
En una reciente sentencia, el Primer Tribunal Ambiental desestimó la solicitud de invalidación presentada por la Sociedad Agrícola Konavle Ltda. (SAK) contra la resolución que calificó favorablemente el proyecto "Recuperación de Acopios de la faena Algarrobo", de la Compañía Minera del Pacífico S. A. (CMP).
La reclamación de SAK se centró en la falta de consideración de una controversia territorial en los deslindes de su propiedad con la de CMP, así como en la omisión de una sentencia de la Corte Suprema que indicaba que la disputa debía resolverse mediante un juicio de demarcación, el cual está actualmente en trámite. Sin embargo, el tribunal, por mayoría, concluyó que la normativa ambiental no exige la acreditación de dominio o título de tenencia para evaluar la ubicación y el impacto del proyecto.
Desestimación de alegaciones sobre el impacto ambiental
El tribunal también determinó que la existencia de la controversia territorial no afectó la evaluación de los impactos sobre el componente suelo. Se descartó la posibilidad de que el proyecto generara impactos adversos significativos, dado que las superficies involucradas ya habían sido intervenidas históricamente por actividades mineras.
Además, se rechazó la alegación de ilegalidad en la entrega de permisos ambientales sectoriales, incluyendo el Permiso 136 para establecer un botadero de estériles, el Permiso 137 para la aprobación del plan de cierre de una faena minera, y el Permiso 160 para subdividir y urbanizar terrenos rurales. La sentencia destacó que el Reglamento del Sistema de Evaluación Ambiental (SEA) no requiere la acreditación del dominio o la presentación de información sobre controversias prediales para la obtención de estos permisos.
Voto en contra y consideraciones adicionales
La sentencia fue redactada por el ministro presidente Alamiro Alfaro, con la participación del ministro Marcelo Hernández y la ministra Sandra Álvarez, quien votó en contra de la decisión. La ministra Álvarez argumentó que la controversia sobre los deslindes del terreno era un antecedente esencial para la evaluación ambiental, ya que el área de intervención y la de influencia del proyecto están incluidas dentro de las 9.470 hectáreas cuya delimitación y titularidad son objeto de disputa, conforme a la sentencia de la Corte Suprema.
En su disidencia, la ministra cuestionó que se hubieran acogido las alegaciones sobre la falta de acción de la reclamante y la improcedencia de la invalidación introducidas por un tercero coadyuvante, lo que, a su juicio, restringe el acceso a la justicia ambiental para quienes no participaron en la evaluación.
Detalles del proyecto de recuperación de minerales
El proyecto de CMP tiene como objetivo la recuperación, aprovechamiento y procesamiento de minerales de hierro provenientes de acopios históricos en la faena minera El Algarrobo. Estos acopios fueron generados durante la explotación de los rajos Algarrobo y Penoso, y están emplazados en instalaciones preexistentes de la faena.
Ubicado en la Región de Atacama, provincia del Huasco, comuna de Vallenar, el proyecto se sitúa aproximadamente a 35 kilómetros al suroeste de la ciudad de Vallenar. La inversión estimada para esta iniciativa asciende a US$ 17.202.000, con una vida útil proyectada de 17 años.
La decisión del tribunal es un paso significativo para CMP, ya que permite avanzar en un proyecto que busca optimizar el uso de recursos mineros en un contexto de creciente demanda por minerales de hierro, mientras que la reclamante, SAK, aún tiene la opción de continuar con otros recursos legales en relación a la controversia territorial en cuestión.





