendencia del Medio Ambiente, la investigación detectó incumplimientos al paso de caudal ecológico y al plan de manejo forestal, con una supervivencia de reforestación de 0,4% frente al 75% exigido.

Central Hidroeléctrica Río Picoiquén: lo que indica el permiso ambiental

El proyecto fue calificado ambientalmente mediante la RCA N°15/2011. De acuerdo con la información reportada por la SMA, corresponde a una central hidroeléctrica de pasada en el río Picoiquén, con potencia neta de 19,2 MW y caudal de diseño de 5 m³/s.

  • Caminos de acceso.

  • Bocatoma en el río Picoiquén.

  • Tubería en presión de 10.000 metros de largo y 1.700 mm de diámetro medio.

  • Sala de máquinas con dos turbinas (hasta 2,5 m³/s cada una).

  • Canal de descarga para el retorno del caudal al río.

Los dos cargos graves: caudal ecológico y reforestación comprometida

La SMA formuló dos infracciones, ambas calificadas como graves:

  • Cargo 1 (grave): incumplimiento de la obligación de paso de caudal ecológico.

  • Cargo 2 (grave): incumplimiento de la exigencia de lograr un prendimiento igual o superior al 75% de individuos de bosque nativo comprometidos en los planes de manejo de corta y reforestación. En inspección en terreno se verificó solo un 0,4% de los individuos comprometidos.

En este segundo punto, la SMA indicó que los planes de manejo asociados fueron aprobados por CONAF mediante las resoluciones N°19 (12 de noviembre de 2015) y N°20 (25 de septiembre de 2015).

Cómo se originó la fiscalización y qué instituciones participaron

El caso se originó, según informó la SMA, a partir de una inspección en terreno encabezada por su oficina regional de La Araucanía, junto con la Dirección General de Aguas (DGA) y la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI). Posteriormente, CONAF realizó una inspección ambiental y examen de antecedentes, coordinada previamente con la SMA.

Además, la autoridad reportó el ingreso de una denuncia de la Fundación Pewenkem, solicitando fiscalización del cumplimiento del caudal ecológico y del plan de manejo forestal del proyecto.

Qué arriesga la empresa y cuáles son los plazos del procedimiento

La SMA recordó que, conforme a la Ley Orgánica de la SMA, las infracciones graves pueden sancionarse con:

  • Revocación de la RCA,

  • Clausura, o

  • Multa de hasta 5.000 UTA.

Tras la notificación, Hidroangol SpA cuenta con un plazo ampliado de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y de 22 días hábiles para formular sus descargos.

En casos previos, la autoridad ya ha aplicado este tipo de procedimientos en energía e industria, como se ha reportado en notas sobre el inicio de un proceso sancionatorio en un parque eólico por incumplimientos asociados a su RCA y en formulaciones de cargos en otras actividades, por ejemplo en minería, donde se detallan cargos múltiples y etapas del proceso.

La tramitación de sanciones también puede escalar a instancias judiciales, como ocurrió cuando la Corte Suprema dejó firme una multa aplicada por la SMA en un caso distinto, según se informó en esta resolución relacionada con incumplimientos ambientales en el ámbito portuario.